Cardiac Imaging Inc. (CII), con sede en Illinois, y su fundador, propietario y director ejecutivo Sam Kancherlapalli, residente de Florida, acordaron pagar un total de $85,480,000 para resolver las acusaciones de la Ley de Reclamaciones Falsas de que pagaron honorarios excesivos a los cardiólogos remitentes para supervisar exploraciones PET en violación de la Ley Anti-Estatuto de sobornos (AKS) y la Ley de autorremisión de médicos (Ley Stark).
CII acordó pagar 75 millones de dólares, más cantidades adicionales basadas en ingresos futuros, y Kancherlapalli acordó pagar 10.480.000 dólares. Estos acuerdos se basan en su capacidad de pago. «Los proveedores de atención médica que buscan derivaciones de pacientes mediante sobornos ilegales y otros acuerdos financieros ilegales serán considerados responsables», dijo el Fiscal General Adjunto Principal Brian M. Boynton, jefe de la División Civil del Departamento de Justicia.
«Continuaremos salvaguardando los fondos federales de atención médica eliminando las relaciones financieras entre los proveedores de atención médica y los médicos remitentes que pueden corromper la toma de decisiones médicas y aumentar el costo de la atención».
Estados Unidos alegó que entre el 1 de marzo de 2014 y el 31 de mayo,
CII y Kancherlapalli, a sabiendas, provocaron reclamaciones falsas o fraudulentas a programas federales de atención médica derivadas de violaciones de la AKS y la Ley Stark.
Específicamente, con la supervisión y aprobación de Kancherlapalli, CII supuestamente pagó sobornos a los cardiólogos remitentes en forma de honorarios superiores al valor justo de mercado de $500 o más por hora. aparentemente para que los cardiólogos supervisaran las exploraciones PET de los pacientes que remitían a CII.
Estados Unidos alegó que estos honorarios excedían sustancialmente el valor justo de mercado por los servicios de los cardiólogos porque CII pagaba a los cardiólogos remitentes por cada hora que CII dedicaba a escanear a los pacientes de los cardiólogos. incluido el tiempo que los cardiólogos estuvieron lejos de las unidades móviles de escaneo de CII brindando atención a otros pacientes o ni siquiera estaban en el lugar. Los honorarios de CII también supuestamente compensaban a los cardiólogos por servicios adicionales fuera de la supervisión que en realidad no se prestaron.
CII pretendió basarse en el análisis del valor justo de mercado realizado por un consultor que, según Estados Unidos, CII sabía que se basaba en inexactitudes fundamentales sobre los servicios prestados por los médicos remitentes y que el consultor finalmente retiró.
“Pagar sobornos ilegales a los cardiólogos para que deriven pacientes socava la integridad de los programas federales de atención médica y aumenta innecesariamente los costos”, dijo el Fiscal Federal Alamdar Hamdani para el Distrito Sur de Texas. “Los pacientes merecen atención basada en sus necesidades médicas y no en el interés o ganancia financiera de un médico o una empresa.
Este resultado enfatiza el compromiso de mi oficina de buscar justicia, garantizar la confianza del público en el sistema federal de salud y responsabilizar a los corruptos”.
“Los pagos ilegales de sobornos no sólo corrompen el proceso de toma de decisiones médicas, sino que también causan daños y pérdidas financieras a Medicare y otros programas de atención médica financiados con fondos federales.”, dijo el agente especial a cargo Jason E. Meadows de la Oficina del Inspector General del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS-OIG). “HHS-OIG trabaja en estrecha colaboración con nuestros socios encargados de hacer cumplir la ley para erradicar y responsabilizar a quienes anteponen las ganancias y el beneficio personal a los servicios médicos legítimos”.
En relación con el acuerdo, CII y Kancherlapalli celebraron un Acuerdo de Integridad Corporativa (CIA) de cinco años con el HHS-OIG. La CIA exige, entre otras disposiciones de cumplimiento, que CII implemente medidas diseñadas para garantizar que los acuerdos con los médicos remitentes cumplan con la AKS y la Ley Stark.
La CIA también exige que CII implemente una evaluación de riesgos anual centralizada y un proceso de revisión interna para identificar y abordar los riesgos del AKS y la Ley Stark asociados con los acuerdos y contrate una Organización de Revisión Independiente para realizar una revisión de sistemas y transacciones de los acuerdos.
El acuerdo civil resuelve las reclamaciones presentadas en virtud de las disposiciones qui tam o denunciantes de la Ley de Reclamaciones Falsas por Lynda Pinto, exgerente de facturación de CII.
Según esas disposiciones, una parte privada puede presentar una acción en nombre de los Estados Unidos y recibir una parte de cualquier recuperación.
La acción qui tam también plantea reclamaciones contra el ex presidente y copropietario de CII, Richard Nassenstein, que no se resuelven en este acuerdo. El caso qui tam se titula U.S. ex rel. Pinto contra Cardiac Imaging, Inc., et al., No. 18-cv-2674 (S.D. Texas). La parte del acuerdo que corresponde al relator aún no se ha determinado.
La resolución obtenida en este asunto fue el resultado de un esfuerzo coordinado entre la División Civil, la División de Litigios Comerciales, la Sección de Fraude del Departamento de Justicia y la Fiscalía Federal para el Distrito Sur de Texas, con la asistencia del HHS-OIG, la Agencia de Defensa de la Salud. Oficina del Inspector General, la Oficina del Inspector General de la Junta de Jubilación Ferroviaria y la Oficina del Inspector General de Asuntos de Veteranos
La investigación y resolución de este asunto ilustra el énfasis del gobierno en combatir el fraude en la atención médica. Una de las herramientas más poderosas en este esfuerzo es la Ley de Reclamaciones Falsas.
Las sugerencias y quejas de todas las fuentes sobre posibles fraudes, despilfarros, abusos y mala gestión se pueden reportar al HHS al 800-HHS-TIPS (800-447-8477).
El asunto fue manejado por los abogados litigantes Samuel R. Lehman y Jake M. Shields de la División Civil del Departamento de Justicia, y la fiscal federal adjunta Melissa M. Verde para el Distrito Sur de Texas.