Con cada vez menos fuerza el dinero en metálico, sin embargo son muchos los que aún siguen utilizando monedas y billetes para pagar sus servicios. Más en el extranjero, donde muchas veces hay reticencia a usar la tarjeta por un posible cobro de comisiones, la Agencia Tributaria ha aclarado cuál es el máximo permitido a partir del cuál se debe declarar la cantidad de dinero que sacas de España.
Antilavadodedinero / El Economista.
En constante lucha contra el fraude económico, el Ministerio de Hacienda ha vuelto a salir a la palestra para recordar que hay un monto de dinero físico, a partir del cuál se debe declarar su movimiento ya sea dentro o fuera de las fronteras nacionales. Con menor cantidad para la salida al extranjero, por lo que podría implicar en blanqueo de capitales, el organismo deja claro que las multas por no informar de ello pueden ser muy severas.
Y es que aunque no existe un límite a llevar en efectivo, la ley española no marca si se pueden llevar más de 500.000 o 2 euros en metálico en un viaje fuera de las fronteras, sí que a partir de 10.000 euros se debe declarar. En cantidades iguales o superiores a esta o a su cambio en la divisa extranjera correspondiente, se debe hacer según el modelo S-1.
Las multas por la omisión de esta declaración en España son muy altas y alcanzan un coste por encima del 50% del valor
Ante los servicios aduaneros correspondientes, este informe se debe entregar siempre como prevención de blanqueo. De lo contrario, el omiso de tal deber se enfrenta a penas de 600 euros y el 50% de la cantidad intervenida. Es decir, la multa depende de si tal monto que se quiere sacar al extranjero es de 10.000, 20.000 o 350.000 euros.
100.000 euros a mover y 1.000 para pagos en metálico
Además, en lo que respecta al movimiento dentro de España, el límite se establece en 100.000 euros. Tal cantidad responde tanto a billetes como a monedas, así como cheques talonarios o cualquier otro medio físico. A declarar ante las Dependencias Provinciales de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Tributaria, la cantidad responde tanto a euros como a su equivalente en una divisa extranjera.
Una medida que se enmarca dentro de la reforma de la ley contra el blanqueo de capitales. Normativa aprobada en los últimos días y que, entre otros asuntos, también ha disminuido la cantidad total a pagar en efectivo en una sola operación. Estableciendo este nuevo tope en 1.000 euros, las sanciones también son fuertes por su incumplimiento o intento de no respetar este pago.