Entra en vigor ley anti-jammer

Hoy entra en vigor una reforma a diversos artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) y del Código Penal Federal en México, que tiene el objetivo de reducir los delitos cometidos con el uso de aparatos que bloquean las comunicaciones inalámbricas.

Por El Economista/ALD1

Se trata de la llamada “ley anti-jammer”, derivada de una reforma a los artículos 190 bis de la LFTR y 168 del Código Penal que en adelante permitirá a las autoridades sancionar con penas de 12 a 15 años de prisión a los particulares que fabriquen, comercialicen, distribuyan, instalen, compren, porten, utilicen u operen equipos que entorpezcan o anulen las señales de comunicación en audio, video y datos, dificultando así el auxilio o rastreo de personas y/o vehículos cuando se comete un delito.

La sanción se eleva a 18 años para los funcionarios públicos que caigan en este supuesto, si no cuentan previamente con la autorización correspondiente.

El decreto de reforma publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) establece que los bloqueos de las comunicaciones sólo podrán originarse con base en lo que establezca el reformado artículo 190 bis de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Esto significa que a partir de hoy serán ilegales y se castigará el uso de aparatos electrónicos que bloqueen cualquier tipo de señal de telecomunicación, sin importar si un particular desea aislarse por motivos personales o de privacidad; esa intención también tendrá que adecuarse al 190 bis de la llamada ley telecom.

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