Alertan que cambio legal en Uruguay permitiría lavar “fraccionando” el dinero, el especialista Ricardo Sabella analizó el artículo de la ley de urgencia que modifica los controles ante operaciones financieras. Jorge Chediak, secretario antilavado.
Antilavadodedineo / Elpaís
En materia económica la ley de urgente consideración que el gobierno envió al Parlamento tiene varias disposiciones, algunas que han causado polémica -en el debate público y dentro de la coalición- como la desmonopolización de la producción de combustibles o los cambios a la ley de Inclusión Financiera.
Pero el artículo que ha provocado más comentarios en contra por parte de especialistas ha sido el que modifica aspectos de la ley integral de lucha contra el lavado de activos, flexibilizando los controles sobre el origen del dinero.
Ayer ese cambio legal fue defendido por el nuevo secretario antilavado, Jorge Chediak, y con algún matiz por la presidenta del Colegio de Contadores, Cristina Freire.
En tanto, el experto en temas antilavado Ricardo Sabella, director de la consultora BST Global, advirtió que la modificación “permitiría operaciones de lavado de activos, a través de metodologías de fraccionamiento, sin ser detectadas”.
Estos planteos se suman a otras advertencias hechas en los últimos días por el abogado especializado en esta área Leonardo Costa, la consultora CPA Ferrere y el exsecretario antilavado Daniel Espinosa.
El cambio en cuestión -que se incorporó en la etapa final porque no formó parte del borrador que divulgó el gobierno en febrero- establece que en todas las operaciones cuyos pagos se realicen a través de instituciones reguladas por el Banco Central (BCU) -como bancos, financieras y casas de cambio, entre otras- “se considerarán aplicables las medidas simplificadas de debida diligencia”.
Esto último refiere a los tres niveles -diligencia simplificada, normal e intensiva- de control que fijó la ley antilavado en función del riesgo de cada cliente para los sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas.
Esta tarea debe ser realizada por todas las entidades financieras, así como también por inmobiliarias, casinos o profesionales (abogados, contadores y escribanos) cuando actúan en nombre de sus clientes.
Sabella compartió un análisis que realizó acerca del cambio legal, en donde señaló que es “una fórmula que está lejos de los estándares de protección del sistema contra actividades financieras ilícitas, eliminando radares de detección” de operaciones sospechosas. Al igual que Costa días atrás, advirtió que esto va contra las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat) -organismo regional que coordina las acciones de combate al lavado de activos-.
Lavado de activos.
De entrar en vigencia, “esto permitiría a los sujetos obligados tanto financieros como no financieros participar en operaciones en las que no sea necesario requerir origen de fondos ni documentar las indagaciones sobre el propósito de las transacciones, en la medida que los pagos se realicen a través de instituciones financieras supervisadas por el BCU”.
En ese escenario, según Sabella, se podría lavar dinero utilizando “el método más elemental” que es el fraccionamiento, que consiste en dividir montos importantes en cantidades menores que pueden ser canalizados por la misma persona o repartido entre varias. Costa dijo que coincide con este análisis.
Sabella plantea un ejemplo al respecto: “una persona puede justificar con documentación un origen de fondos por US$ 100.000 y por tanto realiza un depósito en una institución financiera por ese valor. Luego realiza cuatro depósitos del mismo monto en otras instituciones financieras, utilizando idéntica documentación y justificación. Una vez hecho esto, cuenta con US$ 500.000 en el sistema financiero (con solo US$ 100.000 justificados)”.
Posteriormente, la persona puede “transferir los fondos a otra institución financiera, quien podría no solicitar justificación adicional” ya que el dinero viene a través del sistema bancario, o efectuar “una compra de un inmueble (utilizando los US$ 500.000) sin que el intermediario o escribano le soliciten su origen por provenir de cinco instituciones financieras”.
El experto indicó en su análisis que el artículo de la ley de urgencia “parecería estar motivado más por petición de los colectivos que nunca quisieron aceptar o entender su importante rol en el sistema preventivo, que por la aplicación de sentido común o eficiencia”.
A su entender, si se busca “la eficiencia de los controles antilavado y su mejora”, el camino no es modificar la ley integral de 2017 sino afinar “su implementación y puesta en práctica”.
Como menciona Sabella, los distintos colectivos de profesionales abarcados por la obligación de reportar operaciones sospechosas han manifestado discrepancias con la ley antilavado votada en 2017.
Hubo varios cruces entre el Colegio de Contadores y la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft), e incluso el año pasado los profesionales gestionaron una reunión con el fiscal de Corte, Jorge Díaz, para transmitirle que hay una “zona gris” respecto a su actuación en las operaciones financieras.
Consultada la presidenta del Colegio de Contadores, dijo ayer a El País que si bien no hay una “posición institucional definida” respecto al cambio legal, del análisis hecho hasta el momento surge que “es un avance positivo” que “va en línea con lograr una simplificación” de la tarea de estos profesionales.
Freire manifestó que no coincide con los analistas que advierten que esto podría promover el lavado de activos en Uruguay. “Nuestra responsabilidad de la debida diligencia y del origen de los fondos no se ha quitado”, por lo que el contador al participar en una operación “pone en juego su reputación”, sostuvo.
Agregó que la nueva disposición “aliviana” tareas y “da más certezas” a su actuación, pero quedó claro en una reunión virtual que mantuvieron con Chediak la semana pasada que “sigue siendo uno de nuestros trabajos hacer el análisis (de riesgo)” al enfrentarse a un cliente.
“Volvemos 10 años para atrás”, dijo Espinosa
Durante la entrevista a Chediak en radio Carve, se le hizo escuchar un análisis respecto al cambio legal de Daniel Espinosa, que se desempeñó como secretario antilavado hasta marzo. “Nos retrocede 10 años, volvemos al 2010.
Gafilat nos dijo que hay que detectar más casos (de lavado) en Uruguay según los riesgos que el país tiene, y con esta norma hacemos todo lo contrario, no voy a poder detectar más operaciones sospechosas si no pregunto sobre el origen del dinero.
Por eso es tan peligrosa”, expresó el exjerarca. Chediak respondió que no compartía “las conclusiones” de Espinosa.Chediak: “Operación es menos riesgosa, no desaparece” control
El secretario antilavado, Jorge Chediak, explicó ayer el alcance del cambio legal que se incluyó en la ley de urgencia, aunque aclaró que no participó de su redacción.
Dijo que la redacción propuesta lo que hace es “señalarle (a los sujetos obligados a indagar sobre el origen de los fondos) que la operación es menos riesgosa cuando el dinero se mueve por bancos, no es un nivel idéntico a cuando la operación se realiza en efectivo, pero no desaparece la obligación de realizar un análisis de riesgo ni quedan exentos (de los controles) si al observar los otros elementos se indica que la operación es sospechosa”.
La explicación fue dada ayer en una entrevista con Informativo Carve -Chediak no respondió-. El jerarca señaló que “se propone agregar un inciso, que como indicador, está diciendo que en situaciones donde el dinero que se va a utilizar en la operación está en un depósito o viene de instituciones bancarias supervisadas por el Banco Central, allí se justifica en principio la debida diligencia simplificada, pero no quiere decir que exclusivamente porque se haga por el sistema bancario” se eliminan los controles.
En ese sentido, pidió “desmitificar” la idea que los pagos en Uruguay “se realizan con una valija de dinero”, ya que hoy “la mayor parte de las operaciones que supervisamos se hacen por el sistema bancario”.
Chediak sostuvo que el debate respecto a este artículo de la ley de urgencia “no puede ser si estamos en situación de negro o blanco, no es que van a haber controles o no, porque los controles ya están” en la ley integral antilavado.