El Senado de Argentina convirtió en ley dos proyectos fundamentales para reforzar la lucha contra el crimen organizado y endurecer las penas a delincuentes reincidentes.
En una extensa jornada desarrollada este jueves, por un lado, con 38 votos afirmativos y sin negativas ni abstenciones, la Cámara alta aprobó la ley antimafia, una iniciativa que busca un abordaje integral contra el crimen organizado. La votación contó con el respaldo de los bloques de La Libertad Avanza, el PRO, la Unión Cívica Radical (UCR), Las Provincias Unidas y otros espacios federales. Dos senadores kirchneristas, Marcelo Lewandowski (Santa Fe) y Carolina Moisés (Jujuy), también votaron a favor, mientras que el resto del bloque se retiró antes de la votación.
Esta reforma del Código Penal endurece las penas para delitos como narcotráfico, lavado de dinero, trata de personas, tráfico de órganos, tenencia ilegal de armas y explosivos. Entre sus principales disposiciones, establece penas de 8 a 20 años de prisión para quienes pertenezcan a organizaciones criminales. Además, la pena máxima aplicable al delito más grave cometido por la organización también se extenderá a todos sus miembros, bajo el criterio de que todos contribuyen a la ejecución del crimen.
La ley introduce la figura de la Zona de Investigación Especial, que permitirá respuestas más rápidas y efectivas al crimen organizado. En estas zonas, la Justicia Federal tendrá competencia exclusiva y podrá coordinar con fiscales provinciales y unidades especializadas para investigar delitos de alta complejidad.
También amplía facultades para detener sospechosos hasta 48 horas, con posibilidad de extensión a 15 días en casos de delincuencia transnacional. Otras medidas incluyen la incautación de bienes vinculados al crimen organizado, allanamientos sin demora en cárceles y la posibilidad de intervenir comunicaciones con autorización judicial.
En paralelo, el Senado también convirtió en ley la reforma al Código Procesal Penal Federal, que busca eliminar la “puerta giratoria” en la justicia. La norma, aprobada con 67 votos afirmativos y sin abstenciones, endurece los criterios de detención y reincidencia para evitar la liberación de delincuentes que vuelven a cometer delitos.
Una de las modificaciones clave es la introducción del concepto de “reiterancia”, que permite la detención inmediata de personas procesadas que cometan nuevos delitos. Además, se establece que una persona será considerada reincidente si ha sido condenada al menos dos veces con penas privativas de libertad, incluso si una de ellas fue impuesta en el extranjero por un delito que amerite extradición según la legislación argentina.
La nueva normativa también permite la acumulación de condenas impuestas por distintos tribunales, con un límite máximo de 50 años de prisión. Sin embargo, no se tomará en cuenta para la reincidencia las condenas impuestas a menores de 18 años o aquellas en las que haya existido una amnistía.