Sergio Osmín Fernández Palacios es abogado anti-corrupción de la Plataforma Inteligencia Ciudadana, y en su artículo de opinión habla sobre si es efectivo el enfrentamiento al lavado de activos en Cuba.
Antilavadodedinero
El Lavado de Activos es, básicamente, la realización de una operación financiera con activos, resultantes de actividades de naturaleza delictiva haciendo que aparezcan como el resultado de actividades legales e introduciéndolos en el sistema financiero y, en definitiva, en el tráfico económico.
Este ilícito penal entraña complejas operaciones, que atentan tanto contra el comercio internacional como la seguridad financiera de los Estados.
- Así las cosas, en un mundo que cada vez se globaliza más debido a la transnacionalización de las operaciones mercantiles, favorecidas por el vertiginoso desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, TIC, luego, los organismos y las organizaciones supranacionales han creado mecanismos de control en aras de prevenir, identificar y enfrentar las operaciones de Lavado de Activos. Entre los cuales están la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, UNODC, 2 el Grupo de Acción Financiera contra el blanqueo de capitales, GAFI, 3 al cual se relaciona el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica, GAFILAT. En armonía con esos mecanismos, los Estados han creado los suyos.
- Pues bien, Cuba en virtud de cumplir con los compromisos internacionales en cuanto a enfrentar el Lavado de Activos, y los Movimientos de Capitales Ilícitos, puso en vigor el Decreto-Ley 317, “De la prevención y detección de operaciones en el enfrentamiento al Lavado de Activos, al Financiamiento al Terrorismo, a la Proliferación de Armas y al 1 Términos propios [activos tangibles e intangibles] de las ciencias económicas, cuyos análogos en las ciencias jurídicas son los bienes [tangibles o intangibles.] «Vid».
Acuerdo nº 33 – Dictamen nº 441, de 17 de marzo de 2014, del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular de Cuba, que precisa el alcance del término de bienes previsto en la Convención contra la delincuencia organizada o transnacional, 2000, – Convención de Palermo -, de la Organización de Naciones Unidas (ONU), permitiendo homogenizar la interpretación de las leyes penales cubanas y afianzar su armonización con los estándares internacionales. Boletín de 2014 del Tribunal Supremo Popular, Dirección de Comunicación Institucional y Relaciones Internacionales, La Habana, pp. 20 y 21. ISSN0864.2222. RNPS 0101. 2 «United Nations Office on Drugs and Crime».3 «Financial Action Task Force on Money Laundering». 2 Movimiento de Capitales Ilícitos,” de 7 de diciembre de 2013, del Presidente del Consejo de Estado Raúl Castro Ruz.
4 A dicha disposición le sobrevinieron otras, que dan cuerpo al marco legal del sistema cubano para enfrentar tales operaciones financieras.5 Sin perder de vista que el Lavado de Activos se encuentra previsto y sancionado como delito en la Ley nº 62, Código Penal, de 1987 [actualizado], en su Título XIV, Delitos contra la hacienda pública, Capítulo II, Lavado de Dinero. 6 - A grandes rasgos, el sistema cubano para enfrentar el Lavado de Activos tiene como su eje principal a la Policía Nacional Revolucionaria, PNR, que está encargada de centralizar la información y la coordinación de las acciones para enfrentar tan enrevesadas maniobras financieras.
El Banco Central de Cuba, BCC, por su parte creó la Dirección General de Investigación de Operaciones Financieras como unidad central de inteligencia financiera, de carácter nacional, con autonomía para recibir y analizar los reportes de operaciones sospechosas de Lavado de Activos, que cuenta con una Dirección de Inteligencia Financiera, una Dirección de Prevención y Enfrentamiento y las Direcciones Regionales para Occidente, Centro y Oriente. Sin perder de vista que la Fiscalía General de la República, Disponible en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, Extraordinaria, número 8, de 23 de enero de 2014, p. 53. 5 Decreto nº 322, “De la Dirección General de Investigación de Operaciones Financieras, sus funciones y estructura,” de 30 de diciembre de 2013, del Presidente del Consejo de Ministros. Gaceta Oficial de la República de Cuba, Extraordinaria, número 8, de 23 de enero de 2014, p. 60. Resolución nº 12/2014, “Actualiza la participación del Ministerio del Interior en la prevención y detección de operaciones en el enfrentamiento al Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo, la Proliferación de Armas y al Movimiento de Capitales Ilícitos,” de 23 de junio de 2014, del Ministro del Interior. Gaceta Oficial de la República de Cuba, Ordinaria, número 28, de 25 de junio de 2014, p. 673. Resolución nº 48/2014, “De la prevención y detección de operaciones en el enfrentamiento al lavado de activos, al financiamiento al terrorismo y al movimiento de capitales ilícitos y la evaluación y aplicación del enfoque basado en los riesgos nacionales,” de 21 de abril de 2014, del Presidente del Banco Central de Cuba. Gaceta Oficial de la República de Cuba, Ordinaria, número 37, de 27 de agosto de 2014, p. 939. Resolución nº 73/2014, “Normas generales para actividades o profesionales no financieras en la detección y prevención de operaciones para el enfrentamiento al Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Movimiento de Capitales Ilícitos,” de 4 de julio 2014, del Presidente del Banco Central de Cuba en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, Ordinaria, número 40, de 11 de septiembre de 2014, p. 1035. 6
Artículo 346.1. “El que adquiera, convierta o transfiera recursos, bienes o derechos a ellos relativos, o intente realizar estas operaciones, con conocimiento o debiendo conocer, o suponer racionalmente por la ocasión o circunstancias de la operación, que proceden directa o indirectamente de actos relacionados con el tráfico ilícito de drogas, el tráfico ilícito de armas o de personas, o relacionado con el crimen organizado, incurre en sanción de privación de libertad de cinco a doce años. 2.
En igual sanción incurre el que encubra o impida la determinación real de la naturaleza, el origen, la ubicación, el destino, el movimiento o propiedad verdadera de recursos, bienes o derechos a ellos relativos, a sabiendas, debiendo conocer o suponer racionalmente, por la ocasión o circunstancia de la operación, que procedían de los delitos referidos en el apartado anterior. 3.
Si los hechos referidos en los apartados que anteceden se cometen por ignorancia inexcusable, la sanción será de dos a cinco años de privación de libertad. 4. Los delitos previstos en este artículo se sancionan con independencia de los cometidos en ocasión de ellos. 5.
A los declarados responsables de los delitos previstos en los apartados anteriores se les impone, además, la sanción accesoria de confiscación de bienes.”3 FGR, cuenta con su Departamento de Enfrentamiento a la Corrupción y las Ilegalidades, y la Contraloría General de la República, CGR, con su Grupo de Investigación Especial.
Si fuera poco, el sistema empresarial cubano, en particular sus empresas y sociedades importadoras y exportadoras, está impuesto por resolución del Ministro de Comercio Exterior y la Colaboración extranjera que debe contar con unidades o direcciones de inteligencia comercial encargadas de analizar la información sobre los proveedores extranjeros, también los clientes extranjeros. - Al menos en teoría o letra de ley parece que Cuba está blindada y es efectiva de cara al enfrentamiento a las operaciones de Lavado de Activos.
Sin embargo, José Antonio Fraga Castro,- un sobrino de Fidel y Raúl Castro -, sorteó tamaño mecanismo para involucrarse en operaciones sospechosas de Lavado de Activos y Movimientos de capitales Ilícitos.
José Antonio Fraga Castro, Ovidiu L. Tender y la construcción de una bio-fábrica del GRUPO LABIOFAM en Serbia. 6. José Antonio Fraga Castro en condición de Cuadro de Dirección del Estado y militante del Partido Comunista de Cuba estuvo al frente de la organización empresarial cubana LABIOFAM por alrededor de veinte años hasta finales de diciembre de 2014, cuando fue separado de su puesto en circunstancias muy oscuras para la mayoría de los Cubanos. - Desde esa posición Fraga Castro llevó a cabo inauditos actos mercantiles con el prominente defraudador estadounidense Robert L. Vesco,- en condición de fugitivo -, en La Habana a mediados de la década de los noventa.7 Ese oscuro episodio justifica un artículo aparte.
- Ahora bien, Ovidiu Tender es un empresario rumano, Presidente del GRUPO TENDER, S.A., quien en el año 2006, junto con otros ciudadanos rumanos, fue acusado en su país por crear y formar parte de un grupo de crimen organizado para el fraude y lavado de más de mil millones, mediante contratos ilícitos. El proceso criminal seguido contra Tender terminaría en el 2015 siendo uno de los procesos más dilatados en Rumanía. Contra él fue dictada sentencia firme privativa de libertad de doce años y siete meses. 8
- Sucede que mientras venia tramitándose el proceso criminal (2006- 2015) contra Tender por Lavado de Activos, Fraga Castro entró en negocios con éste desde su condición de Director General del GRUPO LABIOFAM,- una Organización Superior de Dirección Empresarial, OSDE, del sector de la Biofarmacéutica y la Química bajo el control del Ministerio de la Agricultura -, y siendo, además, Presidente de la Junta General de Accionistas de LABIOFAM, S.A.,- una sociedad anónima cubana, que opera como la Importadora y Exportadora del mentado grupo empresarial cubano -.José Antonio Fraga Castro (segundo de izq. a derecha) y Ovidiu Tender (último).
Foto: LABIOFAM. Rumanía, 2012.7 LACEY, Marc y Jonathan Kandell, “A Last Vanishing Act for Robert Vesco, fugitive”, The New York Times [version digital], 3 de mayo de 2008. 8
PURGARU, DARA. ¨Businessman Ovidiu Tender, sentenced to 12 years and 7 months in jail¨, NINE O´CLOCK, [version digital], 9 junio 2015. 5 - El negocio mercantil, en cuestión, era la construcción de una biofábrica del GRUPO LABIOFAM en Serbia mediante financiamiento proveniente de LABIOFAM EAST & SOUTH EUROPE, S.R.L. y TENDER, S.A.,- dos mercantiles rumanas bajo el control de Tender -. En esa inauditas negociaciones, que tuvieron lugar en Cuba y Rumanía, entre 2012 y 2015, participó, además, Alejandro Castro Soto del Valle,9 un hijo de Fidel Castro. Alejandro Castro Soto del Valle (izq.) y
- Ovidiu Tender y los dos sobrinos de Raúl Castro en sus inauditas negociaciones,- en medio de tan extraordinario proceso criminal en Rumanía -, contaron con el apoyo resuelto de las sucesivas Embajadoras de Cuba en Rumanía, entre 2009 y 2016, a saber, Marta de la Caridad Fajardo Palet (2009-2013) y Nieves Iliana Hernández Portales (2013-2016), ambas designadas en sus puestos por el General de Ejército en su condición de Presidente del Consejo de Estado (2008-2018). Marta de la Caridad Fajardo Palet. Nieves Iliana Hernández Portales.Foto: Ministerul Afacerilor Externe. Foto: Epitesti. Rumanía, 2013. Rumanía, 2014. 9 WOWBIZ, «Ovidiu Tender a investit in industria farmaceutica din Cuba! Medicamentele produce in fabricile sale sunt folosite in tratarea cancerului», [versión digital], 20 de septiembre 2014. 6
- A inicios de 2015, el autor, en condición de Asesor Jurídico de LABIOFAM, S.A., tuvo a la vista la contratación de 2014 entre esa mercantil cubana y las mentadas dos mercantiles rumanas. Al efecto, y una vez examinadas todas las irregularidades, emití mi opinión técnica estableciendo la perpetración de operaciones sospechosas de Lavado de Activos. Seguidamente, dicho instrumento jurídico fue sustraído y desaparecido por una comisión formada por cuatro militantes del Partido Comunista de Cuba, PCC, ¨El Partido Único¨, pertenecientes a dicha mercantil cubana.
- Más adelante, cuando fue dictada la sentencia firme contra Ovidiu Tender en Rumanía, quien por cierto se encontraba en La Habana en febril actividad de negocios con LABIOFAM, S.A., luego, la contratación entre esa mercantil cubana y las dos mentadas mercantiles rumanas fue sustituida en julio de 2016 incorporándose otra mercantil rumana, a saber, INTELLIGENCE PHARMA BUSINESS, S.R.L.
- El autor presentó una copiosa denuncia ante las autoridades cubanas sobre la perpetración de las operaciones sospechosas de Lavado de Activos en la construcción de la bio-fábrica del GRUPO LABIOFAM en Serbia a través del financiamiento de las tres mentadas mercantiles rumanas. A fecha del artículo, tras haber transcurrido más de tres años, las autoridades cubanas siguen sin dar una declaración oficial ignorando los sucesivos recordatorios del autor.
- A razón de la Falta de Transparencia y el Secretismo, que caracteriza al Estado cubano bajo el férreo control del Primer y Segundo Secretario del Comité Central del Partido Comunista de Cuba, el autor trasladó la denuncia a Sergio Espinosa (Perú), Presidente del GAFILAT, y a la Oficina de Control de Activos Extranjeros,- más conocida como OFAC por sus siglas en Inglés – , del Departamento del Tesoro de los EE.UU.
- Conclusión.
ÚNICA: La falta de declaración oficial de las autoridades cubanas sobre la denuncia del autor respecto a las operaciones sospechosas de Lavado de Activos perpetradas por dos sobrinos del General de Ejército Raúl Castro Ruz, a través del GRUPO LABIOFAM, en contubernio con el empresario rumano Ovidiu Tender, y las tres mercantiles rumanas LABIOFAM EAST & SOUTH EUROPE, S.R.L., TENDER, S.A. e INTELLIGENCE PHARMA BUSINESS, S.R.L., para la construcción de una bio-fábrica en Serbia, da cuenta del Secretismo y la Falta de Transparencia del Estado cubano en el enfrentamiento y esclarecimiento de tales operaciones