Bancos obligado a informar a la UAF, sospechas de lavado de dinero

Bancos están obligado a informar inmediatamente a la UAF, sin poder aducir reserva o sigilo de tipo alguno, casos sospechosos de lavado de dinero

Las reformas a la Ley 977 o Ley contra el lavado de activos y financiamiento al terrorismo aprobadas por la Asamblea Nacional, controlada por el orteguismo, profundizarán la vigilancia ya existente sobre el envío y recepción de remesas y también las transferencias bancarias, valora el economista y expreso político, Juan Sebastián Chamorro. 

“Esta reforma tiene el objetivo de tener más control de la información. Probablemente encontraron alguna forma en la cual los agentes de remesas o los mismos individuos podían pasar este requerimiento de información. Y uno de ellos seguramente era el envío de remesas por la vía privada”, opina. 

La ley original autorizaba a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) a pedir información “sobre originadores y beneficiarios de transferencias electrónicas y de servicios de remesas” en su artículo 24. Sin embargo, este fue reformado y ahora esta institución será el órgano que “establecerá normativas para la obtención de la información”, pero será hasta que los aprueben que se conocerán los criterios que usarán.

Chamorro recuerda que con la integración de los servicios bancarios y otros servicios de transferencia es más fácil enviar dinero sin entregar información, y recalca que detrás de estas reformas puede haber un “interés político de vigilancia”.  

“Esto es para fines de control de información, control de saber exactamente cuánto es la cantidad que está recibiendo cada individuo y muy seguramente van a tener el ojo puesto sobre los familiares de opositores o opositores mismos que estén todavía en Nicaragua recibiendo dinero con el objetivo de persecución política”, advierte Chamorro, quien fue desnacionalizado. 

En la iniciativa, que fue aprobada por la aplanadora del régimen en la Asamblea Nacional, se detalla que la medida abarca tanto a personas naturales o jurídicas que “actúen como instituciones financieras originadoras, intermediarias y/o beneficiarías, tanto en el caso de operaciones transfronterizas como nacionales”.

En las reformas también ampliaron el concepto de “proveedores de servicios de remesas y similares”. Originalmente se limitaba a los negocios consistentes en la aceptación de efectivo, cheques o cualquier otro instrumento monetario. 

Sin embargo, ahora se incluyen a “las personas naturales o jurídicas que tengan como fin principal o dentro de sus actividades la aceptación de dinero en efectivo, cheques o cualquier otro instrumento monetario u otro medio de almacenamiento de valor y el consecuente pago de una suma equivalente en efectivo”. 

En Nicaragua, las remesas han tenido un crecimiento exponencial en los últimos años. Solo en el primer semestre de 2024, los nicaragüenses recibieron 2477.8 millones de dólares por concepto de remesas familiares, un 11.9% más que en el mismo período de 2023, informó el Banco Central de Nicaragua.

En 2023, Nicaragua captó un nuevo récord de 4660.1 millones de dólares en concepto de remesas familiares -un 40.5 % más que en 2022-, de los cuales 3563 millones provinieron de Estados Unidos. Ese año las remesas familiares representaron un 26.1% del Producto Interno Bruto (PIB) de Nicaragua.

Banco obligados a romper sigilo

La Ley 977 contempla la inmovilización de fondos y activos en casos de personas naturales, personas jurídicas u organizaciones criminales. Entre las reformas también se añadió la creación de un reportes de operaciones sospechosas. 

Asimismo, se ordena a los “sujetos obligados”, entre ellos bancos, sociedades financieras, sociedades de seguros, reaseguros y fianzas, puestos de bolsa, microfinancieras, a informar a la UAF directamente, sin poder aducir reserva o sigilo de tipo alguno, sobre las personas naturales o jurídicas sospechosas de la comisión de delitos de lavado de dinero.

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