A partir de hoy entran en vigor las reformas que tipifican el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita y crean el marco legal para la Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica de la Fiscalía General del Estado.
Antilavadodedinero / riodoce
Las reformas fueron publicadas en el Periódico Oficial del Estado.
El decreto establece que se adicionan dos artículos al Código Penal del Estado que tipifican el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícito.
Señala que se entenderá que son producto de una actividad ilícita, los recursos, valores, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen directa o indirectamente, o representan las ganancias derivadas de la comisión de algún delito y no pueda acreditarse su legítima procedencia.
Establece que por este delito se impondrá de cinco a 15 años de prisión y el equivalente en multa de 5 mil a 10 mil unidades de medida y actualización.
Cuando la persona que revele a la autoridad competente la identidad de quien haya aportado los recursos o de quien se conduzca como dueño, la pena podrá ser reducida hasta en dos terceras partes, indica.
El decreto establece también la reforma a la Ley Orgánica de la FGE que da marco legal a la Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica.
“La Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica será responsable de identificar y prevenir Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y sus ilícitos relacionados desde la óptica científica de la investigación, mediante el establecimiento de sistemas eficientes y eficaces que permitan la obtención de primera mano de la información patrimonial, fiscal y económica, principalmente, existente en las instancias locales y la transformación de ésta en información de inteligencia”, señala.
Menciona que la persona titular de la UIPE, será nombrada y removida libremente por el Fiscal General.
La unidad contará con las facultades para recabar, generar, explotar, analizar y diseminar información patrimonial, económica y fiscal; así como cualquier otra que se pudiera proporcionar de utilidad para la prevención y detección de operaciones con recursos de procedencia ilícita y sus ilícitos relacionados y generar productos de inteligencia para el combate y la afectación a las finanzas de la delincuencia.