Las criptomonedas se han hecho un hueco nuestro lenguaje y nuestro conocimiento. Estos activos digitales, que hace unos años parecían incomprensibles para el común de los mortales, han ido cobrando protagonismo en nuestras vidas, y más después del boom que tuvieron sus precios en el arranque del año.
Antilavadodedinero / yahoonoticias
El Congreso de los Diputados aprobó la semana pasada la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, y como los nuevos tiempos marcan la agenda, esta nueva norma establece una regulación mayor de las criptomonedas. Teniendo en cuenta su reciente proliferación, el fisco endurece el control sobre estos activos, y a partir de ahora, los contribuyentes que cuenten con monedas virtuales deberán informar de sus cuentas y sus saldos, tanto en España como en el extranjero.
El IRPF, el impuesto de Sociedades, o el impuesto sobre el Patrimonio son algunos de los tributos que se ven afectados por el uso y la inversión en criptomonedas.
Según un estudio reciente de ING, en España hay 4 millones de ciudadanos que invierten en cibermonedas, cifra que sitúa a nuestro país en el ‘Top 3’ europeo. La Agencia Tributaria ha puesto en su radar a un gran número de contribuyentes.
Si tus ganancias patrimoniales por las criptomonedas superan los 1.000 euros, o las pérdidas más de 500, sumados con otros rendimientos, hay que presentar la declaración. Aunque solo estén obligados a hacer la declaración de la renta aquellos cuyo rendimiento se sitúe por encima de 22.000 euros –14.000 euros si se han tenido más de un pagador–, debido a su particularidad, en el caso de los criptoactivos no es necesario llegar a ese mínimo.
La compraventa y el minado de estas criptomonedas son actividades que están sujetas a tributación en España y afecta a distintos impuestos.
El IRPF
Las compraventas que hayan podido generar ganancias o pérdidas se deben tributar como renta del ahorro. La Agencia Tributaria contempla incluso que las pérdidas se consideran patrimoniales, ante el reconocido riesgo de estas actividades.
Para los contribuyentes no residentes, las mismas condiciones del IRPF se aplican en el IRNR. Y en el caso de las empresas que median en la compraventa de estos activos, las comisiones que cobren a sus clientes deberán formar parte de la base imponible de estas empresas en el Impuesto de Sociedades.
El IVA y el IAE
Las criptomonedas se libran del IVA, puesto que se consideran medios de pago.
El Impuesto de Actividades Económicas se aplica en todos los casos, tanto si la adquisición o la venta se realiza mediante cajeros físicos como si se realiza en la web de una empresa.
En el caso del minado de las criptomonedas y el conjunto de procesos necesarios para validar y procesar sus transacciones, será obligatorio tributar cuando se reciba una contraprestación por este servicio. Arrendar servicios informáticos o usar servidores en la nube se deberá tributar mediante el IVA y el IAE.
Impuesto sobre el patrimonio
Por último, es necesario recordar se deberá declarar su posesión si hay obligación de presentar el Impuesto de Patrimonio, ya que las criptomonedas se incluyen dentro de los bienes computables en dicho impuesto.
En España, el mínimo exento para entrar a abonar el impuesto sobre el patrimonio son 700.000 euros. Si este límite se supera, se tomará de referencia el precio de mercado que tenía la criptomoneda a 31 de diciembre.
Ante el boom de las criptomonedas y los cambios fiscales que se avecinan en los próximos meses con la nueva ley aprobada han surgido nuevas plataformas para ayudar a los particulares a elaborar los informes fiscales. Este es el caso de Blockpit, por ejemplo, que esta semana ha lanzado su plataforma Cryptotax en España.