Centroamérica debe actualizar sus leyes para afrontar el lavado de dinero

Los desafíos que tiene que afrontar la región en materia legal para contrarrestar el lavado de dinero son cada vez mayores y tienen que ver desde la tecnología, la fuerza que están tomando los criptoactivos y la necesidad de redoblar esfuerzos para poder salir de la «lista gris».

Antilavadodedinero / Laprensagrafica

Cada año se estima que en todo el mundo se lavan fondos ilícitos alrededor de un 4 % a 5% del Producto Interno Bruto (PIB) global, que podría equivaler hasta $2 trillones o, para hacerse una idea más clara, es un monto que podría ser similar al PIB de una potencia como Brasil.

Y de este fenómeno no se escapa ninguna región, ni mucho menos Centroamérica.

Para Fernando Montano, abogado y socio de la firma legal Arias en El Salvador, la situación geográfica y política de la región ha hecho que, históricamente, enfrente «riesgos significativos en materia de lavado de dinero y de activos, así como de otras conductas delictivas relacionadas con el blanqueo de capitales».

Melissa Tomasino, asociada en Costa Rica del bufete Sáenz y Asociados, también considera que la ubicación del istmo afecta porque «hace que sea un refugio ideal para la delincuencia organizada transnacional, la corrupción y el crimen organizado siguen teniendo un papel importante en todos nuestros países».

El lavado de activos es un delito que «consiste en dar una apariencia de origen legítimo o lícito a bienes que son productos de delitos» y, aunque lo primero que se viene a la mente sea el narcotráfico, hay más acciones que entran en esta tipificación.

Estos pueden ser, como explica Tomasino, el financiamiento del terrorismo, tráfico de personas, introducción de inmigrantes ilegales, tráfico de órganos, creación de empresas fantasmas y utilización de testaferros, entre otras.

Por ser una amplia gama de situaciones, las leyes deben estar acordes para poder perseguir los hechos. Las naciones de la región suscribieron en 1997 el Convenio Centroamericano para la Prevención y la Represión de los Delitos de Lavado de Dinero y de Activos, y todos los países tienen legislaciones para la prevención de los riesgos del lavado de dinero y de activos.

Además, «cuentan con instituciones especializadas cuyo objeto no se limita a perseguir el delito, sino a la supervisión y fiscalización de las obligaciones formales que le vienen impuestas a los distintos sujetos obligados en materia de prevención de la comisión del delito de lavado de dinero y de activos, que incluyen, entre otros aspectos, el reporte de operaciones que superen determinado umbral económico, el reporte de operaciones sospechosas, la aplicación de políticas orientadas a la prevención del delito y la debida diligencia en el conocimiento de clientes y terceros en general», explica Montano.

Para el abogado, también se ha dado en los países del Triángulo Norte (Guatemala, El Salvador y Honduras) un aspecto diferenciador que ha permitido robustecer las sanciones, como es la normativa sobre el tema de extinción de dominio.

Este implica, que bajo ciertos presupuestos legales, «los bienes provenientes de actividades relacionadas o conexas al lavado de dinero y activos, corrupción, actos de terrorismo, tráfico de armas y de drogas, tráfico y trata de personas, entre otros, pasan a ser administrados y finalmente a la titularidad del Estado».

Las listas

Pero aún así, queda trabajo que hacer. Por ejemplo, aun hay dos países de la región que se encuentran en la llamada «lista gris» del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI); por tener deficiencias estratégicas en sus sistemas contra el lavado de activos y financiación del terrorismo.

Nicaragua y Panamá están en esa lista. Además, este último también aparece en la lista de «paraísos fiscales» la Unión Europea. Para Montano, de Arias, el mayor impacto de encontrarse en esa lista es una potencial desmejora del clima de inversión, el encarecimiento del financiamiento externo y de las transacciones comerciales.

«El país tendrá mayor dificultad para acceder a fondos internacionales ya que las tasas de interés aumentarán significativamente para estos, debido al riesgo que implica operar con un país enlistado», agrega Tomasino, de Sáenz & Asociados.

Las listas grises «afectan a todo el país, pero su impacto se siente en la banca primero; entra al país a través de la banca», afirmó en una entrevista con EFE el presidente ejecutivo de la Asociación Bancaria de Panamá (ABP), Carlos Berguido.

Las autoridades panameñas aseguran que en los últimos años se han dado importantes avances legislativos y técnicos en la materia, pero están siendo ignorados por las instituciones internacionales. Berguido reconoció que esos avances se quedan cortos, que «hace falta voluntad», pero se mostró convencido de que «tarde lo que tarde, como país se van a empinar en ese reto» porque van a entender que esa lista «le hace mucho daño a Panamá porque ahuyenta la inversión, hace que la inversión que ya está se vaya, con todo lo que eso significa empleo y bienestar».

Para el sistema bancario, agregó, la permanencia en las listas grises significa «la posibilidad de perder los vasos conectores con el sistema bancario internacional», que es el que les consigue depósitos y financiamiento. «Es un imperativo, tenemos que hacer como país todo lo que sea necesario para salir de las listas y permanecer fuera de ellas, porque afectan la reputación de Panamá, que ya quedó golpeada por la infamia que fue los Papeles de Panamá», el escándalo de las sociedades extraterritoriales que estalló en 2016 y que hizo salir del país centroamericano a muchos bancos corresponsales.

Pero no solo Panamá y Nicaragua tienen fuertes retos que afrontar. Ningún país está exento de caer en alguna de las listas sobre todo porque necesitan actualizar sus legislaciones, en este tiempo que la digitalización se da no solo en materia financiera sino también delictiva.

El reto de las cripto

En un artículo escrito por Rhoda Weeks-Brown , directora del Departamento Jurídico del Fondo Monetario Internacional (FMI) en 2018, señalaba que las transferencias de dinero móvil, los registros distribuidos y las monedas virtuales tienen usos legítimos y productivos, pero también pueden emplearse para ocultar o facilitar delitos.

«Dicho de otro modo, los pagos a consumidores casi sin costo y los pagos de recompensas casi imposibles de rastrear son dos caras de la misma moneda (electrónica). ¿Cómo deberían responder los países a este desafío en evolución?», planteaba la directora y ante ello el trabajo que hay que hacer es actualizar las legislaciones y eso implica, según su punto de vista, incrementar la transparencia y eliminar los obstáculos legales y prácticos a la cooperación internacional.

«Para detectar el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo es necesario proteger e intercambiar la información financiera, y para disuadir a los delincuentes hay que rastrear implacablemente el dinero sucio o destinado a fines nefarios», agregó.

De 2018 a esta fecha, la digitalización se ha acelerado fuertemente en la región, la pandemia forzó ese ritmo y conllevó a que las transacciones en línea se duplicaran o triplicaran en algunos casos, y a que los criptoactivos empezaran a conquistar más mercados.

La adopción de la Ley Bitcóin en El Salvador, que legalizó este criptoactivo, encendió las alarmas de organismos que señalaban que podría incitar o propiciar el lavado de dinero.

La agencia calificadora Fitch Ratings advertía que esta ley aumentaría los riesgos regulatorios, financieros y operativos de las instituciones financieras, incluido el potencial de violar los estándares internacionales contra el lavado de dinero.

«La falta de transparencia de bitcóin podría aumentar el riesgo de lavado de dinero» si las regulaciones no cumplen completamente con los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), agregó Fitch.

Los abogados consultados por El Economista, también consideran que hay un peligro, pero que hay que afrontarlo, sobre todo porque las criptomonedas están para quedarse.

«Existe un riesgo, debido a que las transacciones con criptomonedas se realizan desde cualquier parte del mundo y actualmente no existe una entidad que regule los movimientos o el uso de las criptomonedas, lo que hace que se provea un mayor anonimato a sus usuarios, y esto dificulta que a la fecha, se pueda identificar y verificar la identidad del usuario o las transacciones que realiza; sin embargo, al estar las criptomonedas vinculadas al ‘Blockchain’, es (necesaria) una regulación que permita a las autoridades a acceder a dicha información en caso de ser necesaria», detalla Tomasino.

La abogada agrega que el GAFI ha emitido recomendaciones y ha solicitado que los países se centren en la regulación de las criptoactivos y los proveedores de servicios y, actualmente, hay pocos países que cuentan con una normativa sobre las criptomonedas y sus proveedores.

«Es por esto, que decimos que en la actualidad existe un riesgo de lavado de dinero, ya que se carece de una regulación específica, lo cual hace que el trabajo de las autoridades se dificulte y no puedan darles seguimiento a las transacciones realizadas (…) dejando un margen para que se pueda realizar una actividad ilícita».

Finalmente, Montano señala que el uso de las criptomonedas es una realidad, «por lo que los riesgos inherentes a las mismas deben atenderse de manera apropiada y eficaz, y es así que se espera que los países de la región, incluido

El Salvador como primer país que ha adoptado el bitcóin como moneda de curso legal, establezcan medidas apropiadas para administrar y mitigar esos riesgos, ya sea a través de la creación de normativa o la adecuación de la normativa existente a esta nueva realidad»

Las recomendaciones del gafi

15- Nuevas tecnologías
Los países y las instituciones financieras deben identificar y evaluar los riesgos de lavado de activos o financiamiento del terrorismo que pudieran surgir con respecto a: (a) al desarrollo de nuevos productos y nuevas prácticas comerciales, incluyendo nuevos mecanismos de envío, y (b) el uso de nuevas tecnologías o tecnologías en desarrollo para productos tanto nuevos como los existentes.  

En el caso de las instituciones financieras, esta evaluación del riesgo debe hacerse antes del lanzamiento de los nuevos productos, prácticas comerciales o el uso de tecnologías nuevas o en desarrollo.

Los países y las instituciones financieras deben tomar medidas apropiadas para administrar y mitigar esos riesgos. Para gestionar y mitigar los riesgos que surjan de los activos virtuales, los países deben garantizar que los proveedores de servicios de activos virtuales estén regulados para propósitos ALA/CFT (Anti Lavado de Activos y Contra Financiamiento del Terrorismo), y tengan licencia o registro y estén sujetos a sistemas de monitoreo efectivo y asegurar el cumplimiento de las medidas relevantes requeridos en las Recomendaciones del GAFI.  


16- Transferencias electrónicas
Los países deben asegurar que las instituciones financieras incluyan la información sobre el originador que se requiere, y que ésta sea precisa, así como la información requerida sobre el beneficiario, en las transferencias electrónicas y mensajes relacionados, y que la información permanezca con la transferencia electrónica o mensaje relacionado a lo largo de toda la cadena de pago.

También se debe garantizar que las instituciones financieras monitoreen las transferencias electrónicas con el propósito de detectar aquellas que carezcan de la información requerida sobre el originador y/o beneficiario y tomar las medidas apropiadas.  

Las autoridades velarán que, en el contexto del procesamiento de las transferencias electrónicas, las instituciones financieras tomen medidas para congelar y deben prohibir la realización de transacciones con personas y entidades designadas, según las obligaciones plasmadas en las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, como la Resolución 1267 (de 1999) y sus resoluciones sucesoras, y la Resolución 1373(2001), relativa a la prevención y represión del terrorismo y el financiamiento del terrorismo.  

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