Decisiones de la justicia en Colombia

Una de las decisiones más importantes del alto tribunal fue el pasado 5 de diciembre, cuando amplió la vigencia de la Ley de Víctimas..

Por El Espectador/AL

La Corte estudió una demanda que presentó el exministro Juan Fernando Cristo y determinó que estas políticas públicas están ligadas a la implementación del Acuerdo de Paz alcanzado con las extintas Farc y que su desaparición “supone un menoscabo significativo y evidente de los deberes de garantía y respeto de los derechos fundamentales a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas”.

Sin embargo, en mayo el alto tribunal zanjó un debate político y jurídico que inició el presidente, Iván Duque Márquez, al objetar seis artículos de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz y no sancionarla.

Luego la Corte reiteró que el Consejo Nacional de Estupefacientes es la entidad que debe vigilar que se cumpla una serie de requisitos para retomar este tipo de fumigación, entre las cuales está demostrar que hacerlo no implica riesgo alguno para la salud de la población y al medio ambiente. El Consejo, además, deberá tener en cuenta el punto 4 del Acuerdo de Paz, firmado con la extinta guerrilla de las Farc para la “solución al problema de las drogas ilícitas”.

Consumo de drogas

La Corte Constitucional dejó en claro, que los ciudadanos pueden consumir drogas y alcohol en el espacio público. La decisión tumbó dos artículos del Código de Policía que lo prohibían, bajo el fundamento de que el consumo es, en últimas, una decisión personal.

El fallo, que significa un avance para las libertades personales, señala que el Código de Policía no podía interferir en la forma como las personas desarrollan su vida, ya que no siempre el consumo genera choques entre las personas.

“El Estado no diseña tu plan de vida, tú tienes la libertad para tomar tus decisiones. Encontramos que la norma estaba asociada más que a la relación con los demás a un asunto que es tu decisión: ¿en dónde vas a consumir?”, dijo la magistrada Gloria Ortiz, presidenta del tribunal.

Redes sociales

En 2019, la Corte siguió estudiando conflictos entre personas que se dan en espacios virtuales como Facebook, Twitter e Instagram desde la perspectiva de la libertad de expresión. Una decisión de septiembre, que puede ser polémica, hizo una serie de precisiones sobre los insultos para decir que prima la libertad de expresión, a menos que con comentarios u opiniones se afecte de manera grave la dignidad de una persona. Así, se estableció que la libertad de expresión no puede ir en contra del derecho a vivir sin humillaciones ni mortificaciones.

Aborto forzado

En diciembre, la Corte ordenó reconocer como víctima a una mujer que ingresó a los 15 años a las filas de las Farc, reclutada, y que fue forzada a planificar desde el primer día y a abortar cuando quedó embarazada. La decisión, que es un hito en materia de protección a la autonomía reproductiva de las mujeres, ordena además darle a la víctima atención psicosocial con enfoque diferencial de género, para poder superar los impactos derivados de la violencia sexual, tanto físicos como emocionales, durante el tiempo que sea necesario.

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