La información fue ofrecida por José Antonio Arbulú Ramírez, especialista antilavado de dinero y contra el financiamiento al terrorismo,quien por años se ha dedicado a los delitos afines al crimen organizado, no sólo en Perú, su país de origen, sino también a nivel internacional.
Afirmó el doctor Arbulú Ramírez que: “En febrero 2019, el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) publicó el Informe de Evaluación Mutua del Perú (2018), realizado sobre la base de los Estándares Internacionales sobre la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y la Proliferación (2012), del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), y de la Metodología de 2013, y que tiene como antecedente inmediato el Informe de Evaluación Mutua del año 2008.
El referido Informe, agregó, de Evaluación Mutua de 2018, da cuenta del nivel de cumplimiento por parte del Estado peruano de las recomendaciones del GAFI en términos normativos e institucionales, con el siguiente detalle:
Recomendaciones cumplidas (C) | R2, R3, R4, R5, R13, R14, R15, R18, R20, R21, R27, R29, R33, R36, R38, R39 |
Recomendaciones mayormente cumplidas (MC) | R1, R6, R7, R9, R10, R11. R12, R16, R22, R23, R26, R28, R30, R31, R32, R34, R37, R40 |
Recomendaciones parcialmente cumplidas (PC) | R8, R17, R19, R24, R25, R35 |
Dijo: “En este escenario, quiero traer a colación dos hallazgos principales, señalando:
- «El sector financiero (principalmente bancos, seguros, microfinancieras) demostró una mejor comprensión de los riesgos de LA/FT. El entendimiento que tienen las Actividades y Profesiones no Financieras Designadas (APNFD) es menor. Sin embargo, a pesar de los esfuerzos dedicados a la identificación y comprensión de dichos riesgos, aún se aprecian falencias importantes en la correcta identificación de los mismos tomando en cuenta el contexto de cada uno de los sectores y de la zona geográfica donde operan. Se estima que la comprensión del riesgo de FT es limitada. Los SO no evidenciaron el nivel de exposición a dicho riesgo ni tampoco la forma en la que pueden ser abusados. Como consecuencia, no pueden realizar acciones tendientes a mitigar dicho riesgo» (Lo subrayado es mío)”.
Igualmente agregó que: “El sector real tiene, en efecto, un conocimiento muy limitado de gestión de riesgos de lavado de activos. Si bien la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) ha realizado importantes esfuerzos de capacitación para instruir a sus oficiales de cumplimiento en esta importante y novísima materia, ésta se ha basado fundamentalmente –y como debió haber sido- en el marco teórico-práctico necesario para iniciar un proceso de asimilación de los conceptos que le son afines, el cual se ralentiza si los oficiales de cumplimiento no son capaces de enlazar lo aprendido con su día a día, advirtiéndose una evidente brecha que no será posible cerrar o, por lo menos, reducir, si no se cuenta con la predisposición del capacitado y la postura decidida a favor de la gestión de riesgos de la gerencia y/o titulares de la actividad. Todo esto en un contexto en que no tenemos oficiales de cumplimiento con el suficiente conocimiento y experiencia para prevenir, detectar y controlar el lavado de activos.
Riesgos
Señaló Arbulú Ramírez que referente a la dimensión práctica de la gestión de riesgos de lavado de activos ” se requiere de conocimientos complementarios básicos de herramientas informáticas y cualidades específicas que lamentablemente adolece la mayoría de oficiales de cumplimiento pertenecientes al sector real”.
Refiriéndose a la segunda parte del informe del GAFI, indicó:
- «En general, los procesos de supervisión (con excepción de la SBS), particularmente in situ, se encuentran enfocados a la revisión de las políticas, manuales y procedimientos del sistema de prevención LA/FT de los SO. Las observaciones y recomendaciones (acciones remediales) realizadas por los supervisores son principalmente derivadas de una supervisión de cumplimiento. La muestra de informes de supervisión in situ dan cuenta de, en general, consideraciones que pudieran realizarse al Manual de PLAFT, procedimientos, código de conducta, registro de operaciones (RO) de los SO, sin hacer mención a la gestión de riesgos LA/FT, ni la aplicación del EBR por parte de los SO». (Lo subrayado es mío).
Los supervisores de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, en sus informes de las visitas de supervisión que realizan a los sujetos obligados del sector real no hacen, en efecto, mención alguna acerca de la gestión de riesgos de lavado de activos. Desde una perspectiva que emana de lo que acontece en la realidad de Cumplimiento de dichos sujetos obligados, es absolutamente comprensible, pues no puede exigírseles la aplicación de una materia para lo cual no están preparados. Observamos, en una línea progresiva y razonable, que la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú viene solicitando a los sujetos obligados del sector real, en sus visitas de supervisión, sus «informes de identificación y evaluación de riesgos de lavado de activos».
Sobre el particular, es posible señalar que dichos informes son presentados especialmente por aquellos sujetos obligados que han adoptado una política de cumplimiento de la normativa anti lavado contratando a asesores externos expertos en gestión de riesgos de lavado de activos, quienes vienen adaptando los parámetros normativos vigentes a una realidad particular y de limitada extensión si tomamos en consideración la gestión de riesgos de lavado de activos ejecutada en las instituciones financieras.
De igual modo, la gestión de riesgos de lavado de activos no termina en dicho informe de identificación y evaluación de riesgos. Su ámbito de actuación se extiende además a una metodología de identificación y evaluación de riesgos, determinación de perfil de riesgos de clientes según ciertas variables, lanzamiento de nuevos productos y servicios e incursión en nuevas zonas geográficas, etc.
Para concluir con sus declaraciones osbre el último informe del GAFI en Perú, enfatizó que : “La problemática identificada por GAFILAT sobre gestión de riesgos de lavado de activos puede ser subvertida mediante alguna de las siguientes medidas:
- Diseñar y facilitar a los oficiales de cumplimiento de los sujetos obligados del sector real herramientas informáticas en Microsoft Office que interrelaciona la teoría (conceptos técnicos), la norma (su interpretación) y la práctica (actividad económica).
- Establecer alianzas estratégicas con asesores externos con experiencia en gestión de riesgos de lavado de activos y en las actividades económicas realizadas por los sujetos obligados pertenecientes al sector real para que contribuyan a desarrollar dichas herramientas informáticas, recogiendo información y brindando capacitación.
Es importante mencionar que el doctor José Antonio Arbulú Ramíres, ha sido orador en las Conferencias Internacionales Antilavadodedinero, Contra el Riesgo y El Fraude y contra el Financiamiento al Terroismo, que el doctor Alejandro Rebolledo realizó por espacio de 13 años en Venezuela y en República Dominica.
Asimismo es abogado titulado por la Universidad de San Martin de Porres, con estudios de maestría en Derecho con mención de Derecho Procesal. Especialización en Técnicas de Prevención y Detección del Blanqueo de Capitales en la Fundación Empresa Universidad de Granada – España, Diplomado en Prevención y Detección del Lavado de Activos y/o Dinero en la Universidad Ricardo Palma – Perú, y el Programa de Especialización para Oficiales de Cumplimiento en United States Inter American Community Affairs – Estados Unidos, entre otras.
Actualmente se desempeña como Compliance Officer Anti Money Laundering en la empresa privada, es asesor permanente en Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo en empresas de inversión en divisas, mobiliaria, inmobiliaria, Bolsa de Valores y Fondos Colectivos, es Responsable del Área de Prevención del Lavado de Activos y Asesor Legal Externo de empresas del sistema financiero.
Antilavadodedinero/RC