Procesan a Rached por malversación de fondos públicos y peculado

La Cámara Federal de Tucumán confirmó el procesamiento del exintendente de Pinto, Emilio Rached, en la causa donde se lo acusa de presunta malversación de fondos.

Antilavadodedinero / elliberal

Rached había recurrido a la Cámara de Apelaciones de la vecina provincia, luego de ser procesado por la Justicia Federal en Santiago por el juez federal Nº 2, Sebastián Argibay, en una causa por malversación de caudales públicos, peculado y abuso de autoridad, en concurso ideal de delitos.

Se trata de dinero que recibió en el segundo semestre de 2016 durante la gestión presidencial de Mauricio Macri, para realizar una obra de cloacas en Pinto, que nunca se concretó. El fallo también confirma el procesamiento de la exsecretaria de Economía en la gestión de Rached, Ana María Vera, bajo las mismas figuras penales. La causa se inició por una denuncia de Jorge Antonio Leguizamón, actual intendente de Pinto, cabecera del Dpto. Aguirre.

En su resolución, la Cámara Federal recalcó: “Malversar es invertir mal, distraer los fondos de su destino o darles una indebida aplicación. En el caso traído a consideración, se advierte que de manera correcta el Sr. Juez instructor entendió que los imputados Rached y Vera habrían dado parte de los desembolsos efectuados por el Estado Nacional para la ejecución de las obras públicas acordadas, un destino distinto al que fuera convenido, no evidenciándose que el desvío de los fondos haya estado motivado en la necesidad de cubrir déficits de partidas en áreas sensibles para la comunidad de Pinto y que resultaran imprescindibles a los fines de evitar graves daños”.

“En conclusión, englobando las tres figuras penales que se imputan, no cabe duda alguna de que Rached, en el carácter de intendente de la ciudad de Pinto, tenía la responsabilidad directa en la administración, ejecución y supervisión de las obras, siendo él quien debía resguardar el principio de responsabilidad administrativa y de manejo transparente de los fondos públicos”, agregó la cámara en su sentencia.

“En tanto que, la imputada Vera, en carácter de secretaria de Economía de dicho municipio, era la responsable directa sobre la administración de los fondos y quien debía garantizar la legalidad en la ejecución de la obra”, indicó.

Y recalcó: “De tal manera, se observa que los hechos investigados son objetivamente imputables a los nombrados como obra propia, habiendo tenido -durante la vigencia del Convenio- el dominio del hecho, en función de las competencias que les correspondían por los cargos públicos que detentaban, desviando y sustrayendo fondos públicos que tenían a su cargo y que, por tanto, se encontraban en su esfera de disposición y que tenían por destino la ejecución de obras con fines de mejora de la calidad de vida de los ciudadanos de Pinto”.

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