Al igual que lo hace la histórica postura de la legislación argentina, el Parlamento Europeo definió que “la prostitución no es un acto individual de una persona que alquila su cuerpo por dinero, sino un sistema organizado con fines lucrativos, un sistema intrínsecamente violento, discriminatorio y profundamente inhumano”.
El Parlamento Europeo reclamó este jueves 14 de septiembre a sus Estados miembro que castiguen penalmente a quien «solicite, acepte u obtenga» un acto sexual de una persona a cambio de una remuneración o beneficio en especie. Respaldó de esta manera un informe que pide a la Comisión Europea que elabore directrices comunes poniendo el acento en «la realidad de coacción, manipulación, violencia y explotación en la prostitución».
Cabe destacar que la postura abolicionista frente a la prostitución es la que ha asumido históricamente el Estado Argentino en materia de prostitución, con el objetivo de salvaguardar la dignidad, la libertad y la integridad física y psíquica de las personas.
Dicha política de Estado, reflejada en su normativa, implica el rechazo de la legalización de la prostitución, como así también de la criminalización del ejercicio de la misma, la represión de toda forma de explotación de la prostitución ajena y la trata de personas y la protección de sus víctimas, evitando todo tipo de re-victimización.
En el reciente debate en el Parlamento Europeo, por 234 votos a favor, 175 en contra y 122 abstenciones, se acordó pedir a los gobiernos de la Unión Europea «medidas efectivas para reducir la demanda de prostitución y por tanto el tráfico de seres humanos, la explotación sexual y las operaciones de grupos criminales organizados», añadiendo que hasta el 70 % de las personas prostituidas en la Unión Europea son mujeres migrantes.
El texto pone el foco en el cliente de la prostitución y pide trabajar en la reducción de la demanda de la prostitución y la trata con fines de explotación sexual «de manera que no perjudique a las personas en la prostitución», por ejemplo limitando la publicidad de estos servicios. Reclama también un enfoque común hacia la prostitución en toda la UE, dirigido a los compradores de sexo, despenalizando a quienes ejercen la prostitución y brindándoles el apoyo necesario para abandonar la prostitución.
«La prostitución no es un acto individual de una persona que alquila su cuerpo por dinero, sino un sistema organizado con fines lucrativos, un sistema intrínsecamente violento, discriminatorio y profundamente inhumano que funciona como un negocio y crea un mercado, en el que los proxenetas planifican y actúan para asegurar y aumentar sus mercados y en el que los compradores de sexo desempeñan un papel fundamental para incentivarlos», manifestaron los eurodiputados.
«Sólo si reconocemos la prostitución como una experiencia de violencia y analizamos la estructura detrás de ella, podremos proteger y fortalecer los derechos de las mujeres», afirmó la eurodiputada alemana Maria Nochl, en el debate previo a la votación.
«La demanda de prostitución es lo que le permite seguir existiendo», expresó, por su parte, la eurodiputada irlandesa Frances Fitzgerald. «Por lo tanto, los compradores deberían ser criminalizados como elemento disuasivo».
Uno de los principales argumentos del informe para reclamar un marco legal regional en la materia se basa en que la asimetría entre las leyes nacionales europeas conduce a que más víctimas sean objeto de trata con fines de explotación sexual y esto crea un caldo de cultivo para el crimen organizado.
Para reducir la demanda de prostitución, los eurodiputados han pedido a los países de la UE que regulen la publicidad en línea, diseñada para atraer a compradores de sexo y exige la implementación del llamado ‘modelo nórdico’, ya utilizado en países como Suecia, Francia e Irlanda, para reducir la demanda y ofrecer programas de salida y reintegración a quienes deseen acogerlos.
Es menester destacar que la Argentina ha sido pionera en la postura abolicionista, sancionando en 1913 la Ley 9.143, conocida como “Ley Palacios”, primera norma legal en el mundo destinada a luchar contra la explotación sexual. Este marco se refuerza con la Ley 12.331 de 1936, conocida como «Ley de Profilaxis». Ya en 2008 se promulgó la Ley 26.364 para la Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, norma que a su vez profundizó su alcance en 2012 a través de la promulgación de la Ley 26.842, que dio lugar a la creación del Consejo Federal y al Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y la Explotación de Personas.