¿Cómo reducir el riesgo de caer en fraudes?

Los estafadores que habitan en el mundo digital están aprovechando el auge de las criptomonedas y la falta de formación de muchos usuarios para llevar a cabo estas conductas ilícitas.

antilavadodedinero / esinvesting

En la última década, pero especialmente en los últimos cinco años, hemos asistido a la generalización del uso de las criptomonedas. Si bien, en muchas ocasiones, este fenómeno se ha asociado al uso de estas criptodivisas como un activo de inversión, cabe señalar que su función análoga al dinero tradicional, es decir, para realizar pagos y cobros, no he dejado de crecer.

Su naturaleza descentralizada y lo que representa como alternativa a métodos clásicos han propiciado este hecho y la gran aceptación entre un público creciente de la sociedad.

Sin embargo, como en otros casos históricos, paralelamente a este auge, hemos podido ver cómo la naturaleza de estas divisas digitales es aprovechada para usos fraudulentos, como se explica, entre otras fuentes, en este manual de prevención de lavado de dinero, que nos narra cómo una de sus aplicaciones puede estar relacionada con actitudes ilícitas. Son diversos los casos en que las criptomonedas acaban sirviendo a fines espurios como éste.

Incluso, y como muestra de la inventiva y la capacidad de innovación de estos nuevos delincuentes, aprovechando los últimos, y tan en boga, avances en la inteligencia artificial, como el Chat GPT, para realizar estafas relacionadas con estos activos digitales.

¿Significa esto que debemos pasar a la regulación estricta de estos activos, con carácter internacional? Ese es un pensamiento muy tentador. Sin embargo, y aunque podría colaborar sensiblemente a limitar determinadas prácticas, podemos encontrar que una norma legal excesivamente rígida afectaría al carácter y la naturaleza de las criptomonedas y su ADN alternativo, poniendo al público en contra y creando, tal vez, métodos paralelos fuera de la legislación.

Por otra parte, no necesariamente acabarían con este tipo de fraudes (pensemos en el ejemplo de los bancos, perfectamente regulados, y los casos de suplantación que se dan de forma periódica).

Prácticas ilícitas (con la suplantación como uno de los principales problemas)

Veamos algunos de los casos más paradigmáticos que se están detectando en el presente. Uno de los más comunes está relacionado con empresas (o supuestas empresas) que están detrás de estos criptoactivos: o bien se realizan campañas para aumentar artificialmente su valor (“Pump and Dump”) por parte de poseedores de acciones de éstas, que luego venden sus activos a mayor precio; o, directamente, se anima, mediante información falsa, a inversores a dar fondos a algunas que son inexistentes, bajo la promesa de los grandes beneficios, el enriquecimiento veloz y el “estar en el momento adecuado en el lugar adecuado”. 

Las redes sociales y una cierta creatividad (en la peor acepción de la palabra), junto a una falta de formación de parte de la población en estos particulares y la facilidad para falsificar, digitalmente, partes de la documentación ofrecida, facilitan la tarea de estos desaprensivos.

El “Phising” es, sin duda, una de las mayores pesadillas de la era digital a nivel de seguridad. Y afecta a muchas partes implicadas en la vida cotidiana de la red, tanto a consumidores como a empresas. En el caso que atañe a las criptomonedas, uno de los principales intereses es el de conseguir información, habitualmente claves de acceso, para las billeteras de estas divisas electrónicas.

El proceder habitual es el de imitar, como ocurre en otros casos de “Phising” clásicos (los de las entidades bancarias son un buen ejemplo), una web oficial y dirigirse, mediante email o mensajes, al cliente para solicitarle las claves bajo el pretexto de una renovación, un problema técnico o una promoción. Nos hemos hecho eco en este medio, recientemente, de noticias de la acción de algunos estafadores, como lo ocurrido con la eWallet Trezor.

Las estafas de suplantación no acaban con el “Phising”. Mucho más mundano es el acto de hacer creer que personalidades populares o relevantes están tras la promoción de algunos de estos criptoactivos. Esto es, todavía si cabe, más habitual con algunas criptomonedas que ni siquiera existen. Lo más común es animar a invertir en algunos de estos activos, pero también ocurre en combinación con otros fraudes, por ejemplo, para introducirse en un entorno en el que pueden robar nuestros datos.

Por otra parte, también podemos encontrarnos con aplicaciones falsas y dañinas asociadas al fraude, que pueden robar nuestro dinero o nuestra cartera de criptos. Pese a los controles y las medidas de vigilancia y reacción que ponen en marcha Google Play o la App Store de Apple, siguen apareciendo y, durante el tiempo que están disponibles para los usuarios, son descargadas frecuentemente.

Eso no significa que no deba existir un conjunto de normas, incorporadas por los distintos estados, que pongan coto a determinadas prácticas fraudulentas; pero el enfoque debería estar más centrado en formar e informar al usuario sobre los riesgos y como gestionarlos, con un compendio de buenas prácticas y campañas que alerten y ayuden a poner en guardia a la sociedad frente a determinadas situaciones.

En un pasado reciente, comprobamos cómo la obligación a las entidades bancarias de informar sobre los riesgos de los productos financieros fue una medida útil y bien aceptada por los clientes. Tal vez el camino, en el mundo de las criptomonedas (junto con otras medidas coercitivas respecto de las empresas “fantasma”) pase por estas iniciativas, en lugar de crear un sistema de control rígido y poco eficiente.

Soluciones para una problemática que puede ser endémica

Existen, por supuesto, más casos conocidos, como aquellas relacionadas con la extorsión, las promociones fraudulentas y otras tantas otras que aprovechan, sobretodo, el desconocimiento y la falta de formación de muchos usuarios en relación con las prácticas seguras en el entorno digital.

Este sea, tal vez, el marco de actuación más apropiado para empezar la lucha contra las estafas relacionadas con las criptomonedas: la formación y la información a los usuarios. Como antes comentábamos, una legislación más restrictiva e hipervigilante puede conllevar más problemas que ventajas, dado que los mecanismos de control podrían acabar con la agilidad de la tecnología Blockchain, con las iniciativas que están empujando el carácter emprendedor e innovador y con el carácter alternativo de estas divisas digitales.

Todo ello crearía una reacción en contra de parte de una sociedad, que se encuentra cómoda con un elemento descentralizado y más libre.

Eso no significa que no deba existir un conjunto de normas, incorporadas por los distintos estados, que pongan coto a determinadas prácticas fraudulentas; pero el enfoque debería estar más centrado en formar e informar al usuario sobre los riesgos y como gestionarlos, con un compendio de buenas prácticas y campañas que alerten y ayuden a poner en guardia a la sociedad frente a determinadas situaciones.

En un pasado reciente, comprobamos cómo la obligación a las entidades bancarias de informar sobre los riesgos de los productos financieros fue una medida útil y bien aceptada por los clientes. Tal vez el camino, en el mundo de las criptomonedas (junto con otras medidas coercitivas respecto de las empresas “fantasma”) pase por estas iniciativas, en lugar de crear un sistema de control rígido y poco eficiente.

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