DHS continúa en poner fin al Título 42 y anuncia nuevas medidas de control en la frontera

El Departamento de Seguridad Nacional (Department of Homeland Security, DHS) sigue trabajando en los preparativos para el fin de la orden de salud pública conforme al Título 42, que actualmente es objeto de varias disposiciones judiciales, y la reanudación del procesamiento de todos los ciudadanos extranjeros al amparo de las facultades inmigratorias del Departamento conforme al Título 8.

antilavadodedinero / State.gov

Con ese fin, el DHS anunció en el día de hoy nuevas medidas de cumplimiento en la frontera orientadas a mejorar la seguridad fronteriza, limitar la migración irregular y generar procesos adicionales seguros y ordenados para que las personas que huyen de crisis humanitarias lleguen en forma lícita a Estados Unidos. Estas medidas, en conjunto, representan pasos concretos para mejorar la seguridad en nuestra frontera mientras está vigente la orden de salud pública en virtud del Título 42, que el DHS seguirá reforzando durante la preparación para el levantamiento de la orden conforme al Título 42.

  • El DHS está trabajando en el establecimiento de nuevos procesos de tipo “parole” para ciudadanos cubanos, haitianos y nicaragüenses, inspirados en los procesos exitosos para ciudadanos venezolanos y ucranianos, que combinan vías seguras, ordenadas y lícitas hacia Estados Unidos, incluida la autorización para trabajar, con consecuencias significativas para quienes no usen esas vías. También continuamos el proceso con respecto a los ciudadanos venezolanos.
  • A través de la aplicación CBP One, se brinda además un nuevo mecanismo para que quienes no sean ciudadanos estadounidenses programen citas para presentarse en los puertos de ingreso, lo cual facilita que las llegadas sean seguras y ordenadas. En un primer momento, esto se usará para quienes procuren obtener una excepción a la orden de salud pública conforme al Título 42. Cuando ya no esté vigente la orden conforme al Título 42, CBP One se usará para ayudar a asegurar el procesamiento seguro y ordenado en los puertos de ingreso.
  • El DHS está ampliando y mejorando el uso de la expulsión acelerada conforme a las facultades del Título 8 para quienes no puedan ser procesados al amparo de la orden sobre salud pública del Título 42. Estos esfuerzos incluyen incrementar el personal y los recursos e inscribir a personas en la norma final provisoria (interim final rule) sobre procesamiento de asilo que se publicó en marzo de 2022.
  • Como complemento de estos esfuerzos, y en respuesta al incremento sin precedentes en la migración en el hemisferio y para reducir las interceptaciones en nuestra frontera, el DHS y el Departamento de Justicia (Department of Justice, DOJ) se proponen emitir en breve un proyecto de norma que, sujeto a observaciones públicas, incentivará el uso de los procesos lícitos nuevos y existentes que están disponibles en Estados Unidos y en naciones socias, y establecerá ciertas condiciones a la elegibilidad para el asilo a quienes no los usen.

El DHS seguirá monitoreando los acontecimientos en la frontera sudoeste y prevé acelerar o implementar medidas adicionales, según resulte necesario, en consonancia con órdenes judiciales aplicables.

“Podemos brindar una respuesta humanitaria que sea congruente con nuestros valores, desbaratar a organizaciones de narcotráfico nefastas y hacer cumplir nuestras leyes”, expresó el secretario Alejandro N. Mayorkas. “Las personas que no tengan un fundamento legal para permanecer en Estados Unidos quedarán sujetas a expulsión o deportación inmediata. Las personas a quienes se brinda una vía segura, ordenada y legal hacia Estados Unidos tienen menos probabilidades de poner en riesgo sus vidas recorriendo miles de millas y poniéndose en manos de contrabandistas despiadados para llegar a nuestra frontera sur y enfrentar las consecuencias legales del ingreso ilegal”.

Conforme lo exige la combinación de la orden emitida el 27 de diciembre por la Corte Suprema y una orden conminatoria separada de un tribunal de distrito que prohíbe implementar la extinción por los CDC de la orden de salud pública conforme al Título 42, la orden en virtud del Título 42 sigue vigente y las personas que intenten entrar en Estados Unidos sin autorización seguirán siendo expulsadas.

Procesos de cumplimiento específicos de los países 

A partir del éxito que tuvo Unidos por Ucrania y el proceso para venezolanos que se anunció en octubre —y que combinan una vía legal y segura con una consecuencia por no usar esa vía—, el anuncio de hoy establece procesos similares para ciudadanos cubanos, haitianos y nicaragüenses que enfrentan dificultades singulares en sus países de origen. El proceso venezolano también seguirá en curso; la Patrulla Fronteriza observó un descenso drástico —del 90%— en la cantidad de ciudadanos venezolanos en la frontera tras el establecimiento del programa en octubre. Los ciudadanos de Venezuela, Cuba, Haití y Nicaragua que no se sirvan de este proceso, intenten ingresar en Estados Unidos sin autorización y no puedan establecer un fundamento legal para permanecer serán deportados o retornados a México, que aceptará el retorno de 30.000 personas por mes que no hagan uso de estas nuevas vías. La ampliación del proceso de Venezuela a Cuba, Haití y Nicaragua depende de la voluntad del Gobierno de México de aceptar el retorno o la deportación de ciudadanos de esos países. También responde a un pedido del Gobierno de México de brindar vías legales adicionales para los migrantes, y promueve los intereses de ambos países de abordar los efectos en el hemisferio del deterioro de las condiciones en estos países.

En particular, estos procesos ofrecerán una forma lícita y eficiente para que los ciudadanos de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela que reúnan los requisitos se postulen para venir a Estados Unidos, sin tener que emprender el peligroso viaje a la frontera. A través de un proceso íntegramente en línea, las personas pueden pedir autorización anticipada para viajar a Estados Unidos y ser consideradas, a través de un análisis de cada caso concreto, para el otorgamiento temporario del permiso de permanencia “parole” por hasta dos años, incluida la autorización para el empleo, siempre que aprueben un proceso riguroso de evaluación y aprobación biométrica y biográfica de seguridad nacional y seguridad pública; tengan un benefactor en Estados Unidos que se comprometa a prestar apoyo económico o de otra índole; y hayan completado los cronogramas de vacunación y demás requisitos relacionados con la salud pública. Las personas que ingresen en Estados Unidos, México o Panamá sin autorización tras el anuncio de hoy en general no serán elegibles para estos procesos. Los procesos permitirán que un máximo de 30.000 ciudadanos por mes que reúnan los requisitos de estos cuatro países puedan residir legalmente en Estados Unidos por hasta dos años y recibir autorización para trabajar allí durante ese período.

A partir de mañana, los posibles patrocinadores podrán enviar una solicitud al DHS para respaldar a personas elegibles mediante el siguiente enlace: www.uscis.gov/Venezuela. Las personas y los representantes de organizaciones que deseen postularse como patrocinadores deben declarar cuál es su respaldo económico y superar los controles de seguridad a fin de evitar casos de explotación y abuso.

Procesos seguros y ordenados en los puertos de ingreso 

Para facilitar la llegada segura y ordenada de ciudadanos extranjeros que pretendan obtener una excepción de la orden de salud pública del Título 42, el DHS amplía el uso de la aplicación móvil gratuita CBP One para que los ciudadanos extranjeros programen el momento de llegada a los puertos de ingreso. Las personas no precisan estar en la frontera para programar una cita; el acceso ampliado a la aplicación en México Central tiene como propósito desalentar a los ciudadanos extranjeros de congregarse cerca de la frontera en condiciones inseguras. En un primer momento, esta nueva función de programación permitirá que ciudadanos extranjeros concierten un horario y un lugar para presentarse en un puerto de ingreso con el fin de solicitar una excepción a la orden sobre salud pública conforme al Título 42 por motivos humanitarios sobre la base de una evaluación de vulnerabilidad individualizada. Esto reemplazará el proceso actual para las personas que solicitan ser exceptuadas de la orden sobre salud pública en virtud del Título 42, que exige que los ciudadanos extranjeros presenten solicitudes a través de organizaciones terceras ubicadas cerca de la frontera.

Una vez que ya no esté más vigente la orden sobre salud pública conforme al Título 42, este mecanismo de programación estará disponible para ciudadanos extranjeros, incluidos aquellos que procuran plantear solicitudes de asilo, para que programen un momento en el cual presentarse en un puerto de ingreso con fines de inspección y procesamiento, en vez de presentarse sin previo aviso en un puerto de ingreso o intentar realizar el cruce por zonas ubicadas entre los puertos de ingreso. Quienes utilicen este proceso por lo general serán elegibles para obtener autorizaciones de trabajo durante el período de permanencia autorizada.

Las personas que usen la aplicación CBP One podrán programar una cita para presentarse en los siguientes puertos de ingreso:

  • Arizona: Nogales;
  • Texas: Brownsville, Hidalgo, Laredo, Eagle Pass y El Paso (Paso Del Norte); y
  • California: Calexico y San Ysidro (Pedestrian West – El Chaparral).

Durante el proceso de inspección, los ciudadanos extranjeros deben declarar verbalmente su condición con respecto a la vacunación contra la COVID-19 y, cuando se les solicite, presentar constancias de tal vacunación en consonancia con los requisitos sobre vacunación del Título 19.

Las personas podrán programar citas en CBP One en los próximos días. La aplicación CBP One puede descargarse gratuitamente y está disponible en las tiendas de aplicaciones de Apple y Google, como así también en https://www.cbp.gov/about/mobile-apps-directory/cbpone.

Mayor uso de la expulsión acelerada 

Cumpliremos con las órdenes judiciales que nos exigen seguir aplicando la orden sobre salud pública en virtud del Título 42. Sin embargo, hay migrantes que no pueden ser expulsados conforme a las facultades del Título 42 y, por consiguiente, son procesados por aplicación de las facultades en virtud del Título 8. Para quienes sean procesados conforme al Título 8, estamos incrementando y reforzando el uso de la deportación acelerada, que permite la pronta expulsión de quienes no expresen el temor a ser perseguidos o torturados o se determine que no tienen un temor creíble tras una entrevista con un Funcionario de Asilo, en consonancia con los procedimientos establecidos.

Este proceso de deportación acelerado incluirá destinar recursos adicionales como personal, transporte e instalaciones; optimizar los procesos en el DHS y el DOJ; y trabajar con el Departamento de Estado y con países de la región para incrementar las repatriaciones. También seguiremos procesando a personas conforme a la norma final provisoria publicada en marzo de 2022, en la cual se especifican los procedimientos para que el Servicio de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos tramite las solicitudes de asilo de ciudadanos extranjeros que se determine que tienen un temor creíble. Juntas, estas medidas permitirán la deportación inmediata de quienes no tengan un fundamento legal para permanecer y mejorarán nuestra preparación general para cuando se levante la orden sobre salud pública en virtud del Título 42. Las personas deportadas conforme al Título 8 quedan alcanzadas por una prohibición de admisión durante cinco años y la posibilidad de persecución penal si intentan volver a ingresar.

Aviso sobre normativa propuesta 

Con el objeto de complementar estas iniciativas, y en respuesta al aumento sin precedentes en la migración en el hemisferio, como así también para reducir las interceptaciones en nuestra frontera, el DHS y el DOJ se proponen emitir una propuesta de norma para establecer que las personas que eludan las vías establecidas para la migración lícita que estén disponibles, y que además no pidan protección en un país a través del cual hayan viajado en su trayecto hacia Estados Unidos, quedarán sujetas a una presunción refutable de inelegibilidad para el asilo en Estados Unidos, a menos que reúnan los requisitos para excepciones que se precisen oportunamente. Las personas que no puedan establecer una pretensión válida de protección conforme a los estándares dispuestos en la nueva norma quedarán sujetos a deportación rápida conforme a las facultades del Título 8, que conlleva una prohibición de reingreso por cinco años. El DHS y el DOJ invitarán a realizar observaciones públicas sobre la norma propuesta.

En general, a través de los anuncios del día de hoy, el DHS está mejorando la disponibilidad de vías lícitas y ordenadas para ir a Estados Unidos y, al mismo tiempo, impone consecuencias a quienes no usen las vías que les ofrecen Estados Unidos y sus socios regionales.

Estas nuevas medidas complementan los esfuerzos en curso para aumentar el reasentamiento de refugiados procedentes del Hemisferio Occidental. El Gobierno de EE. UU. pretende recibir al menos a 20.000 refugiados procedentes de América Latina y el Caribe durante el año fiscal 2023 y 2024, lo cual pone a Estados Unidos en camino para aumentar en más del triple las admisiones de refugiados del Hemisferio Occidental tan solo durante este año fiscal. Esto instrumenta el compromiso expresado por el Presidente conforme a la Declaración de Los Ángeles sobre Migración y Protección de aumentar las admisiones de refugiados procedentes del hemisferio occidental.

En conjunto, estos esfuerzos contribuirán a reducir la migración irregular al desincentivar a los migrantes de emprender el viaje peligroso a la frontera sudoeste de Estados Unidos e intentar cruzar sin autorización; ampliar en forma significativa las vías legales hacia Estados Unidos para las personas aprobadas; y reducir el papel —y el lucro— de las redes de contrabando que ponen en riesgo inescrupulosamente la vida de personas migrantes para su beneficio personal.

El Departamento adopta estas medidas debido a que el Congreso no aprobó las medidas de reforma inmigratoria integrales que propuso el presidente Biden en su primer día de gestión y ante la inestabilidad económica y política en todo el mundo que está propiciando los niveles más altos de migración desde la Segunda Guerra Mundial, incluso en el hemisferio occidental. El incremento marcado de la migración global pone a prueba los sistemas inmigratorios de numerosas naciones, incluido el de Estados Unidos. Las medidas anunciadas el día de hoy forman parte del compromiso continuo de la Administración Biden-Harris de hacer cumplir nuestras leyes y establecer un sistema inmigratorio justo, ordenado y humano, así como de ampliar los esfuerzos estipulados en el documento Novedades sobre el plan de Seguridad y Preparación en la Frontera Sudoeste que elaboró el Departamento en diciembre de 2022. Los anuncios de hoy también demuestran la importancia de que los países socios trabajen juntos, conforme se acordó en la Declaración de Los Ángeles tras la Cumbre de las Américas, para contrarrestar el accionar de los contrabandistas y brindar protección a los solicitantes de asilo. Las dificultades hemisféricas requieren de soluciones hemisféricas.

Todos coinciden en que estamos operando en el marco de un sistema inmigratorio profundamente fallido. Las medidas que estamos adoptando reflejan las limitaciones de nuestras leyes perimidas, que no se han actualizado en décadas y que fueron diseñadas para responder fundamentalmente a una realidad migratoria distinta de la que existe actualmente en la frontera sudoeste y en el resto del mundo. Como lo ha hecho desde el primer día de su gestión, la Administración Biden-Harris sigue instando al Congreso a aprobar leyes que fortalezcan la seguridad en la frontera, aborden en forma integral las causas fundamentales de la migración y mejoren las vías legales. También alentamos al Congreso a proporcionar fondos críticos e impulsar esfuerzos bipartidistas para crear un sistema de asilo justo, rápido y efectivo que permita que quienes merecen protección puedan obtenerla rápidamente, y que quienes no la ameriten puedan ser deportados sin demora. Ante la falta de tales medidas, la Administración está decidida a explorar todas las vías dentro de su autoridad para asegurar nuestras fronteras, hacer cumplir nuestras leyes y ser fieles a nuestros valores al tiempo que establecemos procesos seguros, ordenados y humanos.


Para ver el texto original, ir a: https://www.dhs.gov/news/2023/01/05/dhs-continues-prepare-end-title-42-announces-new-border-enforcement-measures-and 

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