La Comisión de Seguridad de la Asamblea Legislativa redefinirá cuáles serán las profesiones, tipos y giros de los negocios que estarán obligados a reportarle a la Unidad de Análisis Financiero de la Fiscalía General de El Salvador las operaciones sospechosas de lavado de activos y financiamiento del terrorismo de sus clientes.
Por El Mundo/AL
El diputado de la Comisión de Seguridad, Rodrigo Ávila, explicó que la ley vigente “tiene un atarrayazo enorme” porque define como sujetos obligados a todas las sociedades mercantiles, situación que limita los procesos de investigación al lavado porque no focaliza el tipo, ni los giros de las empresas que deben ser más controladas.
De hecho, la jefe de Oficina País de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), Mónica Mendoza, recomendó a finales que la nueva ley contra el lavado priorice como sujetos obligados “aquellas actividades económicas que pueden llegar a ser más vulnerables frente al fenómeno” del blanqueo de dinero sucio.
Para Mendoza, la ley vigente que tiene el Estado salvadoreño en materia de lavado de activo incluye casi a “toda persona natural y jurídica” como sujeto obligado; pero “eso no es eficiente, no es posible e imposibilita a cualquier Estado a ser efectivo en estándares internacionales” en el combate de ese delito.