La defensa de la exconsejera catalana Dolors Bassa y la del presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, han pedido la nulidad de la sentencia del Tribunal Supremo del ‘caso procés’ como paso previo a un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC).
Bassa fue condenada a 12 años de prisión y 12 de inhabilitación absoluta por un delito de sedición en concurso medial con un delito de malversación de fondos públicos.
Cuixart fue sentenciado a 9 años de prisión y 9 años de inhabilitación absoluta por sedición.
La defensa de Bassa presentó un incidente de nulidad contra la sentencia el pasado miércoles.
Hoy ha trascendido que el abogado de Cuixart, Benet Salellas, también ha presentado uno. Salellas hará declaraciones a las 11.00 de la mañana.
LA EXCONSEJERA DE TRABAJO NO ERA RESPONSABLE DE LOS PUNTOS DE VOTACIÓN DEL REFERÉNDUM
La defensa de Bassa argumenta que el tribunal le atribuye erróneamente la titularidad del Departamento de Enseñanza, cuando Bassa era consejera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.
Indica que, por lo tanto, Bassa no era la responsable de los puntos de votación del 1-O, que en gran medida eran escuelas.
Destaca que no se trata este de un mero error «material, sino determinando para establecer la responsabilidad de Bassa», puesto que «su condena se ha basado en hechos de otro, de la titular real del Departamento de Enseñanza».
En cuanto a la campaña ‘Escuelas abiertas’, considera que no se ha probado la participación de Bassa en la misma, e insiste que era una iniciativa popular ajena al gobierno catalán. También alega que Bassa no firmó las órdenes relativas a los servicios mínimos de las jornadas de huelga general, y que no fue convocada por el gobierno catalán, sino por la ‘Taula per la Democràcia’.
Asimismo, la defensa afirma que se ha vulnerado el derecho a un proceso con todas las garantías. En este sentido, argumenta que una de las pruebas que pidieron y que se aceptaron, la información por parte del Gobierno del proyecto ‘Conéctate al Voluntariado’, finalmente no se llegó a ejecutar por un error del tribunal, que se dirigió erróneamente a un Departamento de la Generalitat que no era el competente.
Dice que esta prueba hubiera demostrado que Bassa no era la responsable de ninguna plataforma de voluntarios como instrumento al servicio del referéndum.
Asimismo, asegura que el Supremo no ha tenido en cuenta varias pruebas y testigos aportados, como por ejemplo el correo que se envió desde el departamento de Bassa recordando que había que cumplir con las órdenes judiciales y policiales el 1-O.
Considera «desproporcionada» la pena a la que ha sido condenada Bassa, y añade que es comparable con un homicidio a pesar de que no se produjo violencia ni se esgrimieron armas.
En cuanto al delito de malversación, indica que el apartado de hechos probados de la sentencia no atribuye a Bassa la ejecución de ningún encargo.
Reclama una nueva sentencia absolviendo Balsa del delito de sedición o una rebaja de la pena.
PENA ‘DESPROPORCIONADA’ Y DE VULNERACIÓN DE DERECHOS
La defensa de Cuixat pide dejar sin efecto la sentencia «desproporcionada».
Ademas, alega que durante el juicio se vulneraron derechos como el de la presunción de inocencia y el derecho a reunión y expresión.
Dice que el Supremo «cuestionó abiertamente durante todo el juicio» sus ideas al valorar hechos como intervenciones del presidente de Òmnium en actos públicos y el envío de tuits como elementos de incriminación de un delito de sedición.
También considera que el presidente del tribunal, el magistrado Manuel Marchena, tenía una posición ideológica concreta y previa sobre la cuestión de la soberanía de Cataluña, un «prejuicio político a la hora de dictar sentencia que resulta determinante».
Además, considera que no hay ninguna prueba que justifique la condena por sedición y que la sentencia no aporta elementos que acrediten que se impidieron diligencias judiciales el 20 de septiembre de 2017 en la Consejería de Economía, que la policía tuvo que utilizar la fuerza el 1-O, y que el objetivo de las movilizaciones era demostrar a los jueces que en Catalunya habían perdido su capacidad jurisdiccional.
Salellas dice que hay una falta de pruebas que, a su juicio, evidencia que se vulnera la presunción de inocencia de Cuixart y del resto de acusados, por lo que las conclusiones del Supremo «sólo pueden proceder de su propio prejuicio o de las investigaciones y conclusiones de la Guardia Civil».