La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró el martes responsable al gobierno de El Salvador por violar los derechos humanos de una mujer salvadoreña, identificada como “Manuela”, quien fue detenida en 2008 luego de ser acusada de provocarse un aborto. La mujer murió en 2010 mientras cumplía su condena, dejando huérfanos a sus dos hijos.
Antilavado de Dinero / AP News.
El Salvador es uno de los cuatro países de América Latina que prohíbe el aborto sin excepciones, junto con Nicaragua, Honduras y República Dominicana.
Organizaciones defensoras de las mujeres sostienen que Manuela fue juzgada sin una defensa judicial efectiva y que fue condenada injustamente. Dicen que además se le negó atención médica para enfrentar un cáncer mientras se encontraba privada de libertad.
La CIDH ordenó al Estado salvadoreño que cumpla varias medidas de reparación, entre ellas realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, pagar indemnizaciones por conceptos de daños material e inmaterial y otorgar becas de estudio a los dos hijos de Manuela, entre otras medidas.
La CIDH declaró responsable internacionalmente al Estado de El Salvador por las violaciones a la libertad personal, las garantías judiciales, igualdad ante la ley, el derecho a la vida, a la integridad personal, a la vida privada, y a la salud, en perjuicio de Manuela, así como la violación al derecho a la integridad personal, en perjuicio de los familiares de Manuela.
La Corte consideró que Manuela era una mujer de escasos recursos económicos y analfabeta. En febrero de 2008, mientras vivía en una zona rural junto con su familia, sufrió una emergencia obstétrica y fue atendida en un hospital público en la zona oriental del país, donde fue denunciada por el personal médico que la atendió durante la emergencia, y fue detenida arbitrariamente. Fue condenada posteriormente a 30 años de prisión.
En su sentencia del martes, la CIDH concluyó que la imposición de la prisión preventiva fue arbitraria y violó el derecho de presunción de inocencia en perjuicio de Manuela, ya que la resolución que ordenó su detención provisional no estuvo suficientemente motivada y se basó en una legislación contraria a la Convención Americana.
Organizaciones defensoras de los derechos humanos han presionado al gobierno salvadoreño a que derogue la ley que prohíbe la interrupción voluntaria del embarazo, sin resultados. La CIDH también ha exhortado a El Salvador a que revise las condenas de las mujeres encarceladas por haber abortado.
El Salvador es inflexible con las mujeres que enfrentan un embarazo no deseado. Sin importar si sus vidas están en peligro o si se trata de niñas víctimas de violación, la ley lo castiga. Actualmente hay más de 40 mujeres cumpliendo condenas entre 10 y 30 años de cárcel por haber abortado.
La legislación salvadoreña penaliza toda forma de aborto, incluso, el terapéutico, y castiga tanto a las mujeres como a los médicos. De ser encontradas culpables, las penas varían de los dos a los ocho años. No obstante, en muchos casos el delito se cambia a homicidio agravado por el parentesco de la víctima con el victimario y las mujeres pueden llegar a ser condenadas hasta 30 años de prisión.
Entre 2014 y 2020 la Agrupación Ciudadana para la Despenalización del Aborto registró 190 mujeres procesadas. De éstas 46 fueron condenadas por homicidio agravado y unas 30 por aborto.
Se estima que, en El Salvador, una nación de casi siete millones de habitantes, unas 25.000 mujeres quedan embarazadas cada año tras ser violadas y que miles de ellas buscan realizarse abortos clandestinos.