Colombia amplió lista de las personas expuestas políticamente, Peps

Con esta decisión el Gobierno colombiano fortalece la vigilancia de aquellos que ejercen cargos públicos, para evitar el lavado de activos y la financiación del terrorismo, entre otros delitos.

Antilavadodedinero / Infobae

En las últimas horas, a tráves del decreto 830 del 26 de julio de 2021, el Gobierno colombiano amplió las obligaciones y el listado de las Personas Expuestas Políticamente (PEP) en el país, esto con el objetivo de fortalecer las medidas que combaten el lavado de activos, la financiación del terrorismo y la corrupción por parte de los servidores públicos.

Para entender cómo impacta esta decisión en la lucha contra la corrupción en el país, hay que tener claro que las PEP son todos aquellos individuos que se desempeñan o se han desempeñado en funciones públicas destacadas. Al un funcionario ser identificado como PEP está obligado a dar más información sobre sus actividades laborales a las autoridades competentes de su vigilancia.

Dentro de este listado estaban altos funcionarios como el Presidente y Vicepresidente de la República, ministros, superintendentes, generales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, congresistas, jefes de las entidades de vigilancia y control, gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y magistrados, entre otros.

Pero con este nuevo decreto entran a hacer parte los directivos de organizaciones internacionales, ordenadores de gasto de las universidades públicas, los curadores y notarios, así como los oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional que estén facultados para comprometer recursos de las instituciones públicas y las personas jurídicas cuyo beneficiario final corresponda a una Persona Expuesta Políticamente.

“Con este decreto, que impulsamos desde la Vicepresidencia de la República, a través de la Secretaría de Transparencia, Superintendencia Financiera, la UIAF y el Departamento de la Función Pública, Colombia contará con mejores controles del riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo y la corrupción del que pueden ser objeto los altos funcionarios y además pone al país a la vanguardia de los compromisos internacionales”, explicó Beatriz Elena Londoño Patiño, secretaria de Transparencia de la Presidencia de la República.

Teniendo en cuenta que estos nuevos cargos entran al listado de Personas Expuestas Políticamente, lo que señala el decreto es que tienen la obligación de informar su cargo, fecha de vinculación y de desvinculación cuando sea solicitado, esto dando cumplimiento a la regulación vigente sobre el riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo y luchas contra la corrupción.

Además, el decreto 830 del 26 de julio de 2021 establece que también deberán declarar los nombres e identificación de las personas con las que tengan sociedad conyugal, de hecho, o de derecho; los nombres e identificación de sus familiares hasta segundo grado de consanguinidad, primero afinidad y primero civil; la existencia de cuentas financieras en algún país extranjero en caso de que tengan derecho o poder de firma o de otra índole sobre alguna; y los nombres e identificación de las personas jurídicas o naturales, patrimonios autónomos o fiducias.

“Como consecuencia del compromiso de Colombia en la lucha contra la corrupción y la importancia de esta para la comunidad internacional y en especial para el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), es fundamental mejorar los instrumentos que permiten combatir este fenómeno transnacional que afecta duramente a las instituciones colombianas”, se lee en el documento.

El decreto presidencial también establece que, en el término de tres meses, el Departamento Administrativo de la Función Pública deberá incluir en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP) a los servidores públicos que ingresaron al listado. De la misma forma, los sujetos obligados tendrán que implementar medidas de prevención de riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo y lucha contra la corrupción para aplicar lo dispuesto en el presente decreto.

Cabe resaltar que la calidad de Persona expuesta Políticamente en Colombia se mantiene durante el tiempo que el sujeto ejerza el cargo público y por dos años más desde la dejación, renuncia, despido o declaración de insubsistencia del nombramiento.

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