Tipificar en el Código Penal la suplantación de identidad y hostigamiento virtual

La Cámara de Diputados busca penalizar distintas formas de violencia digital que siguen sin castigo en la Argentina. La diputada Mónica Macha, presidenta de la Comisión de Mujeres y Diversidades, presentó dos proyectos que incorporan al Código Penal como delito la suplantación de identidad y el hostigamiento digital. 

Estas iniciativas se suman a la llamada Ley Belén, que propone tipificar la publicación sin consentimiento de material íntimo, en discusión en la Comisión de Legislación Penal. Las propuestas legislativas son impulsadas por sobrevivientes de distintas situaciones de violencia digital que vienen trabajando en la temática.

“El proyecto sobre hostigamiento digital viene a dar respuesta a los ataques sistemáticos que sufren las mujeres en los entornos digitales con efectos de disciplinamiento y silenciamiento de sus actividades”, explicó a Página 12 la diputada Macha.

La iniciativa, presentada la semana pasada en la Cámara baja, busca abarcar las formas más comunes de acoso digital: persecucionesintimidaciones, el acecho y la vigilancia digital, comúnmente conocidas con el nombre de stalking, la difusión no consentida de datos personales cuando se causa un daño o se atenta contra la seguridad de una persona, más conocida con el nombre de doxxing, y los contactos no deseados a través de las TIC cuando estos alteran el normal desarrollo de la vida de la víctima.

El segundo proyecto apunta a tipificar como delito la suplantación de identidad. Se trata de una práctica creciente en entornos digitales en la que se crea y/o suplanta una identidad digital usando los datos y características que identifiquen a una persona física o jurídica con la intención de cometer un delito o causar un perjuicio, a la persona cuya identidad se suplanta o a terceros, u obtener beneficio para sí o para otros.

Esta conducta se utiliza para cometer, por ejemplo, estafas cibernéticas o fraudes financieros, pero también, para difamar o instigar abusos sexuales u otros delitos contra la víctima, difundir sus datos personalesmaterial íntimo, sexual o de desnudez, para realizar acosos digitalesextorsionesenviar malwares a terceros y otras conductas maliciosas.

Ambos proyectos determinan penas que se ven agravadas en caso de odio de género. Y amplían la propuesta legislativa que viene impulsando la diputada Macha junto a organizaciones de la sociedad civil, para dar respuesta a las víctimas de estas conductas.

Hace un año, el Congreso sancionó la llamadaLey Olimpia, que suma a la definición de violencia hacia las mujeres contempladas en la Ley 26.485 las distintas formas de maltrato que se expresen de manera virtual. También contempla como violencia telemática hacia mujeres la “reproducción en el ámbito digital de discursos de odio misóginos”. Pero no se trata de una norma que penalice las distintas formas de violencia digital.

Por esa razón, Macha presentó el proyecto conocido como Ley Belén, para castigar la difusión no consentida de material íntimo que lleva el nombre de Belén San Románuna agente de la policía del Comando de Patrullas Rurales de Bragado, provincia de Buenos Aires, que el 30 de noviembre de 2020 se pegó un tiro con su arma reglamentaria después de que un hombre con el que tenía una relación viralizara un video y fotos íntimas suyas para extorsionarla, hostigarla, amenazarla.

 Tobías Villarruel estaba preso por otros delitos y ella lo había conocido por redes sociales. La joven tenía 25 años y murió tras cuatro días de agonía. Villarruel está acusado de “extorsión mediante chantaje, violación de privacidad y desobediencia”.

La semana pasada en la Comisión de Legislación Penal empezó el tratamiento de la Ley Belén y de otros proyectos similares, como uno presentado por el diputado del PRO Oscar Agost Carreño. “Es un proceso de discusión que recién se inicia y que nos permite dar cuenta de la necesidad de tener una legislación que penalice la circulación de imágenes íntimas o de desnudez sin consentimiento.

Creemos que es muy importante poder contar con esta legislación sobre una situación que cada día está más presente en los vínculos y en las relaciones de muchas personas, especialmente adolescentes”, señaló Macha a este diario. 

En ese sentido, recordó dos casos muy graves ocurridos este año. Uno fue el de Ema, una adolescente de 15 años, de la localidad bonaerense de Longchamps, que terminó suicidándose porque un compañero viralizó un video íntimo. El segundo hecho ocurrió en una escuela privada de San Martín, también en la provincia de Buenos Aires, donde un estudiante hizo un montaje con la cara de sus compañeras sobre otros cuerpos desnudos “generando un perjuicio en todas esas mujeres jóvenes y también en sus familias”, consideró la legisladora.

Este martes, se dieron detalles de los dos nuevos proyectos en un evento convocado por la diputada Macha junto con las ONG Género y TIC (GenTIC), Ley Olimpia Argentina y Amnistía Internacional, en el auditorio de la Cámara de Diputados, en el que participó la activista mexicana Olimpia Coral Melo, quien a partir de su historia personal instaló el debate en su país y logró la sanción de legislación para proteger a las víctimas de violencia digital y promover medidas de prevención a través de la educación.

También estuvo presente la mamhá de Ema, María Laura Sánchez, que expresó:  “Me sumo a esta lucha para que la muerte de Ema no sea en vano”.

“Estos proyectos son importantes porque son complementarios de la Ley Olimpia” dijo la abogada Florencia Zerda, de GenTic, a este diario. Y destacó que con estas iniciativas se cumpliría con un pedido hecho por el Mecanismo de la OEA de Seguimiento de la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las mujeres (Mesecvi) a los Estados parte para que sancionen reformas legislativas que tipifiquen las diferentes formas de violencia digital.

Por el momento, solo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Resistencia, Chaco, algunas de estas conductas tienen algún tipo de sanción: en ambas jurisdicciones se trata de contravenciones. “En el resto del país, las mujeres y las personas en general que sufren estas prácticas no tienen ninguna herramienta legal, no se puede investigar a quien lo hace, y las causas se archivan por inexistencia de delito”, advirtió Zerda.

Y recordó que hay casos de mujeres que han terminado asesinadas, después de sufrir durante muchos años acosos y otros delitos como amenazas en entornos digitales. En los casos de suplantación de identidad además se suma el componente económico, dado que las víctimas resultan estafadas: les sacan créditos con sus DNI o les clonan las tarjetas de crédito y resultan endeudadas, entre otras modalidades, detalló.

pagina12

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