SEC adopta marco regulatorio para uso de fondos y empresas de desarrollo empresarial


La Comisión de Bolsa y Valores votó hoy para mejorar el marco regulatorio para el uso de derivados por compañías de inversión registradas, incluidos fondos mutuos (que no sean fondos del mercado monetario), fondos cotizados en bolsa (ETF) y fondos cerrados, así como empresas de desarrollo comercial.

Antilavadodedinero / Justice.gov

Las nuevas reglas y enmiendas a las reglas proporcionarán un enfoque integral y modernizado para la regulación del uso de derivados de estos fondos que aborde las preocupaciones de protección de los inversores y refleje los desarrollos de las últimas décadas. La Comisión se compromete a diseñar programas regulatorios que reflejen la innovación de productos cada vez mayor y las opciones de los i

nversores disponibles en la industria de gestión de activos actual, al tiempo que tienen en cuenta los riesgos asociados con la composición y las operaciones de cartera cada vez más complejas de los fondos.

«Los derivados han llegado a jugar un papel importante para muchos fondos en la estrategia de cartera y la gestión de riesgos, pero el enfoque regulatorio para el uso de derivados ha sido inconsistente y obsoleto», dijo el presidente de la SEC, Jay Clayton. “La acción de hoy proporciona un marco integral para el uso de derivados de los fondos que proporciona tanto protecciones significativas para los inversores como certeza regulatoria para los fondos y sus asesores. 

Es importante destacar que los nuevos límites integrales de riesgo prohibirán el uso de derivados que sea incompatible con los límites de apalancamiento impuestos por la Ley de Sociedades de Inversión, pero permitirán que prácticamente todos los fondos sigan prestando servicios a sus inversores utilizando los instrumentos más eficientes. Agradezco al personal por su impresionante trabajo «.

La Ley de Sociedades de Inversión limita la capacidad de los fondos registrados y las empresas de desarrollo empresarial para participar en transacciones que implican posibles obligaciones de pago futuras, incluidas obligaciones derivadas de derivados como contratos a plazo, futuros, swaps y opciones emitidas. La nueva regla permite que los fondos realicen estas transacciones si cumplen con ciertas condiciones diseñadas para proteger a los inversores. Estas condiciones incluyen la adopción de un programa de gestión de riesgos de derivados y el cumplimiento de un límite en la cantidad de riesgo relacionado con el apalancamiento que el fondo puede obtener en función del valor en riesgo o «VaR».

Se aplicará un conjunto simplificado de requisitos a los fondos que utilizan derivados de forma limitada. La regla también permite que un fondo celebre acuerdos de recompra inversa y transacciones financieras similares, así como “compromisos no financiados” para realizar ciertos préstamos o inversiones, sujeto a condiciones adaptadas a estas transacciones. Los fondos, incluidos los fondos del mercado monetario, ahora podrán según la regla invertir en valores sobre una base de liquidación a plazo. Los fondos también estarán sujetos a requisitos de información y mantenimiento de registros con respecto a su uso de derivados.

Por último, los requisitos de la nueva regla también se aplican a los ETF apalancados o inversos. La Comisión ha ordenado al personal que revise la eficacia de los requisitos reglamentarios existentes para proteger a los inversores, en particular a aquellos con cuentas autodirigidas, que invierten en productos de inversión complejos (incluidos productos apalancados o inversos). 

Como parte de esta revisión, el personal considerará si la promulgación por parte de la Comisión de requisitos adicionales para estos productos puede ser apropiada. Hoy, el presidente Clayton y los directores Dalia Blass, William Hinman y Brett Redfearn publicaron una declaración conjunta que analiza las preocupaciones asociadas con los fondos apalancados o inversos y otros productos complejos. 

La nueva regla se publicará en el sitio web de la Comisión y en el Registro Federal. La regla y las enmiendas relacionadas con la regla y el formulario entrarán en vigencia 60 días después de su publicación en el Registro Federal. La Comisión ha previsto un período de transición de dieciocho meses para que los fondos cumplan con la regla y los requisitos de informes relacionados.

HOJA INFORMATIVA
Uso de derivados por empresas de inversión registradas y empresas de desarrollo empresarial
28 de octubre de 2020

Destacar

La Comisión votó para adoptar nuevas reglas, y reglamentar y formar enmiendas, diseñadas para proporcionar un enfoque actualizado y completo para la regulación del uso de derivados de los fondos y ciertas otras transacciones. La nueva regla 18f-4, una regla exenta bajo la Ley de Compañías de Inversión de 1940 (la «Ley»), permite fondos mutuos (que no sean fondos del mercado monetario), fondos cotizados en bolsa («ETF»), fondos cerrados registrados, y empresas de desarrollo comercial (colectivamente, «fondos») para realizar transacciones de derivados y ciertas otras transacciones a pesar de las restricciones bajo la sección 18 de la Ley. 

En relación con estas nuevas reglas, la Comisión enmendó la regla 6c-11 de la Ley para permitir que los ETF apalancados o inversos operen sin obtener una orden de exención. Finalmente,

Regla 18f-4 de la Ley de Sociedades de Inversión

La Regla 18f-4 proporciona ciertas exenciones de la Ley sujetas a condiciones. Las condiciones y otros elementos de la regla incluyen lo siguiente:

  • Programa de Gestión de Riesgos de Derivados. La nueva regla generalmente requiere que un fondo implemente un programa escrito de administración de riesgos de derivados. El programa instituirá un marco de gestión de riesgos estandarizado para los fondos, al mismo tiempo que permitirá la adaptación basada en principios de cada fondo a los riesgos particulares del fondo. 
  • El programa debe incluir pautas de riesgo, así como pruebas de estrés, backtesting, informes internos y escalada, y elementos de revisión del programa. Un administrador de riesgo de derivados aprobado por la junta directiva del fondo administrará el programa. 
  • El administrador de riesgos de derivados del fondo deberá informar al directorio del fondo sobre la implementación y eficacia del programa de gestión de riesgos de derivados para facilitar la supervisión del directorio de la gestión de riesgos de derivados del fondo.
  • Límite del riesgo de apalancamiento del fondo. Un fondo que se basa en la regla generalmente debe cumplir con un límite externo en el riesgo de apalancamiento del fondo basado en el valor en riesgo o «VaR». Este límite exterior se basa en una prueba de VaR relativo que compara el VaR del fondo con el VaR de una “cartera de referencia designada” para ese fondo. Un fondo generalmente puede utilizar un índice que cumpla con ciertos requisitos o la propia cartera de valores del fondo (excluidas las transacciones de derivados) como su cartera de referencia designada. Si el administrador de riesgos de derivados del fondo determina razonablemente que una cartera de referencia designada no proporcionaría una cartera de referencia adecuada a los efectos de la prueba de VaR relativo, el fondo deberá cumplir con una prueba de VaR absoluto.
     
  • Excepción para usuarios limitados de derivados. La regla proporciona una excepción del programa y los requisitos de prueba de VaR siempre que el fondo adopte e implemente políticas y procedimientos escritos razonablemente diseñados para administrar sus riesgos de derivados. Un fondo puede basarse en esta excepción si la exposición a derivados del fondo se limita al 10% de sus activos netos, excluidas determinadas transacciones de cobertura de tipos de interés y divisas.
     
  • Requisitos alternativos para ciertos fondos apalancados / inversos. Los fondos apalancados / inversos generalmente estarán sujetos a la regla 18f-4 como otros fondos, incluido el requisito de cumplir con el límite basado en VaR sobre el riesgo de apalancamiento del fondo. Esto limitará efectivamente el rendimiento diario objetivo de los fondos apalancados o inversos al 200% del rendimiento (o inverso del rendimiento) del índice subyacente del fondo. La regla final establece una excepción al requisito de VaR para fondos apalancados o inversos actualmente en operación que buscan un retorno de inversión superior al 200% del retorno (o inverso del retorno) del índice subyacente del fondo y cumplen ciertas condiciones.
     
  • Acuerdos de recompra inversa y acuerdos de compromiso sin fondos. La regla permite que un fondo celebre acuerdos de recompra inversa y transacciones financieras similares, así como «compromisos no financiados» para realizar ciertos préstamos o inversiones, sujetos a condiciones adaptadas a estas transacciones.
     
  • Valores en el ciclo de liquidación no estándar, con liquidación a plazo y en el momento de su emisión. La norma permite que los fondos, así como los fondos del mercado monetario, inviertan en valores en el momento de su emisión o liquidación a plazo, o con un ciclo de liquidación no estándar, sujeto a condiciones.
     
  • Mantenimiento de registros. La regla requiere que el fondo cumpla con ciertos requisitos de mantenimiento de registros.

Enmiendas a la Regla 6c-11

Las enmiendas a la regla 6c-11 de la Ley de Sociedades de Inversión permiten que los ETF apalancados o inversos se basen en la regla 6c-11 si cumplen con todas las disposiciones aplicables de la regla 18f-4. La Comisión está anulando las órdenes de exención emitidas previamente a los patrocinadores de ETF apalancados o inversos en relación con estas enmiendas.

Los requisitos de información

Se requerirá que los fondos informen confidencialmente a la Comisión sobre una base actual en el Formulario N-RN si el fondo no cumple con el límite basado en VaR sobre el riesgo de apalancamiento del fondo durante más de cinco días hábiles. Los fondos actualmente requeridos para presentar informes en los formularios N-PORT y N-CEN deberán proporcionar cierta información sobre el uso de derivados de un fondo. 

Esto incluirá información sobre el VaR del fondo, según corresponda, e información sobre la exposición a derivados del fondo (para fondos que dependen de la excepción de usuario de derivados limitados en la regla 18f-4).

Orientación del personal pertinente

La Comisión está rescindiendo la Declaración General de Política de 1979 (Versión 10666) que proporcionó orientación a la Comisión sobre cómo los fondos pueden participar en ciertas prácticas comerciales a la luz de las restricciones de la sección 18. Además, el personal de la División de Gestión de Inversiones ha revisado sus cartas de no acción y otras pautas que abordan el uso de derivados de fondos y otras transacciones cubiertas por la regla 18f-4. Algunas de estas cartas del personal y la orientación del personal serán retiradas.

¿Que sigue?

La nueva regla y las enmiendas relacionadas con la regla y el formulario se publicarán en el sitio web de la Comisión y en el Registro Federal. Todos entrarán en vigor 60 días después de su publicación en el Registro Federal.

La Comisión está proporcionando un período de transición para dar tiempo a los fondos para cumplir con las disposiciones de la regla 18f-4 y los requisitos de informes relacionados. La Comisión ha adoptado una fecha de cumplimiento que es dieciocho meses después de la fecha de vigencia.

 La rescisión de la versión 10666 también entrará en vigencia dieciocho meses después de la fecha de vigencia. El retiro por parte del personal de las cartas al personal y las orientaciones del personal que abordan el uso de los fondos de derivados y otras transacciones cubiertas por la regla 18f-4 entrarán en vigencia a partir de la rescisión del Comunicado 10666.

El presidente Jay Clayton; Dalia Blass, directora de la División de Gestión de Inversiones; William Hinman, Director de la División de Finanzas Corporativas; Brett Redfearn, Director de la División de Comercio y Mercados, “Declaración conjunta sobre productos financieros complejos e inversores minoristas” (28 de octubre de 2020), disponible aquí .

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