La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia avaló la extradición a Estados Unidos de Yamit Picón Rodríguez, alias la Choncha, señalado guerrillero del Eln que es requerido en dicho país por cuatro cargos de «narcoterrorismo, asociación delictuosa de distribución internacional de cocaína y distribución internacional de cocaína».
Antilavadodedinero / eltiempo
Picón Rodríguez fue capturado el 19 de septiembre de 2019 en Piedecuesta (Santander) por la Fiscalía General, por solicitud elevada por la justicia de ese país, a fin que comparezca a juicio ante la Corte del Distrito Sur de Texas.
La investigación que involucra a Picón Rodríguez la inició la justicia de Estados Unidos en 2018 sobre una organización que envió cientos de kilos de cocaína a dicho país y en la cual está involucradas más personas.
«Picón Rodríguez y otros cómplices estaban involucrados de la producción, venta, y tráfico de varios kilos de cocaína para el Ejército de Liberación Nacional (Eln) Frente Nordeste en la región del Catatumbo de Colombia y Venezuela», dice el expediente.
«El rango de fechas exacto de las actividades de tráfico de drogas es desconocido, pero, recientemente el Eln ha evolucionado de únicamente gravar (sic) de las (organizaciones criminales) que operan en su territorio a involucrarse en todas las actividades del tráfico de drogas ilícitas desde el cultivo a la distribución» agrega.
La información entregada por la justicia de Estados Unidos dice que el Frente Nordeste lleva a cabo «todo el espectro de las actividades de tráfico de drogas desde supervisar el cultivo, comprar pasta base de coca y producir clorhidrato de cocaína, hasta realizar ventas internacionales y distribución a otras (organizaciones), incluidos los carteles mexicanos».
Y señala a Picón Rodríguez como cómplice y miembro del Eln desde el año 2000. Según la acusación, este hombre era el encargado de los laboratorios de cocaína para dicho frente y en las actividades de lavado de dinero para la guerrilla.
En concreto, la acusación dice que en mayo de 2019, miembros del Cartel de Sinaloa viajaron a Cúcuta para reunirse con Picón Rodríguez «y otros miembros del Eln para
hablar sobre la compra de 5.000 kilogramos de cocaína cristalizada que debían ser fabricados en los laboratorios».
La defensa solicitó a la Corte no aprobar la extradición ya que, para el 2000, Picón Rodríguez era menor de edad.
La acusación No. 20CR091 presentada el 12 de febrero de 2020 en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Texas, incluye a Wilmer Villegas Palomino, Jaime Miguel Picón Rodríguez, Henry Trigos Celón, Diomedes Barbosa Montaño y José Gabriel Álvarez.
En Colombia, Yamit Picón Rodríguez tiene una imputación realizada el 5 de septiembre de 2020 por los delitos de concierto para cometer delitos de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, drogas tóxicas o sustancias sicotrópicas; lavado de activos y de financiación del terrorismo; y de grupos de delincuencia organizada y administración de recursos relacionados con actividades terroristas y de la delincuencia organizada y
rebelión.
La Corte Suprema, dijo que la extradición sí procede aún cuando dicha imputación comprende actividades de narcotráfico y de concierto con este fin y de financiación del terrorismo, ubicadas temporalmente a partir del año 2007.
La razón de ello es que alias la Choncha aún no ha sido llamado a juicio en Colombia. «En estas condiciones, Picón Rodríguez no ha sido acusado, juzgado y condenado o absuelto por tales hechos. Luego no hay razón jurídica que impida su entrega o que esta constituya violación de la garantía non bis in ídem».
De otro lado, la Corte Suprema desestimó los argumentos de la defensa en cuanto a que, para el 2000, Picón Rodríguez era menor de edad ya que es requerido por delitos que cometió cuando alcanzó la mayoría de edad en 2002. Hoy tiene 36 años.
«La posibilidad hoy en día de imponer pena común en el Estado requirente a la persona requerida por actos cometidos cuando era menor de edad, que sirvió de fundamento para que la Corte resolviera desfavorablemente la solicitud de extradición en el concepto que cita el libelista, bien puede, en este caso, prohibirse por vía de los condicionamiento», dice el concepto.
Además, la Corte precisó que en el Estado de Texas donde es requerido Picón Rodríguez se considera adulto a la persona que ha cumplido 16 años.
«En este asunto, Picón Rodríguez en el año 2000 tenía más de 15 años, y por consiguiente, bajo las disposiciones del Código del Menor, vigente para la época y hasta que alcanzó la mayoría de edad, podía ser juzgado y sentenciado una vez establecida plenamente la infracción cometida, sin que la medida impuesta pudiera prolongarse “más allá de la fecha en que éste cumpla 21 años».
«De tal suerte, que el requerido al ser investigado hoy en el país por infracciones a la ley penal cuando era menor, las medidas previstas en la legislación citada son inanes y carecen de eficacia frente a las finalidades fijadas para ellas, toda vez que teniendo 36 años resultan inútiles por la imposibilidad de su ubicación en una institución cerrada para menores infractores y el cumplimiento del carácter pedagógico y de protección que las orienta», agregó la Corte.
El aval de la Sala Penal tuvo en cuenta que Picón Rodríguez, en su condición de miembro del Eln, “también está involucrado en la gestión de las actividades de lavado de dinero de la organización» por la reunión citada con el cartel de Sinaloa en 2019.
«El trámite de extradición da cuenta que la ejecución de los hechos inició en el 2000, cuando éste tenía más de 15 años, prolongándose hasta el momento de la acusación (12 de febrero del 2020), concretándose, incluso, acciones constitutivas del presunto delito de narcotráfico en mayo de 2019. De este modo, queda evidenciado que, en este trámite el espectro fáctico está plenamente determinado, en tanto se imputan cargos en fechas en que el solicitado era mayor de edad», agregó la Corte.