Corinna, la amiga del rey Juan Carlos I rechaza imputación del Supremo Larsen y se ha dirigido al Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional para tratar de paralizar su declaración como imputada, prevista para el próximo 8 de septiembre.
Antilavadodedinero / ElConfidencial
En un escrito dirigido al juez Manuel García-Castellón y a la Sala de lo Penal, la examante del rey emérito Juan Carlos considera que la decisión adoptada es nula de pleno derecho y atenta contra sus derechos fundamentales. Solicita que se acuerde la suspensión de la declaración y pone en duda la jurisdicción del magistrado para imputarle delitos presuntamente cometidos en el extranjero.
El escrito, firmado por su abogado en España, José Antonio Choclán, discute la decisión del instructor de reabrir la pieza Carol del caso Villarejo.
El magistrado adoptó esa decisión para aclarar si Larsen encargó al comisario que investigara a una asistente que podía estar filtrando información sobre su vida privada. En las grabaciones que realizaba el policía de los encuentros que mantuvo con ella en 2015, también se les escucha hablar de negocios opacos del Rey emérito, pero las pesquisas se archivaron de manera provisional en septiembre de 2018 con el informe favorable de la Fiscalía Anticorrupción.
Además de Larsen, se ha citado como imputados para el 7 y 8 de septiembre al propio Villarejo, a su socio Rafael Redondo y al expresidente de Telefónica Juan Villalonga.
La investigación se abrió a raíz de la incautación de unos dispositivos electrónicos en casa de Redondo, en los que aparecen varios archivos de audio con conversaciones entre Villarejo, Corinna Larsen y Villalonga. Según aseguraba ella en las conversaciones, que fueron grabadas en 2015, Juan Carlos I había cobrado comisiones y guardaba dinero en cuentas de Suiza que no estaban a su nombre: «Ellos han puesto algunas cosas a nombre de su primo, que es Álvaro Orleans de Borbón, que también vive en Mónaco».
Mes y medio después de que la Audiencia Nacional comenzara a investigarlo, el juez Diego de Egea cerró la pieza: los actos se remontaban a una etapa que iba de 2009 a 2012, cuando el Rey emérito estaba blindado por la inviolabilidad, y no daba verosimilitud a estas afirmaciones.
En su recurso de reforma y subsidiario de apelación, al que ha tenido acceso El Confidencial, defiende que no existe «ninguna circunstancia nueva que permita reabrir» la pieza y que este hecho le provoca «indefensión». Recuerda que nunca fue citada como investigada antes del archivo y que tanto el Ministerio Fiscal como el instructor consideraron entonces, por un lado, que los hechos referentes al Rey no guardaban relación con el comisario Villarejo y, por otro, que no estaba claro que se hubiera producido un encargo.
«En cualquier caso, Villarejo se habría limitado a facilitar el contacto con un abogado, por lo que no había indicios de delito de cohecho o de revelación de secretos», destaca.
Frente al argumento del magistrado que apunta a la aparición de dos nuevos archivos de audio con indicios, indica que su contenido no guarda relación con la investigación e indica que, si se aprecian conductas nuevas, lo adecuado sería abrir un nuevo procedimiento y no reabrir aquel que fue sobreseído.
«Si se trata de esclarecer si el encargo [a Villarejo] se llegó a materializar, y si se abonó cantidad o si hubo ofrecimiento o promesa de compensación, este hecho particular no puede motivar la reapertura de la causa sobreseída, toda vez que se trataría de un hecho diferente, por mucho que los interlocutores de las conversaciones subrepticiamente grabadas fueran los mismos, pero con un contenido diferente», dice.
La investigación en el Supremo
El escrito de Larsen se refiere también a las diligencias de investigación que conduce la Fiscalía del Supremo y dice que los hechos de esta pieza Carol «incluso se apartan por completo del procedimiento general contra Villarejo para ser investigados por la Fiscalía y, en su caso, formular querella, algo que se encuentra pendiente en la Fiscalía del Tribunal Supremo, según indica el propio auto de reapertura. «En consecuencia, ni siquiera los hechos originales están ya en la pieza Carol» y se consideran hechos que, si la Fiscalía formulase finalmente querella, darían lugar a un procedimiento autónomo», especifica.
También destaca la falta de iniciativa de la Fiscalía Anticorrupción en la reapertura, pese a tratarse de presuntos delitos cometidos en el extranjero. El supuesto «concierto que constituiría el delito de cohecho atribuido» habría tenido lugar en Londres, dice, y recuerda que la ley ha establecido que la persecución de delitos cometidos fuera de España tiene un carácter excepcional «y debe condicionarse a la presentación de querella por el Ministerio Fiscal o la persona agraviada por el delito». En su opinión «el juez carecería de jurisdicción» al proceder sin una previa petición de los fiscales.
En su decisión de reapertura, el juez García-Castellón apuntaba a que, con posterioridad al archivo de la misma en septiembre de 2018, el juzgado ha recibido diversos oficios policiales sobre el material intervenido a los investigados y la solicitud de cooperación judicial remitida por la fiscalía suiza en relación con estos hechos. En concreto, la pieza vuelve a abrirse para esclarecer la posible existencia de un encargo de Larsen a Villarejo que supuestamente pasaba por conseguir en España unos datos correspondientes a una asistenta personal, así como recabar todas las circunstancias que pudieron rodear este hecho, “sin perjuicio de que ello nos pueda llevar a otros tipos de infracciones”.
El instructor se centraba para ello en una de las conversiones mantenidas entre Villarejo y Larsen, en la que esta le expone al comisario sus inquietudes respecto a una asistente personal española que podía estar filtrando información sobre su vida privada.
El juez considera que debe esclarecerse si el encargo llegó a materializarse y si ella pagó al policía, lo que podría constituir delitos de cohecho activo y pasivo. Dado que el juez y Anticorrupción han mantenido una discrepancia sobre la conexidad entre los hechos investigados en Suiza y España, el magistrado acuerda dar traslado al Ministerio Público a fin de que informe sobre la posible existencia de conexidad delictiva, así como sobre la competencia de la jurisdicción española para el conocimiento de los hechos.
El magistrado argumentaba en su escrito que los hechos analizados pueden acreditar la existencia de una actuación concertada dirigida por un funcionario público en activo, Villarrejo, que se lucra recibiendo importante cantidades para la ejecución de diferentes encargos valiéndose de su condición de policía.
En el marco de esta actuación, añade García-Castellón, “pudiera haberse producido algún tipo de encomienda por parte de Corina Larsen a José Manuel Villarejo, para que, a través de las sociedades que integraban el llamado Grupo Cenyt, procediera a la obtención ilícita de determinada información”.