El Poder Judicial (PJ) declaró infundado el último pedido de los empresarios Gonzalo Monteverde y María Carmona para continuar en libertad el proceso penal que enfrentan por el caso Odebrecht.
A través de una resolución emitida el 22 de diciembre, el juez Jorge Chávez Tamariz explicó que no existe ninguna norma que justifique la sustitución de la medida de prisión preventiva por comparecencia con restricciones, dado que ambos procesados no han permanecido un solo día privados de su libertad.
La defensa de Monteverde y Carmona solicitó la variación de la prisión preventiva de 36 meses alegando que las investigaciones se desarrollaron con normalidad, que sus patrocinados, de 71 y 73 años, presentan enfermedades oncológicas, y que la medida respondía a intereses mediáticos.
Según sus abogados, la acción del Ministerio Público provoca presión política y judicial, afectando la presunción de inocencia y el debido proceso.
Respuesta del Juez
No obstante, el magistrado Chávez Tamariz precisó que los argumentos presentados carecen de elementos nuevos que justifiquen la modificación de la medida cautelar.
“La avanzada edad de ambos y que son pacientes oncológicos no constituye novedad para el análisis. No se acompañó documentación reciente que modifique nuestra valoración sobre el caso”, sostuvo.
Además, remarcó que las referencias a jurisprudencia extranjera no aplican directamente a la situación de los procesados en Perú.
El juez enfatizó que los magistrados actúan bajo el mandato del artículo 139 de la Constitución, que garantiza la independencia del Poder Judicial.
“No estamos sometidos a presiones externas ni internas al resolver una controversia, esto incluye incluso a las actuaciones de las partes procesales o ajenos interesados. Para cuestionar al Ministerio Público existen los mecanismos legales adecuados, no este despacho”, indicó.
Pedidos del Ministerio Público
El Ministerio Público, mediante el fiscal José Domingo Pérez Gómez, solicitó recientemente 33 años de prisión contra Gonzalo Monteverde y entre 13 y 33 años contra María Carmona y otras cinco personas por presunto lavado de activos con agravante de organización criminal.
Según la Fiscalía, Monteverde operó como generador de flujos de dinero ilícito para la denominada caja 2 de Odebrecht y para pagos en efectivo vinculados a sobornos y aportes a campañas políticas en Perú.
El Ministerio del Interior mantiene vigente desde 2019 la orden de captura nacional e internacional contra ambos empresarios, quienes permanecen no habidos.
A través del Programa de Recompensas, el Estado ofrece medio millón de soles por información que permita ubicar a Monteverde.
En su resolución, el juez Chávez Tamariz destacó que el cumplimiento de la ley no admite interpretaciones individuales por parte de los jueces.
“Todo fallo se ajusta a la normativa vigente y a la constitucionalidad confirmada. No se trata de impunidad ni de permitir la prescriptibilidad de delitos, sino de aplicar la ley conforme al marco legal peruano”, señaló.
La decisión del PJ representa un revés para los defensores de los empresarios, quienes buscaban sustituir la prisión preventiva por medidas menos gravosas debido a la edad y la condición de salud de sus patrocinados.
La negativa judicial asegura que el proceso continúe bajo la supervisión del tribunal, con la medida cautelar original intacta.
Con esta resolución, la justicia refuerza su compromiso de mantener la seguridad jurídica y la aplicación estricta de la ley en el marco del caso Odebrecht, considerado uno de los más relevantes en la investigación de corrupción y lavado de activos en Perú.
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