Primero fue el Santander y el Banco Falabella. Ahora fue el turno del Banco de Chile: la entidad financiera presentó más de una docena de querellas por eventuales autofraudes de algunos de sus clientes.
Todo, a un año de dictada la nueva ley que limita la responsabilidad de los usuarios ante fraudes bancarios. La normativa señala que cuando un cliente denuncia ante su banco una defraudación, la entidad debe restituir el dinero al afectado en un plazo de cinco días hábiles –sin ningún tipo de análisis de por medio- cuando el monto es equivalente a 35 UF, esto es, alrededor de US$1 millón.
En sus querellas, el Banco de Chile repite un modus operandi: un cliente presenta un reclamo, desconociendo operaciones realizadas en su cuenta, todo, sostuvo, en el contexto del procedimiento de objeciones regulado en el artículo 4° de Ley N° 20.009.
Añadió que, debido a que los reclamos consistían en objeciones de operaciones que, en total, no superaban la suma en pesos equivalente a 35 UF, y por expresa disposición del artículo 5° de la Ley 20.009, la entidad abonó en las cuentas singularizadas el total del monto objetado, asumiendo –dijo- el perjuicio asociado a los hechos.
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