Nueva Ley de Jubilación de jueces anularía juicios por corrupción. La ley que modificó el régimen de jubilaciones de los jueces y fiscales derivó en que la Justicia declarara parcialmente nula la actuación de un fiscal en una causa por lavado de dinero.
Antilavadodedinero / LaNacion
El caso se involucra a un excamarista cordobés, a su esposa, exfuncionaria de la AFIP, y a otros siete acusados de montar una financiera ilegal en Córdoba. Ahora, esa norma amenaza con declarar nulo el juicio contra Ricardo Jaime por enriquecimiento ilícito y contra Julio de Vido por fraude.
Será la Cámara Federal de Casación Penal la que evaluará este y otros casos para establecer un criterio a futuro.Coronavirus: por la crisis, Aerolíneas Argentinas suspenderá a cerca de 8000 empleados
La norma que está generando estos conflictos es la que promovió el Gobierno para derogar el régimen jubilatorio de los jueces, aumentando los aportes y eliminando el beneficio de que pudieran cobrar el 82% móvil de sus ingresos, como lo hacían hasta el momento. Pero la ley también derogó la posibilidad de que los jueces mantengan el «estado judicial» una vez jubilados y que puedan ser convocados nuevamente.
La oposición dijo que esa reforma en particular insertada dentro de la nueva norma previsional buscaba sacar de la cancha a jueces que estaban llevando casos sensibles, pero el Frente de Todos dijo que buscaba eliminar privilegios y que los magistrados jubilados cobraran sobresueldos.
El antecedente cordobés
Para asegurarse cobrar según la vieja ley, algunos jueces y fiscales renunciaron a sus cargos y luego fueron nuevamente convocados para que terminaran las tareas que estaban realizando. Es el caso del fiscal federal de Córdoba Gustavo Vidal Lascano, que investigaba una causa por asociación ilícita, lavado de activos, intermediación financiera, evasión y estafas que involucra la excamarista Miguel Ángel Azar y a su mujer, María Isabel Valoni, entre otros.
Lascano renunció el 28 de febrero y el Procurador General de la Nación interino, Eduardo Casal, lo convocó nuevamente. La aceptación de la renuncia de Vidal Lascano por parte del presidente Alberto Fernández fue publicada en el Boletín Oficial el 6 de abril, cuando ya estaba convocado.
El juez de primera instancia Miguel Hugo Vaca Narvaja dijo que las decisiones del fiscal Vidal Lascano son nulas desde ese día 6 de abril y desconoció la convocatoria anterior que dijo que nunca pudo haberse ordenado, pues el fiscal seguía en su cargo. Una cuestión de fechas. La misma decisión tomó con la fiscal Graciela López de Filoñuk en otra causa.
Vidal Lascano, quien fue separado en la causa de la financiera ilegal, también tiene a su cargo la investigación al gremio de Luz y Fuerza por lavado de activos y defraudaciones con el fondo compensador creado por el convenio colectivo y, además, la imputación a Hugo Moyano y otros integrantes de del gremio de Camioneros por presunto lavado de dinero. López de Filoñuk lleva varias causas de delitos de lesa humanidad.
A fines de abril Casal, previendo posibles nulidades en las investigaciones, designó como coadyuvante de ambos a Carlos Casas Nóblega y para las causas de lesa humanidad ordenó que la procuradora de Crímenes contra la Humanidad, Ángeles Ramos, colabore en forma alternada o conjunta con López de Filoñuk.
La Cámara Federal de Córdoba, con la firma de las juezas Graciela Montesi y Liliana Navarro, confirmó la declaración de nulidad de la actuación del fiscal Vidal Lascano en la causa de la financiera. Dijo que es el Poder Ejecutivo quien designa a los fiscales y quien les acepta la renuncia.
La causa del Belgrano Cargas
En el caso de Julio de Vido y Ricardo Jaime, ambos están siendo juzgados por el Tribunal Oral Federal N°5, en Comodoro Py 2002, integrado por los jueces J osé Martínez Sobrino y Julio Panelo y Fernando Canero.
Martínez Sobrino y Panelo renunciaron a sus cargos de jueces para jubilarse por la vieja ley, pero inmediatamente fueron convocados por la Cámara Federal de Casación para que siguieran adelante en sus cargos hasta terminar el juicio oral y público que estaban llevando adelante, porque de lo contrario se iba a caer todo el proceso.
Sin embargo, los abogados defensores de Jaime y de De Vido pidieron la nulidad del juicio porque dijeron que ambos magistrados ya jubilados carecían del estado judicial como para retomar sus tareas según la nueva ley.
De Vido y Jaime, junto a otros 21 acusados, son parte de un megajuicio oral que acumula cinco investigaciones judiciales: el expediente por la compra de trenes chatarra a España y Portugal, la investigación por enriquecimiento ilícito contra Jaime, la defraudación por el tren Belgrano Cargas y otros tres casos que involucran al exsecretario de Transporte.
La respuesta de los jueces
En este caso, ambos magistrados rechazaron el pedido de las defensas para declarar nulo el juicio a raíz de su intervención y para apartarse. Argumentaron que «de ninguna manera puede interpretarse que una ley posterior resulte apta para modificar la integración de un tribunal que se encuentra celebrando un debate, en desmedro de la garantía constitucional de «‘juez natural'».
Y dijeron que no pretenden conservar el «estado judicial» para futuras convocatorias, aunque hicieron una aclaración frente a este caso: «Se deben respetar las funciones jurisdiccionales que venimos ejerciendo de manera continua en las presentes actuaciones hasta la finalización del debate».
La discusión no termina acá y el asunto deberá ser dirimido por la Cámara Federal de Casación Penal, que deberá decidir tanto en el caso de los tribunales locales como el de la Justicia federal cordobesa. No es menor el asunto, porque están en riesgo la continuidad de los casos de corrupción contra exfuncionarios y delitos económicos que involucran a exjueces y gremialistas.