La designación de un funcionario del Gobierno de Venezuela no significa que el propio gobierno también esté bloqueado. Las prohibiciones se aplican a las transacciones o tratos solo con las personas y entidades cuyas propiedades e intereses en la propiedad están bloqueados.
Sin embargo, las personas de EE. UU. Deben ser cautelosas al tratar con el gobierno para asegurarse de que no estén involucradas en transacciones o tratos, directa o indirectamente, con una SDN, por ejemplo, al celebrar contratos firmados por una SDN, entablar negociaciones con un SDN, o mediante el procesamiento de transacciones, directa o indirectamente, en nombre de SDN, sin autorización o una exención aplicable. [07-19-2018]
Orden ejecutiva 13692 del 9 de marzo de 2015, “Bloqueo de propiedad y suspensión del ingreso de ciertas personas que contribuyen a la situación en Venezuela”. Tenga en cuenta que las preguntas frecuentes en esta sección se actualizarán según corresponda para reflejar la designación de PdVSA.
505. Si un funcionario del Gobierno de Venezuela es designado como Nacional Especialmente Designado (SDN), ¿eso significa que el Gobierno de Venezuela está bloqueado? ¿Cuáles son las prohibiciones a las personas estadounidenses que tratan con un funcionario gubernamental designado?
No. La designación de un funcionario del Gobierno de Venezuela no significa que el propio gobierno también esté bloqueado. Las prohibiciones se aplican a las transacciones o tratos solo con las personas y entidades cuyas propiedades e intereses en la propiedad están bloqueados. Sin embargo, las personas de EE. UU. Deben ser cautelosas al tratar con el gobierno para asegurarse de que no estén involucradas en transacciones o tratos, directa o indirectamente, con una SDN, por ejemplo, al celebrar contratos firmados por una SDN, entablar negociaciones con un SDN, o mediante el procesamiento de transacciones, directa o indirectamente, en nombre de SDN, sin autorización o una exención aplicable. [07-19-2018]
Orden ejecutiva 13808 de 24 de agosto de 2017, “Imposición de sanciones adicionales con respecto a la situación en Venezuela”. Tenga en cuenta que las preguntas frecuentes en esta sección se actualizarán según corresponda para reflejar la designación de PdVSA.
507. Para propósitos de la Orden Ejecutiva (EO) 13808, ¿Petróleos de Venezuela, SA (PDVSA) se considera parte del Gobierno de Venezuela?
Sí, pero las prohibiciones de negociar con nueva deuda varían en función de si la entidad involucrada es una entidad de PdVSA u otra parte del Gobierno de Venezuela. Subsección 1 (a) (i) de EO 13808 prohíbe participar en transacciones relacionadas con, proporcionar financiamiento para, o de otra manera negociar con deuda si (1) esa deuda se emite en o después de la fecha de vigencia de las sanciones (“nueva deuda”); (2) tiene un vencimiento superior a 90 días; y (3) es emitido por, en nombre de, o en beneficio de PdVSA, su propiedad o sus intereses en la propiedad. La subsección 1 (a) (ii) de la EO 13808 prohíbe realizar transacciones relacionadas con, proporcionar financiamiento para, o de otra manera negociar con nuevas deudas con un vencimiento mayor a 30 días emitido por, en nombre de, o en beneficio de cualquier otro Segmento del Gobierno de Venezuela, su propiedad, o sus intereses en la propiedad. La subsección 1 (a) (ii) de EO 13808 prohíbe además realizar transacciones relacionadas con, proporcionar financiamiento para,[07-19-2018]
508. ¿Qué significan las prohibiciones en EO 13808 ? ¿Están bloqueando acciones?
La subsección 1 (a) (i) de la EO 13808 prohíbe participar en transacciones relacionadas con, proporcionar financiamiento para, o de otra manera negociar con deuda emitida en o después del 25 de agosto de 2017, con un vencimiento mayor a 90 días y emitida por, en nombre de de, o en beneficio de PdVSA, su propiedad o sus intereses en la propiedad.
La subsección 1 (a) (ii) de EO 13808 prohíbe participar en transacciones relacionadas con, proporcionar financiamiento para, o de otra manera negociar con deuda emitida en o después del 25 de agosto de 2017, con un vencimiento mayor a 30 días y emitida por, en nombre de de, o en beneficio de cualquier otro segmento del Gobierno de Venezuela, su propiedad o sus intereses en la propiedad. Esa subsección además prohíbe participar en transacciones relacionadas con, proporcionar financiamiento para, o de otra manera negociar con capital emitido en o después del 25 de agosto de 2017, y emitido por, en nombre de, o en beneficio del Gobierno de Venezuela (incluida PdVSA), su propiedad, o sus intereses en la propiedad.
La subsección 1 (a) (iii) de la EO 13808 prohíbe realizar transacciones relacionadas con, proporcionar financiamiento para, o de otra manera negociar con bonos emitidos por el Gobierno de Venezuela antes del 25 de agosto de 2017.
La subsección 1 (a) (iv) de la EO 13808 prohíbe realizar transacciones relacionadas con, proporcionar financiamiento para, o de otra manera negociar pagos de dividendos u otras distribuciones de ganancias al Gobierno de Venezuela por parte de cualquier entidad de propiedad o controlada, directa o indirectamente, por El Gobierno de Venezuela.
La Sección 1 (b) de la EO 13808 prohíbe la compra de valores al Gobierno de Venezuela que no sean valores emitidos a partir del 25 de agosto de 2017, con un vencimiento menor o igual a 90 días (para PdVSA) o 30 días (para el resto del gobierno de venezuela).
Estas acciones prohíben las transacciones de personas de los EE. UU. Tal como se definen en la EO 13808, donde sea que se encuentren, y las transacciones dentro de los Estados Unidos. Esta acción no requiere que las personas de EE. UU. Bloqueen la propiedad o los intereses de la propiedad del Gobierno de Venezuela, y el Gobierno de Venezuela no se agregará a la Lista de nacionales especialmente designados y personas bloqueadas (Lista SDN). Las personas de EE. UU. Deben rechazar las transacciones o tratos que están prohibidos por la EO 13808 y, en la medida en que lo exija la Sección 501.604 del Reglamento de Notificación, Procedimientos y Penalidades (31 CFR, parte 501), las personas de EE. UU. Deben informar a la OFAC de cualquier transacción rechazada dentro de los 10 días hábiles. . [07-19-2018]
509. ¿Existe una disposición de puerto seguro o de desguace para las prohibiciones en EO 13808?
La Licencia general 1 , que expiró el 25 de septiembre de 2017, proporcionó un período de liquidación con respecto a los contratos y otros acuerdos vigentes antes del 25 de agosto de 2017. Esa licencia general otorgó 30 días para realizar todas las transacciones y actividades de lo contrario, está prohibido por las Subsecciones 1 (a) (i) – (iii) y (b) de la EO 13808 que normalmente eran incidentes y necesarios para cerrar tales acuerdos. No existe una autorización de liquidación para la Subsección 1 (a) (iv) de la EO 13808. [07-19-2018]
510. ¿OFAC ha emitido licencias generales relacionadas con EO 13808 ?
OFAC ha emitido cuatro licencias generales relacionadas con EO 13808 . La Licencia General 1 , que expiró el 25 de septiembre de 2017, se aplicó a los contratos y otros acuerdos vigentes antes del 25 de agosto de 2017. Proporcionó 30 días para realizar todas las transacciones y actividades prohibidas por las Subsecciones 1 (a) ( i) – (iii) y (b) de la EO 13808 que normalmente fueron incidentes y necesarios para cerrar tales acuerdos.
La Licencia General 2 autoriza todas las transacciones prohibidas de otro modo por las Subsecciones 1 (a) (i), (a) (ii) y (b) de la EO 13808, siempre que las únicas entidades del Gobierno de Venezuela involucradas en las transacciones sean CITGO Holding, Inc. y cualquiera de sus filiales.
La Licencia General 3 autoriza todas las transacciones relacionadas con, la provisión de financiamiento y otras transacciones con bonos contenidas en el Anexo de la Licencia General 3 que de otro modo estarían prohibidas por la Sección 1 (a) (iii) de la EO 13808. El Anexo también es disponible como un documento independiente en la página de sanciones relacionadas con Venezueladel sitio web de la OFAC. La Licencia General 3 también autoriza todas las transacciones relacionadas con, la provisión de financiamiento y otras transacciones con bonos emitidos antes del 25 de agosto de 2017, si dichos bonos fueron emitidos por entidades de los Estados Unidos de propiedad o controladas, directa o indirectamente, por el Gobierno de Venezuela, como CITGO Holding, Inc.
La Licencia General 4 autoriza todas las transacciones relacionadas con la provisión de financiamiento y otras transacciones en deuda emitidas a partir del 25 de agosto de 2017 relacionadas con la exportación o reexportación de productos agrícolas, medicamentos, dispositivos médicos o piezas de repuesto y componentes para dispositivos médicos a Venezuela o a personas en terceros países que compren específicamente para su reventa a Venezuela, siempre que la exportación o reexportación esté autorizada o autorizada por el
Departamento de Comercio.
Todas las licencias generales están disponibles en el sitio web de la OFAC (www.treasury.gov/ofac) en la página de sanciones relacionadas con Venezuela. Revísalos para más detalles. [07-19-2018]
511. ¿Qué interpreta la OFAC como deuda y capital? ¿Pueden las instituciones financieras de EE. UU. Mantener cuentas correspondientes y procesar transacciones de compensación en dólares estadounidenses para las entidades sujetas a estas sanciones?
El término deuda incluye bonos, préstamos, extensiones de crédito, garantías de préstamos, cartas de crédito, giros bancarios, aceptaciones bancarias, notas de descuento o facturas, o papel comercial. El término patrimonio incluye acciones, emisión de acciones, recibos de depósito o cualquier otra prueba de título o propiedad.
Las prohibiciones en la Subsección 1 (a) (i) de EO 13808 se aplican a todas las transacciones que involucran deuda emitida a partir del 25 de agosto de 2017, con un vencimiento de más de 90 días; todo el financiamiento en apoyo de tal nueva deuda; y cualquier negociación, incluida la prestación de servicios en apoyo de dicha nueva deuda.
Las prohibiciones en la Subsección 1 (a) (ii) de EO 13808 se aplican a todas las transacciones relacionadas con deuda emitida a partir del 25 de agosto de 2017, con vencimiento superior a 30 días o capital emitido a partir del 25 de agosto de 2017; todo el financiamiento en apoyo de dicha nueva deuda o nueva equidad; y cualquier negociación, incluida la prestación de servicios en apoyo de, tal nueva deuda o nueva equidad.
Estas prohibiciones EO 13808 se extienden al traspaso de la deuda existente, si tal traspaso resulta en la creación de una nueva deuda con un vencimiento de más de 90 días (con respecto a la deuda de PdVSA) o más de 30 días (con respecto al resto del Gobierno). de la deuda de venezuela).
Participar en transacciones relacionadas con, proporcionar financiamiento para, o de otra manera negociar con cualquier capital emitido por, en nombre de, o por el Gobierno de Venezuela es permisible, si el patrimonio fue emitido antes del 25 de agosto de 2017 y las transacciones, financiamiento o otros tratos no están prohibidos por ninguna otra EO relacionada con Venezuela u otras leyes o regulaciones aplicables.
Participar en transacciones relacionadas con, proporcionar financiamiento para, o de otra manera negociar con cualquier deuda emitida por, en nombre de, o por el Gobierno de Venezuela es permisible si la deuda fue emitida antes del 25 de agosto de 2017 y, en el caso de los bonos. , ya sea (1) los bonos están incluidos en el Anexo de la Licencia General 3 , o (2) los bonos fueron emitidos por entidades de los Estados Unidos que son propiedad o están controladas, directa o indirectamente, por el Gobierno de Venezuela (como CITGO Holding, Inc. ). El Anexo a la Licencia General 3 está disponible como un documento independiente en la página de Sanciones relacionadas con Venezuela del sitio web de la OFAC. La lista también se publicará en el Registro Federal, al igual que cualquier cambio en la lista.
EO 13808 prohíbe a las personas estadounidenses comprar valores de cualquier tipo, incluidos los valores de deuda y de capital, del Gobierno de Venezuela. La excepción a esta prohibición es comprar valores que califican como (a) deuda de PdVSA emitida a partir del 25 de agosto de 2017, con un vencimiento menor o igual a 90 días, o (b) deuda de cualquier otra parte del Gobierno de Venezuela emitido a partir del 25 de agosto de 2017, con un vencimiento menor o igual a 30 días. Las personas de EE. UU. Pueden tratar con el Gobierno de Venezuela como contraparte de transacciones que involucren valores que entren en cualquiera de estas dos categorías. Las personas estadounidenses no están autorizadas a comprar, directa o indirectamente, bonos en el Anexo a la Licencia General 3 del Gobierno de Venezuela.
A diferencia de las prohibiciones relacionadas con la deuda de EO 13808, que se refieren a cierta deuda del Gobierno de Venezuela, incluida PdVSA, las disposiciones relacionadas con la deuda de EO 13835 se refieren a la deuda que se debe alGobierno de Venezuela. Las prohibiciones en las Subsecciones 1 (a) (i) y (ii) de la EO 13835 se aplican a todas las transacciones relacionadas con la provisión de financiamiento y otras transacciones en (i) la compra de cualquier deuda con el Gobierno de Venezuela, incluidas cuentas por cobrar, y (ii) cualquier deuda con el Gobierno de Venezuela que se haya prometido como garantía después del 21 de mayo de 2018, incluidas las cuentas por cobrar, respectivamente.
La prohibición relacionada con la equidad en la Subsección 1 (a) (iii) de la EO 13835 se aplica a cualquier venta, transferencia, cesión o prenda como garantía del Gobierno de Venezuela de cualquier participación de capital en cualquier entidad en la que el Gobierno de Venezuela tenga una 50 por ciento o mayor interés de propiedad; y cualquier negociación, incluida la prestación de servicios en apoyo de tales transacciones.
Las instituciones financieras de los Estados Unidos pueden continuar manteniendo cuentas correspondientes y procesar transacciones de compensación en dólares estadounidenses para el Gobierno de Venezuela, siempre que esas actividades no impliquen transacciones prohibidas por EO 13692 o cualquier EO posterior relacionada con Venezuela, u otras leyes aplicables o regulaciones [07-19-2018]
512. ¿Por qué la OFAC impone sanciones y expide licencias generales específicas para bonos y otros valores?
El gobierno de Venezuela está vendiendo activos por mucho menos de lo que valen a expensas del pueblo venezolano y utilizando los ingresos de estas ventas para enriquecer a los partidarios del régimen. Los bonos y otros valores se encuentran entre los activos que se venden. Las prohibiciones y las licencias generales relacionadas están destinadas a evitar que las personas de EE. UU. Contribuyan a los esquemas de financiamiento corruptos y miopes del Gobierno de Venezuela a la vez que mitigan las interrupciones del mercado y los daños a los inversores. [25-25-2017]
513. ¿Las prohibiciones impuestas de conformidad con la EO 13808 y las OE relacionadas con Venezuela subsiguientes también se extienden a las entidades de propiedad del 50 por ciento o más del Gobierno de Venezuela?
En general sí. Estas prohibiciones se aplican a las transacciones relacionadas con el Gobierno de Venezuela, que se definen en EO 13808 para incluir todas las entidades de propiedad o controladas por el Gobierno de Venezuela. Normalmente, esto incluiría entidades del 50 por ciento o más del Gobierno de Venezuela porque en la mayoría de los casos, dichas entidades serían consideradas controladas por el Gobierno de Venezuela. También se incluye cualquier entidad que sea menos del 50% de propiedad, pero controlada de otra manera, por el Gobierno de Venezuela. Sin embargo, tenga en cuenta que la Licencia General 2 autoriza todas las transacciones prohibidas de otro modo por las Subsecciones 1 (a) (i), (a) (ii) y (b) de la EO 13808, siempre que las únicas entidades del Gobierno de Venezuela involucradas en las transacciones sean CITGO Holding, Inc. o sus subsidiarias. La Licencia general 3 también autoriza todas las transacciones relacionadas con, la provisión de financiamiento y otras transacciones con bonos emitidos antes del 25 de agosto de 2017, por parte de entidades de los EE. UU. Directa o indirectamente, por el Gobierno de Venezuela. [07-19-2018]
514. Si una persona estadounidense ingresó en una facilidad de crédito renovable o un acuerdo de préstamo a largo plazo para el Gobierno de Venezuela antes de la fecha de vigencia de las sanciones, ¿cuáles son las restricciones según EO 13808 en retiros de esa facilidad? ¿Todos los retiros y desembolsos en virtud del acuerdo con los padres deben tener plazos de reembolso de 90 días o menos (para PdVSA) o 30 días o menos (para el resto del Gobierno de Venezuela)?
Si una persona de los EE. UU. Firmó un préstamo a largo plazo o un acuerdo de préstamo antes del 25 de agosto de 2017, los retiros y desembolsos con plazos de reembolso de 90 días o menos (para PdVSA) o 30 días o menos (para el resto del Gobierno de Venezuela) no están prohibidas. Las reducciones y los desembolsos cuyos plazos de reembolso exceden el plazo autorizado autorizado tampoco están prohibidos si los términos de tales retiros y desembolsos (incluida la duración del período de reembolso, la tasa de interés aplicada a la reducción y el monto máximo de la reducción) se acordaron por contrato. antes del 25 de agosto de 2017, y no se modifican en o después del 25 de agosto de 2017. Las personas de EE. UU. no pueden negociar un retiro o desembolso iniciado después del 25 de agosto de 2017 con un plazo de reembolso de más de 90 días (para PdVSA) o 30 días (para el resto del Gobierno de Venezuela),Tenga en cuenta que la Licencia General 2 autoriza todas las transacciones en nuevas deudas del Gobierno de Venezuela de cualquier tenor siempre que las únicas entidades del Gobierno de Venezuela involucradas en las transacciones sean CITGO Holding, Inc. y cualquiera de sus subsidiarias. [07-19-2018]
515. ¿El término “nuevo capital” se limita al capital social emitido por una entidad de propiedad o controlada por el Gobierno de Venezuela después de la fecha de vigencia de las sanciones, o el capital social comprado o adquirido por una entidad de propiedad o controlada por el Gobierno de Venezuela de ¿Un tercero después de la fecha efectiva de las sanciones se considerará nuevo patrimonio?
Bajo EO 13808, the term “new equity” pertains to equity issued, directly or indirectly, by the Government of Venezuela on or after August 25, 2017. That said, E.O. 13808 also prohibits U.S. persons from purchasing any securities – including equity securities issued by a non-sanctioned party – from the Government of Venezuela. The exception to this prohibition is purchasing securities that qualify as (1) debt of PdVSA issued on or after August 25, 2017, with a maturity of less than or equal to 90 days, or (2) debt of any other part of the Government of Venezuela issued on or after August 25, 2017, with a maturity of less than or equal to 30 days. U.S. persons are not prohibited from dealing with the Government of Venezuela as counterparty to transactions involving securities that fall into either of these two categories. General License 2 authorizes U.S. persons to deal in such new equity issued by CITGO Holding, Inc. or any of its subsidiaries, or to purchase securities from CITGO Holding, Inc. or any of its subsidiaries, provided that no other entities owned or controlled by the Government of Venezuela are involved. [07-19-2018]
516. ¿La prohibición en EO 13808 de “negociar con nueva deuda” con vencimiento a más de 90 días (para PdVSA) o 30 días (para el resto del Gobierno de Venezuela) prohíbe tratar con deuda con vencimiento que exceda el tenor autorizado aplicable? ¿En qué gobierno de Venezuela no es directa o indirectamente el prestatario?
EO 13808 prohibits U.S. persons from dealing in debt of longer than 90 days maturity (for PdVSA) and longer than 30 days maturity (for the rest of the Government of Venezuela) issued on or after August 25, 2017. E.O. 13808 does not prohibit U.S. persons from dealing with the Government of Venezuela as counterparty to most transactions involving debt issued on or after August 25, 2017 by a non-sanctioned party. For example, under E.O. 13808, U.S. persons are not prohibited from dealing with the Government of Venezuela when it plays the role of underwriter on new debt of a non-sanctioned third party exceeding the applicable authorized tenor or accepting payment under a letter of credit with terms exceeding the applicable authorized tenor that is issued, advised, or confirmed by the Government of Venezuela, so long as the Government of Venezuela is not the borrower. [07-19-2018]
517. ¿Puede una persona de EE. UU. Autorizar el reemplazo de su participación por una persona no estadounidense en un servicio de préstamo a largo plazo que se extendió al Gobierno de Venezuela antes de la fecha de vigencia de las sanciones?
EO 13808 no prohíbe que una persona estadounidense realice transacciones necesarias para salir o reemplazar su participación en una facilidad de préstamo a largo plazo que se extendió al Gobierno de Venezuela antes del 25 de agosto de 2017, siempre que dichas transacciones no sean contrarias. De las prohibiciones de la orden. Esto no constituiría tratar con nuevas deudas. Sin embargo, las personas de EE. UU. Que participan en dichas instalaciones deben asegurarse de que todos los retiros o desembolsos recientemente negociados del establecimiento utilicen términos de reembolso que no están prohibidos por EO 13808. Consulte la Pregunta frecuente 394 para obtener información adicional sobre lo que constituye un retiro o desembolso permitido de un banco existente. obligación de préstamo a plazo. [07-19-2018]
518. ¿Está permitido por la EO 13808 una persona de EE. UU. Otorgar crédito por más de 90 días (para PdVSA) o 30 días (por el resto del Gobierno de Venezuela) a una parte no autorizada con el fin de comprar bienes o servicios de El Gobierno de Venezuela?
EO 13808 no prohíbe a las personas de EE. UU. Otorgar crédito por más de 90 días (para PdVSA) o 30 días (para el resto del Gobierno de Venezuela) a partes no autorizadas con el fin de comprar bienes o servicios del Gobierno de Venezuela , siempre y cuando el gobierno de Venezuela no sea el prestatario indirecto. [07-19-2018]
519. ¿Cómo puedo ayudar al pueblo venezolano asegurándome de cumplir con las sanciones de los Estados Unidos?
Con la excepción de los Nacionales Especialmente Designados, el pueblo venezolano no está sujeto a las sanciones de los Estados Unidos. Además, EO 13808 no impone sanciones de bloqueo al Gobierno de Venezuela. Las sanciones no impiden que las personas de EE. UU. Exporten o reexporten productos a Venezuela si está autorizado por otras leyes y regulaciones de los EE. UU. OFAC también ha emitido Licencia General 4 para autorizar a Venezuela, o a personas en terceros países que compren específicamente para su reventa a Venezuela, toda la financiación y otras transacciones en nuevas deudas relacionadas con la exportación o reexportación de productos agrícolas, medicamentos, dispositivos médicos, componentes o piezas de repuesto para dispositivos médicos. siempre que la exportación o reexportación esté autorizada o autorizada por el Departamento de Comercio. Consulte la Licencia general 4 para obtener detalles y definiciones relevantes.Además de esta licencia general, OFAC también puede emitir una licencia específica para autorizar transacciones particulares que de otro modo podrían estar prohibidas por las sanciones, siempre que dichas transacciones sean de interés para la política exterior de los Estados Unidos. [07-19-2018]
520. ¿Necesito una licencia específica de la OFAC para enviar alimentos o medicamentos de origen estadounidense a Venezuela?
No, siempre que su transacción u otro trato no implique propiedad o intereses en la propiedad de un Nacional Especialmente Designado. Dicho esto, debe asegurarse de que su exportación propuesta esté autorizada por el Departamento de Comercio delos EE. UU., La Oficina de Industria y Seguridad (“BIS”) , que tiene jurisdicción sobre la exportación de artículos a Venezuela. Para obtener más información sobre la exportación de artículos a Venezuela, comuníquese con BIS por teléfono al (202) 482-4252. [25-25-2017]
521. Deseo proporcionar financiamiento a largo plazo al Gobierno de Venezuela para ayudar con la exportación o reexportación de productos agrícolas, medicamentos, dispositivos médicos, componentes o piezas de repuesto y componentes para dispositivos médicos a Venezuela. eso está permitido?
Sí. La Licencia General 4 autoriza todas las financiaciones y otras transacciones en nuevas deudas relacionadas con la exportación o reexportación de productos agrícolas, medicamentos, dispositivos médicos, componentes o piezas de repuesto para dispositivos médicos, a Venezuela o a personas en terceros países que compren específicamente para revender a Venezuela, siempre que la exportación o reexportación esté autorizada o autorizada por el Departamento de Comercio. Sin embargo, tenga en cuenta que la Licencia General 4 no autoriza de ninguna otra manera ninguna transacción prohibida por EO 13808 , EO 13692, o cualquier parte del 31 V del Capítulo V [08-25-2017]
522. Aparte de las licencias generales existentes, ¿en qué circunstancias se podría autorizar a las personas de EE. UU. A hacer frente a una nueva deuda de más de 30 o 90 días emitida por el Gobierno de Venezuela?
En la Declaración de Lima del 8 de agosto de 2017, doce países de América rechazaron reconocer la Asamblea Constituyente o las leyes que adopta debido a su carácter ilegítimo, al tiempo que respaldan plenamente a la Asamblea Nacional elegida democráticamente. Nos solidarizamos con nuestros amigos y aliados en la región. Si la Asamblea Nacional venezolana elegida democráticamente aprobara una nueva emisión de deuda por parte del Gobierno de Venezuela que la OE 13808 prohibiría a las personas de EE. UU. A negociar, los Estados Unidos considerarían utilizar la autoridad de concesión de licencias para permitir que las personas de EE. UU. Negocien en la emisión. [25-25-2017]
523. El Bono Internacional del Gobierno de Venezuela emitido el 29 de diciembre de 2016 ( ISIN USP97475AQ39, CUSIP AM1108092) no está incluido en el Anexo de la Licencia General 3. ¿Es eso intencional? ¿La OFAC excluyó intencionalmente otros bonos del Anexo?La OFAC excluyó intencionalmente el Bono Internacional del Gobierno de Venezuela emitido el 29 de diciembre de 2016 (ISIN USP97475AQ39, CUSIP AM1108092) (“la fianza 2036”) del Anexo a la Licencia General 3 porque la información disponible indica que el Gobierno de Venezuela es tanto el emisor del bono como el único titular. En este momento, la fianza 2036 es la única fianza que hemos identificado y omitido deliberadamente en el Anexo de la Licencia General 3. Las partes que identifiquen los bonos adicionales que creen que deberían agregarse al Anexo de la Licencia General 3 deben enviar un correo electrónico a la OFAC a [email protected] con información sobre el bono (incluido su ISIN, CUSIP, descripción, fecha de emisión, fecha de vencimiento y prospecto / términos y condiciones) y proporcione su justificación para agregarlo al Anexo (por ejemplo, una parte que no sea el Gobierno de Venezuela tiene la fianza). Ninguna característica o circunstancia particular garantizará la adición de una fianza al Anexo de la Licencia General 3; La OFAC evaluará cada solicitud caso por caso. El párrafo (b) de la Licencia General 3 autoriza todas las transacciones relacionadas con, la provisión de financiamiento y otras transacciones con bonos que se emitieron tanto (i) antes del 25 de agosto de 2017, como (ii) por personas de los EE. UU. , directa o indirectamente, por el Gobierno de Venezuela. En consecuencia, mientras que los bonos que cumplen con estos dos criterios pueden no estar incluidos en el Anexo de la Licencia General 3, las personas de EE. UU. Están autorizadas a negociar con estos bonos. [07-19-2018]
524. Me gustaría participar en transacciones de derivados, incluidos los swaps de incumplimiento crediticio, relacionados con una fianza de referencia que se encuentra en el Anexo de la Licencia General 3. ¿Está eso permitido ? Los párrafos (a) y (b) de la Licencia General 3 autorizan todas las transacciones relacionadas con, la provisión de financiamiento y otras transacciones con bonos que figuran en el Anexo de la Licencia General 3 o que fueron emitidas tanto (i) antes de 25 de agosto de 2017 y (ii) por parte de entidades estadounidenses de propiedad o controladas, directa o indirectamente, por el Gobierno de Venezuela (“Bonos de Licencia General 3”). Comprar, vender o negociar un derivado que haga referencia a un bono de Licencia General 3 es una transacción relacionada con el bono en sí.
Por lo tanto, la Licencia General 3 autoriza tales compras y ventas, así como las transacciones relacionadas. Un corolario de esta autorización es que las personas de EE. UU. No están autorizadas para comprar, vender o negociar de otro modo derivados que hacen referencia a bonos que (i) fueron emitidos por el Gobierno de Venezuela antes del 25 de agosto de 2017, pero (ii) no son generales Licencia 3 bonos. [07-19-2018]
527. ¿Qué considera la OFAC como “ganancia” bajo la Subsección 1 (a) (iv) de la EO 13808?
Para propósitos de la Subsección 1 (a) (iv) de la EO 13808, “Ganancia” es el ingreso neto después de impuestos. Para una empresa, esto generalmente es ventas totales menos los costos y gastos totales. Por ejemplo, las transacciones que involucran al Gobierno de Venezuela, incluida PDVSA, relacionadas con pagos por bienes y servicios, impuestos o regalías no se consideran “ganancias”. Del mismo modo, los pagos de capital e intereses relacionados con bonos y pagarés no se consideran “distribuciones de beneficio ”a los fines de la Subsección 1 (a) (iv) de la EO 13808, y para que la subsección no prohíba a las personas de EE. UU. realizar dichos pagos. Las restricciones impuestas en otras subsecciones de la EO 13808, sin embargo, todavía pueden aplicarse. Por ejemplo, de conformidad con la Subsección 1 (a) (iii), a los estadounidenses se les prohíbe negociar el pago de capital e intereses relacionados con los bonos emitidos por el Gobierno de Venezuela antes del 25 de agosto de 2017, a menos que EE.UU.Licencia general 3 . [10-03-2017]
547. ¿Pueden las personas de EE. UU. Participar en reuniones sobre la reestructuración de deuda pendiente de Venezuela y PDVSA?
En general, a los estadounidenses se les prohíbe participar en transacciones o tratos con personas nombradas en la Lista de SDN de la OFAC, incluso tratar con una SDN en el contexto de los esfuerzos para reestructurar la deuda de Venezuela y Petróleos de Venezuela, SA (PDVSA). (Ver preguntas frecuentes 505para informacion adicional). Siempre que no haya participación de SDN, la Licencia General 3 autoriza a las personas de los EE. UU. A participar en todas las transacciones relacionadas con los bonos especificados en el Anexo de la Licencia General 3, incluida la participación en negociaciones relacionadas con dichos bonos. La Licencia General 3 no autoriza ninguna transacción por parte de una persona de los EE. UU. O dentro de los Estados Unidos que implique la creación o posterior negociación de una nueva deuda de PdVSA o una deuda del Gobierno de Venezuela con un vencimiento superior a 90 días o 30 días, respectivamente , en ausencia de una licencia de la OFAC. La OFAC consideraría las solicitudes de licencia que involucren cualquier nueva deuda o capital en cada caso, y basará las determinaciones de la licencia en los hechos y circunstancias de la aplicación en particular. Como se indica en la pregunta frecuente 522, el gobierno de los Estados Unidos consideraría utilizar la autoridad de concesión de licencias para permitir que las personas de los EE. UU. se hagan cargo de una nueva deuda del gobierno de Venezuela aprobada por la Asamblea Nacional de Venezuela elegida democráticamente. [07-19-2018]
548. La subsección 1 (a) (i) de la EO 13808 prohíbe a las personas de EE. UU. Negociar una nueva deuda con un vencimiento mayor a 90 días de PdVSA. Para propósitos de EO 13808, ¿el término “PdVSA” incluye todas las subsidiarias de PdVSA?
Sí. Para propósitos de la EO 13808 , la prohibición en la Subsección 1 (a) (i) se aplicaría a PdVSA y se extendería a todas las subsidiarias de PdVSA, a menos que la OFAC lo autorice. Tenga en cuenta que la Licencia General 2 autoriza ciertas actividades que involucran subsidiarias específicas de PdVSA. [11-09-2017]
553. Para propósitos de EO 13808, ¿qué es la “nueva deuda”?
La OFAC considera que la “nueva deuda” es una deuda creada a partir del 25 de agosto de 2017. Consulte la Pregunta frecuente 511 para ver ejemplos de “deuda”, que incluye préstamos y extensiones de crédito.
La OFAC no considera que la deuda que se creó antes del 25 de agosto de 2017 sea una “nueva deuda” a los fines de la EO 13808siempre que los términos del instrumento de deuda (incluidos, por ejemplo, la duración del período de reembolso o cualquier tasa de interés aplicada) acordados por las partes no cambien a partir del 25 de agosto de 2017. No es necesario que dicha deuda preexistente conforme a los plazos de 30 o 90 días impuestos bajo la EO 13808, y las personas de los EE. UU. pueden cobrar y aceptar el pago de dicha deuda independientemente de si el segmento relevante del Gobierno de Venezuela, incluida PdVSA, paga durante el período de pago acordado. [02-12-2018]
554. Para las deudas creadas a partir del 25 de agosto de 2017, se permite que las personas de EE. UU. Acepten el pago de PdVSA u otros segmentos del Gobierno de Venezuela si el pago de una deuda no se recibe dentro del período aplicable especificado en EO 13808 (90 días para PdVSA, 30 días para otros segmentos del Gobierno de Venezuela)?
No, sin una licencia específica u otra autorización de la OFAC. Como se explica en la Pregunta Frecuente 553 , la deuda, que incluye extensiones de crédito para ventas de bienes o servicios, creada el 25 de agosto de 2017 o después de esa fecha constituye una “nueva deuda” y EO 13808prohíbe a las personas de EE. UU. y a las personas dentro de los Estados Unidos realizar transacciones relacionadas con, proporcionar financiamiento o, de lo contrario, negociar una nueva deuda con un vencimiento superior a 90 días para PdVSA o 30 días para otros segmentos del Gobierno de Venezuela. Debido a que recibir pagos fuera de estos plazos de vencimiento especificados generalmente constituye una negociación de deuda prohibida, las personas de EE. UU. Deben garantizar que los términos de pago concuerden con la prohibición de deuda aplicable.
En circunstancias en las que PdVSA u otro segmento del gobierno de Venezuela no pague una deuda en su totalidad dentro de los 90 o 30 días, según corresponda, las personas de los EE. UU. Deben obtener una licencia específica de la OFAC antes de aceptar el pago después de la expiración del período aplicable.
Para mitigar el daño potencial a personas de los EE. UU. Que no hayan recibido pagos relacionados con la nueva deuda contraída por PdVSA u otro segmento del Gobierno de Venezuela dentro del período de vencimiento aplicable, la OFAC otorgará, caso por caso, licencias específicas para los EE. UU. personas para negociar la cobranza o el recibo de dicho pago, siempre que: (1) PdVSA u otro segmento del Gobierno de Venezuela esté endeudado con el solicitante en base a un acuerdo que cumpla con los requisitos de sanciones y prohibiciones aplicables; (2) la deuda es la “nueva deuda” creada antes del 14 de marzo de 2018; (3) el segmento relevante del Gobierno de Venezuela no pagó su deuda dentro del período de pago autorizado y acordado; y (4) la transacción no está prohibida de otra manera según EO 13808, EO 13692, o cualquier parte del Capítulo V de 31 CFR.
Las solicitudes de licencia que involucren circunstancias que no cumplan con estos criterios se revisarán caso por caso con una presunción de denegación, con la excepción de la actividad que se encuentra en la seguridad nacional de los EE. UU. O en intereses de política exterior, incluidas las transacciones relacionadas con asuntos humanitarios. Servicios, o servicios relacionados con la comunicación personal.
De acuerdo con la Pregunta Frecuente 553 , la deuda creada antes del 25 de agosto de 2017, incluidas las extensiones de crédito relacionadas con bienes o servicios proporcionados a PdVSA u otro segmento del Gobierno de Venezuela, no constituiría una “nueva deuda”, siempre que las partes no cambien Los términos de la deuda. [02-12-2018]
Orden ejecutiva 13827 “Tomar medidas adicionales para enfrentar la situación en Venezuela”. Tenga en cuenta que las preguntas frecuentes en esta sección se actualizarán según corresponda para reflejar la designación de PdVSA.
564. A los fines de la Orden Ejecutiva (EO) 13827 “Tomar medidas adicionales para hacer frente a la situación en Venezuela” del 19 de marzo de 2018, se consideran “petro” y “petro-oro” como una “moneda digital, moneda digital o moneda digital”. ¿Token “emitido por, para, o en nombre del Gobierno de Venezuela en o después del 9 de enero de 2018?
Respuesta: sí. [03-19-2018]
565. A los fines de la EO 13827, “Tomar medidas adicionales para enfrentar la situación en Venezuela” del 19 de marzo de 2018, es la moneda fiduciaria tradicional de Venezuela, bolívar fuerte , considerada una “moneda digital, moneda digital o ficha digital” que se emitió ¿Por, a favor o en nombre del Gobierno de Venezuela a partir del 9 de enero de 2018?
Respuesta: No. [03-19-2018]
566. Participé en la preventa de una moneda digital, moneda digital o token digital emitida por el Gobierno de Venezuela antes de que la EO 13827 “Pasos adicionales para hacer frente a la situación en Venezuela” del 19 de marzo de 2018 entrara en vigencia. . ¿Se me permite vender, intercambiar, usar, o de otro modo negociar en dicha “moneda digital, moneda digital o token digital” en o después de la fecha de vigencia de las sanciones?
A falta de la autorización de la OFAC, se prohíbe a las personas de los EE. UU. Realizar transacciones relacionadas con, proporcionar financiamiento y, de lo contrario, negociar con cualquier “moneda digital, moneda digital o ficha digital” emitida por, para o en nombre del Gobierno de Venezuela a partir del 9 de enero de 2018. La OFAC consideraría las solicitudes de licencia que involucran “moneda digital, moneda digital o token digital” emitidas por el Gobierno de Venezuela caso por caso y determinaciones de licencia base sobre los hechos y circunstancias de la aplicación particular. [03-19-2018]
595. ¿Qué autoriza la Licencia General 5 relacionada con Venezuela?
El Presidente emitió la Orden Ejecutiva (EO) 13835 el 21 de mayo de 2018. La subsección 1 (a) (iii) de la EO 13835 prohíbe a las personas estadounidenses participar en la transferencia por parte del Gobierno de Venezuela (GOV) de cualquier participación de capital en cualquier entidad propiedad del 50 por ciento o más por el GOV, así como transacciones relacionadas en los Estados Unidos. Posteriormente a la emisión de la EO 13835, la OFAC recibió consultas sobre cómo y si la subsección 1 (a) (iii) de la EO 13835 podría afectar la capacidad de hacer cumplir los derechos de los tenedores de bonos de las acciones de CITGO que sirven como garantía para Petróleos de Venezuela, SA (PdVSA ) 2020 8,5 por ciento de bonos. La subsección 1 (a) (iii) de la EO 13835 obstaculiza la capacidad del régimen de Maduro para disponer de intereses en entidades de propiedad del 50 por ciento o más por el GOV en términos desfavorables para el pueblo venezolano. La autorización a los tenedores de bonos para hacer cumplir los derechos relacionados con el bono del 8.5 por ciento de PdVSA 2020 impide que el régimen de Maduro utilice el EO para incumplir sus obligaciones de bonos sin consecuencias. Para otorgar esa autorización, la OFAC emitió la Licencia General 5, que eliminó la EO 13835 como un obstáculo para los tenedores del bono PdVSA 2020 del 8,5 por ciento que obtiene acceso a sus garantías, y mantiene la presión de las sanciones donde corresponde, en el régimen de Maduro. La Licencia General 5 continúa vigente y permanece operativa a pesar de la designación de PdVSA por parte de la OFAC el 28 de enero de 2019. Por separado, la Licencia General 9, emitida el 28 de enero de 2019, autoriza transacciones que involucran cierta deuda de PdVSA, incluido el bono PdVSA 2020 8.5 por ciento. Debido a que las transacciones relacionadas con el bono de PdVSA 2020 8.5 están autorizadas de conformidad con la Licencia General 5 y la Licencia General 9, los titulares de este bono no se verían limitados a obtener acceso a su garantía. Esto incluiría a los tenedores de bonos de personas de EE. UU. Que puedan ser beneficiarios de dicha garantía. [01-31-2019]En
596. ¿La EO 13835 me prohíbe unir y ejecutar contra activos del Gobierno de Venezuela, incluidos buques, propiedades o activos financieros, si tengo un juicio legal contra el Gobierno de Venezuela?
No, siempre que el adjunto no implique (i) deuda contraída con el Gobierno de Venezuela (incluidas las cuentas por cobrar) que se prometió como garantía posterior a la fecha de entrada en vigencia de la EO 13835 (por subsección 1 (a) (ii) de la EO) o (ii) una participación de capital en cualquier entidad en la que el Gobierno de Venezuela tenga una participación del 50 por ciento o más (según la subsección 1 (a) (iii) de la OE). Es probable que se requiera la autorización de la OFAC para vincular la participación en el patrimonio de cualquier entidad en la que el Gobierno de Venezuela tenga una participación del 50 por ciento o más. La OFAC consideraría las solicitudes de licencia que buscan adjuntar y ejecutar contra dichos intereses de capital en una base de caso por caso. [07-19-2018]
Orden ejecutiva 13850 “Bloqueo de la propiedad de personas adicionales que contribuyen a la situación en Venezuela”
628. ¿Cuál es el objetivo de la Orden Ejecutiva (EO) 13850 del 1 de noviembre de 2018, “Bloqueo de propiedad de personas adicionales que contribuyen a la situación en Venezuela”?
EO 13850 está diseñado para contrarrestar la corrupción desenfrenada dentro del Gobierno de Venezuela, que continúa agravando las crisis económicas y humanitarias que afectan al pueblo venezolano. Mientras trabajamos para interrumpir las fuentes de patrocinio corrupto del Gobierno de Venezuela, el régimen de Maduro ha buscado nuevos medios para enriquecerse a expensas de su gente. Al emitir esta OE, el gobierno de los EE. UU. Está actuando para evitar que el régimen y sus asociados corruptos sigan explotando a la gente y los recursos de Venezuela. La OE proporciona una herramienta poderosa para imponer costos a quienes se benefician injustamente de conductas deshonestas o fraudulentas, actividades ilícitas y / o transacciones engañosas dentro del sector del oro de Venezuela u otros sectores identificados, o en relación con el Gobierno de Venezuela o sus proyectos o programas. . [11-01-2018]
629. La orden ejecutiva (EO) 13850 del 1 de noviembre de 2018, “Bloqueo de la propiedad de personas adicionales que contribuyen a la situación en Venezuela”, autoriza la imposición de sanciones a las personas que operan en el sector del oro de Venezuela. Para los fines de esta EO, ¿cómo se dirigirá la OFAC a quienes “operan en el sector del oro de la economía de Venezuela o en cualquier otro sector de la economía de Venezuela según lo determine el Secretario de Hacienda en consulta con el Secretario de Estado”?
La OFAC espera usar su discreción para atacar en particular a aquellos que operan de manera corrupta en el oro u otros sectores identificados de la economía de Venezuela, y no a aquellos que operan legítimamente en dichos sectores. Esto incluye, por ejemplo, personas involucradas en conductas deshonestas o fraudulentas, actividades ilícitas o transacciones engañosas dentro del sector de oro de Venezuela u otros sectores identificados de Venezuela, con el propósito o efecto de malversar recursos venezolanos en esos sectores para beneficio personal, profesional o político. . [11-01-2018]
648. ¿Qué tipos de actividades se consideran “mantenimiento” a medida que se usa el término en las Licencias Generales 6 y 11 relacionadas con Venezuela?
En general, la autorización para el “mantenimiento” en las Licencias Generales 6 y 11 incluye todas las transacciones ordinarias relacionadas con la continuidad de las operaciones, siempre que, en el caso de la Licencia General 11, las instituciones financieras de los EE. UU. No puedan procesar transacciones con o para el beneficio de Petróleos de Venezuela, SA (PdVSA) o cualquier entidad en la que PdVSA posea, directa o indirectamente, un interés del 50 por ciento o más. (Ver preguntas frecuentes 654 Para más información sobre este requisito). Además, a los fines de las Licencias Generales 6 y 11, la autorización para el “mantenimiento” generalmente incluye todas las transacciones y actividades normalmente relacionadas con la ejecución de un contrato o acuerdo vigente antes de la fecha de vigencia de las sanciones (en el caso de la Licencia General 6, 8 de enero de 2019, y en el caso de la Licencia general 11, 28 de enero de 2019, siempre que el nivel de desempeño sea consistente con los términos de la licencia general y con las prácticas pasadas que existieron entre la parte y la entidad bloqueada antes a las sanciones vigentes vigentes. No obstante la ausencia de un contrato o acuerdo vigente antes de la fecha de vigencia de las sanciones aplicables, la autorización para el “mantenimiento” también incluye generalmente todas las transacciones y actividades que normalmente inciden en la obtención de bienes o servicios o en el suministro de bienes o servicios a una entidad bloqueada que figura en dicha autorización de manera consistente con los términos de la licencia general relevante y consistente con el pasado prácticas que existían entre la parte y la entidad bloqueada antes de la fecha de vigencia de las sanciones aplicables. La OFAC considerará el historial de transacciones entre la parte, o cualquier parte intermediaria, y la entidad bloqueada antes de la fecha de vigencia de las sanciones aplicables al evaluar si la actividad es consistente con las prácticas pasadas. La autorización para el “mantenimiento” también generalmente incluye la autorización para celebrar contratos contingentes para transacciones y actividades consistentes con lo anterior,
Por ejemplo, las transacciones y actividades autorizadas por las Licencias Generales 6 y 11 podrían incluir la celebración o renovación de contratos, el pago de facturas o la recepción de servicios, de conformidad con los términos de la licencia general correspondiente, que se iniciaron después de la fecha de vigencia de las sanciones aplicables que involucran el bloqueo. Entidades si dicha actividad es normalmente incidental y necesaria para los contratos vigentes antes de la fecha de vigencia de las sanciones aplicables (siempre que los términos sean coherentes con las prácticas anteriores, como lo demuestra el historial de transacciones). De manera similar, las transacciones y actividades que no están dentro del marco de un acuerdo preexistente pueden considerarse “mantenimiento” si dicha actividad es coherente con el historial de transacciones entre la persona y la entidad bloqueada antes de la fecha de vigencia de las sanciones aplicables. A la inversa, Las Licencias Generales 6 y 11 no autorizarían la celebración de contratos, el pago de facturas o la recepción de servicios que involucren a las entidades bloqueadas donde no existía una relación preexistente entre una persona y una entidad bloqueada o cuando la actividad contemplada excede las prácticas pasadas que existían entre la parte y la entidad. Entidad bloqueada antes de la fecha de vigencia de las sanciones aplicables como lo demuestra el historial de transacciones. [01-31-2019]
650. ¿Cuál es el nivel esperado de diligencia debida asociado con asegurar que las transferencias o la desinversión de deuda (y, en el caso de la Licencia General relacionada con Venezuela 9B, capital) en ciertas personas bloqueadas (en el caso de la Licencia General 9B) o la El gobierno de Venezuela (en el caso de la Licencia General 3C) es consistente con los términos de las Licencias Generales 3C y 9B?
El párrafo (a) de la Licencia General 9B requiere que cualquier desinversión o transferencia por parte de personas de EE. UU. De deuda o capital en Petróleos de Venezuela, SA (PdVSA) (o cualquier entidad en la que PdVSA posea, directa o indirectamente, un 50 por ciento o mayor interés), que se emitió antes del 25 de agosto de 2017, a una persona no estadounidense, sin la autorización de la OFAC. De manera similar, el párrafo (a) de la Licencia General 3C requiere que cualquier desinversión o transferencia por parte de personas de los EE. UU. De las participaciones en los bonos que figuran en el Anexo de la Licencia General 3C (Bonos de la GL 3C) sea a una persona que no sea de los EE. UU., Sin la autorización de la OFAC. Las Licencias Generales 3C y 9B también autorizan a las personas de EE. UU. A facilitar la transferencia o desinversión de dicha deuda (y, en el caso de la Licencia General 9B, deuda y capital), siempre que la cesión o transferencia de cualquier tenencia de dicha deuda o capital por parte de una persona de EE. UU. es una persona que no es de EE. UU., sin la autorización de la OFAC Las instituciones financieras o los corredores de bolsa registrados en valores pueden confiar en la información que normalmente está disponible para los fines de llevar a cabo las actividades autorizadas según las Licencias Generales 3C y 9B.Consistente con la FAQ 116 de la OFAC , si un corredor o institución financiera de los EE. UU. Participa en una transferencia o desinversión de dicha deuda (o, en el caso de la Licencia General 9B, deuda o capital) de conformidad con el párrafo (a) en cualquiera de las Licencias Generales 3C y 9B tiene información en su poder que lo lleva a saber o tiene motivos para saber que el comprador es una persona de los EE. UU., entonces el corredor o institución financiera de los EE. UU. será responsable si no toma las medidas adecuadas para garantizar que el comercio no se consuma, ausente Autorización de la OFAC. La OFAC espera que las personas de EE. UU. Realicen la diligencia debida en sus propios clientes directos, y la OFAC considerará la totalidad de las circunstancias que rodean el procesamiento de la transacción para determinar qué acción de ejecución debe tomar, si es que hay alguna. [02-11-2019]
651. ¿Qué sucedió con los bonos de Petróleos de Venezuela, SA (PdVSA), o bonos emitidos por cualquier entidad directa o indirectamente propiedad del 50 por ciento o más de PdVSA, que se incluyeron anteriormente en el Anexo de la Licencia General 3? En
Los bonos emitidos por PDVSA o cualquier entidad de la que posee, directa o indirectamente, un 50 por ciento o mayor interés que aparecía anteriormente en el anexo de la Licencia General 3 (que ha sido sustituida por 3B general Licencia ) ahora se muestran en el Anexo a la licencia general 9. Todas las licencias generales relacionadas con Venezuela se proporcionan en el sitio web de la OFAC ( www.treasury.gov/ofac ) en la página de sanciones relacionadas con Venezuela. [01-31-2019]
652. ¿Está permitido que los fondos mutuos y los fondos negociados en bolsa (colectivamente, “fondos”) que son personas de los Estados Unidos compren, vendan o participen en transacciones relacionadas con deuda, capital u otras participaciones en una entidad que aparezca en la Lista de la OFAC? de nacionales especialmente designados y personas bloqueadas (Lista SDN), o de una entidad que posee el 50 por ciento o más, individualmente o en conjunto, por un individuo o entidad en la Lista SDN?
No. Un fondo que es una persona estadounidense no puede comprar, vender o realizar transacciones relacionadas con deuda, capital u otras participaciones en personas bloqueadas y debe bloquear dichas participaciones, a menos que la OFAC lo autorice mediante una licencia general o específica. Un fondo de EE. UU. Que contiene dichas participaciones bloqueadas generalmente no se considera una entidad bloqueada, y las personas de EE. UU. Pueden seguir invirtiendo en el fondo y el fondo puede continuar operando. El fondo puede despojarse de participaciones bloqueadas solo con la autorización de la OFAC. [01-31-2019]
653. Soy el administrador de un Fondo de Intercambio Sintético (ETF, por sus siglas en inglés), que rastrea una canasta de deudas, acciones u otras participaciones para proporcionar un rendimiento que se aproxime a los rendimientos de esa canasta, pero que en realidad no tiene la deuda subyacente. acciones u otras participaciones contenidas en la cesta.¿Puedo continuar ofreciendo dichos fondos y las personas de EE. UU. Que operen con acciones de estos fondos, si la cesta subyacente a la que se realiza el seguimiento contiene participaciones en una entidad o entidades que aparecen en la Lista de Nacionales de Personas Especialmente Designadas y Personas Bloqueadas (Lista SDN) de la OFAC, o ¿Una entidad que posee 50 por ciento o más, individualmente o en conjunto, por un individuo o entidad en la Lista SDN?
Sí, siempre y cuando la cesta subyacente a la que se realiza el seguimiento incluya menos de una parte predominante por valor de deuda, capital u otras participaciones en personas bloqueadas. Las personas estadounidenses y no estadounidenses pueden seguir constituyendo, ofreciendo y comercializando fondos que incluyen solo riesgos sintéticos en deuda, capital u otras participaciones en personas bloqueadas, siempre que la cesta subyacente que se rastrea incluya menos de una parte predominante por valor de deuda , patrimonio u otras participaciones en personas bloqueadas. [01-31-2019].
654. Con respecto a la Licencia General 11 relacionada con Venezuela, “Autorizar ciertas actividades necesarias para el mantenimiento o la reducción de las operaciones o los contratos existentes con Petróleos de Venezuela, SA” son instituciones financieras de los EE. UU. Que deben rechazar las transferencias de fondos que involucren a ambos Petróleos de Venezuela. SA (PdVSA) o entidades propiedad directa o indirectamente del 50 por ciento o más de PdVSA, y una entidad no estadounidense ubicada en un país que no sea Estados Unidos o Venezuela?
Licencia general 1150 por ciento o más por PdVSA y una entidad no estadounidense ubicada en un país que no sea Estados Unidos o Venezuela, siempre que: (i) las transferencias de fondos se originen y terminen fuera de los Estados Unidos; (ii) el originador y el beneficiario son personas no estadounidenses; (iii) los fondos no están destinados a una cuenta bloqueada en los libros de una persona estadounidense; y (iv) las transferencias de fondos se efectúan de otro modo de acuerdo con el párrafo (c) de la Licencia General 11. Las instituciones financieras de los Estados Unidos no están obligadas a bloquear las transferencias de fondos que cumplan con las condiciones del párrafo (b) de la Licencia General 11, pero están prohibidas. procesamiento de tales transacciones. [01-31-2019] (i) las transferencias de fondos se originan y terminan fuera de los Estados Unidos; (ii) el originador y el beneficiario son personas no estadounidenses; (iii) los fondos no están destinados a una cuenta bloqueada en los libros de una persona estadounidense; y (iv) las transferencias de fondos se efectúan de otro modo de acuerdo con el párrafo (c) de la Licencia General 11. Las instituciones financieras de los Estados Unidos no están obligadas a bloquear las transferencias de fondos que cumplan con las condiciones del párrafo (b) de la Licencia General 11, pero están prohibidas. procesamiento de tales transacciones. [01-31-2019] (i) las transferencias de fondos se originan y terminan fuera de los Estados Unidos; (ii) el originador y el beneficiario son personas no estadounidenses; (iii) los fondos no están destinados a una cuenta bloqueada en los libros de una persona estadounidense; y (iv) las transferencias de fondos se efectúan de otro modo de acuerdo con el párrafo (c) de la Licencia General 11. Las instituciones financieras de los Estados Unidos no están obligadas a bloquear las transferencias de fondos que cumplan con las condiciones del párrafo (b) de la Licencia General 11, pero están prohibidas. procesamiento de tales transacciones. [01-31-2019] No se requiere que las instituciones financieras bloqueen las transferencias de fondos que cumplan con las condiciones del párrafo (b) de la Licencia General 11, pero tienen prohibido procesar dichas transacciones. [01-31-2019]No se requiere que las instituciones financieras bloqueen las transferencias de fondos que cumplan con las condiciones del párrafo (b) de la Licencia General 11, pero tienen prohibido procesar dichas transacciones. [01-31-2019]
655. ¿Las personas de EE. UU. Pueden comprar petróleo y productos derivados del petróleo de Petróleos de Venezuela, SA (PdVSA) o de cualquier entidad en la que PdVSA posee, directa o indirectamente, un interés del 50 por ciento o más ?
Hasta las 12:01 am, hora del este, 28 de abril de 2019, las personas de EE. UU. Están autorizadas a realizar todas las transacciones y actividades que normalmente son incidentes y necesarias para la compra e importación de petróleo y productos derivados del petróleo de PdVSA o de entidades de propiedad del 50 por ciento o más por PdVSA, siempre que los pagos a PdVSA, las entidades en las que posee, directa o indirectamente, un interés del 50 por ciento o más, u otras personas bloqueadas por dichas compras se realicen en una cuenta bloqueada con intereses ubicada en los Estados Unidos de acuerdo con 31 CFR § 591.203 (a menos que esté autorizado por otras licencias generales relacionadas con Venezuela). Después de la expiración del período de liquidación de 90 días, como se describe en la Licencia general 7 y la Licencia general 12, La compra por parte de los Estados Unidos personas de petróleo y sus derivados de PDVSA o cualquier entidad de la que posee, directa o indirectamente, un 50 por ciento o mayor interés autorización ausentes serán prohibidos de la OFAC (véase también la Licencia General 10 y FAQ 656 que autoriza la la compra de productos petrolíferos refinados por personas estadounidenses en Venezuela y la Licencia General 8 que autoriza las compras de petróleo y productos derivados del petróleo de PdVSA o cualquier entidad en la que posea, directa o indirectamente, un interés del 50 por ciento o más para ciertas entidades incluidas en la lista que normalmente son incidentes y necesario para sus operaciones en Venezuela). [01-31-2019]
656. ¿Las personas estadounidenses en Venezuela pueden comprar gasolina u otros productos refinados del petróleo de Petróleos de Venezuela, SA (PdVSA) o cualquier entidad en la que posea, directa o indirectamente, un interés del 50 por ciento o más?
Sí. Licencia general relacionada con Venezuela 10autoriza a las personas estadounidenses en Venezuela a comprar productos refinados de petróleo, incluida la gasolina, para uso personal, comercial o humanitario de PdVSA, o cualquier entidad en la que posea, directa o indirectamente, un interés del 50 por ciento o más. La Licencia General 10 autoriza, entre otras cosas, las compras de productos petrolíferos refinados por parte de aerolíneas comerciales de EE. UU. Que prestan servicios de pasajeros o carga en Venezuela con el fin de abastecer de combustible a los aviones en Venezuela. La Licencia General 10 también autorizaría la compra para su uso con el fin de alimentar un medio de transporte o un bien del hogar (como un generador) en Venezuela. Sin embargo, la Licencia General 10 no autoriza a las personas de EE. UU. A comprar productos refinados de petróleo en Venezuela de PdVSA con el fin de realizar una transacción comercial para revender, transferir, exportar o reexportar dichos productos derivados del petróleo. [01-31-2019]
657. Soy una entidad no estadounidense que compra petróleo y productos derivados del petróleo de Petróleos de Venezuela, SA (PdVSA) o una entidad en la que PdVSA posee, directa o indirectamente, un interés del 50 por ciento o más. ¿Ahora tengo prohibido comprar petróleo y productos derivados del petróleo de estas compañías?
Transacciones para comprar petróleo y productos derivados del petróleo de PdVSA o cualquier entidad en la que PdVSA posee, directa o indirectamente, un interés del 50 por ciento o más, y que involucre a personas de EE. UU. O cualquier otro nexo de EE. UU. corredores) deben liquidarse antes del 28 de abril de 2019 de conformidad con la Licencia General 12 relacionada con Venezuela . Además, bajo Licencia General 11 , los empleados persona y contratistas de empresas no estadounidenses ubicadas en un país distinto de los Estados Unidos o Venezuela están autorizados para realizar ciertas transacciones de mantenimiento o de reducción paulatina con PDVSA, o cualquier entidad en la que PDVSA posee, directa o indirectamente, un interés del 50 por ciento o más, hasta las 12:01 am, hora del este, 29 de marzo de 2019. (VerFAQ 654 .) [31.01.2019]
658. Las personas de EE. UU. Pueden comprar, o participar en otras transacciones, incluyendo swaps y transacciones no monetarias que involucren la compra o el intercambio de petróleo y productos derivados del petróleo, si Petróleos de Venezuela, SA (PdVSA) o cualquier entidad de la que sea propietario, directamente o indirectamente, ¿un interés del 50 por ciento o más no está directamente involucrado en la transacción?
Después de las 12:01 am, hora del este, 28 de abril de 2019, como se describe en la Licencia General 7 relacionada con Venezuela y en la Licencia 12 General , cualquier transacción (incluyendo swaps y transacciones no en efectivo) que involucre la compra o el intercambio de petróleo o productos derivados del petróleo en las que PDVSA o cualquier entidad de la que posee, directa o indirectamente, un 50 por ciento o mayor interés tiene, se le prohíbe la participación directa o indirecta de personas de Estados Unidos autorización ausente de la OFAC (véase también la Licencia general 10 y FAQ 656 ). Antes del 28 de abril de 2019, cualquier fondo o producto tangible de un swap o acuerdo no monetario adeudado a PdVSA o cualquier entidad en la que posea, directa o indirectamente, un interés del 50 por ciento o más como resultado de tales compras o intercambios, deben ser bloqueados y, en el caso de fondos bloqueados, deben colocarse en una cuenta bloqueada con intereses en los Estados Unidos. En el caso de ingresos no monetarios bloqueados, comuníquese con la OFAC para obtener más información. [01-31-2019]
659. ¿La Licencia General 12 relacionada con Venezuela autoriza a las personas estadounidenses a exportar bienes, servicios y tecnología de los Estados Unidos a Petróleos de Venezuela, SA (PdVSA) o cualquier entidad en la que posea, directa o indirectamente, un 50 por ciento o más? ¿Interés durante el período de liquidación?
General License 12 authorizes, until 12:01 a.m. eastern standard time, February 27, 2019, all transactions and activities that are ordinarily incident and necessary to the wind down of operations, contracts, or other agreements that were in effect prior to January 28, 2019. This authorization includes the importation into, or the exportation from, the United States of goods, services, or technology (other than the exportation of diluents) involving PdVSA or any entity in which it owns, directly or indirectly, a 50 percent or greater interest (other than ALBA de Nicaragua (ALBANISA) or any entity in which ALBANISA owns, directly or indirectly, a 50 percent or greater interest). [01-31-2019]
660. ¿ Cuándo se levantarán las sanciones para Petróleos de Venezuela, SA (PdVSA) o cualquier entidad en la que PdVSA posea, directa o indirectamente, un interés del 50 por ciento o más?
El camino hacia el alivio de sanciones para PdVSA y sus subsidiarias es a través de la transferencia expedita del control de la compañía al Presidente Interino Juan Guaidó o un gobierno posterior, elegido democráticamente, que se compromete a tomar acciones concretas y significativas para combatir la corrupción, restaurar la democracia y respetar derechos humanos. Una transferencia de control de buena fe asegurará que los activos de Venezuela se conserven para la gente del país, en lugar de ser mal utilizados y desviados por el ex presidente Nicolás Maduro. El Tesoro continuará usando sus herramientas económicas para apoyar al Presidente Interino Guaidó, a la Asamblea Nacional y al esfuerzo del pueblo venezolano por restaurar su democracia.[01-31-2019]
661. ¿Qué autoriza la Licencia General 9B con respecto a los valores de Petróleos de Venezuela, SA (PdVSA) y cuáles son las implicaciones para las personas estadounidenses y no estadounidenses? Licencia General 9B autoriza a las personas de los EE. UU. a participar en todas las transacciones y actividades que normalmente son incidentes y son necesarias para las transacciones de cualquier deuda (incluidos, entre otros, los bonos enumerados en el Anexo de la Licencia General 9B) de, o capital en, PdVSA, o cualquier La entidad de propiedad directa o indirecta del 50 por ciento o más de PdVSA que se emitió antes del 25 de agosto de 2017 (en conjunto, los valores de PdVSA), siempre que una persona estadounidense decida vender o transferir cualquier interés en dichos valores, debe vender o transferir intereses a una persona no estadounidense sin autorización de la OFAC. Esta autorización incluye, por ejemplo, realizar transacciones relacionadas con la recepción y el procesamiento de los intereses o los pagos de capital, y actuar como custodio de las tenencias de personas estadounidenses y no estadounidenses en valores de PdVSA, incluso actuar como custodio de un no estadounidense.El párrafo (c) de la Licencia General 9B autoriza todas las transacciones y actividades que normalmente son incidentes y necesarias para facilitar, compensar y liquidar las operaciones de las tenencias en los valores de PdVSA, siempre que dichas operaciones se hayan realizado antes de las 4:00 p.m. hora estándar del este de enero 28, 2019; esta autorización tiene como objetivo garantizar que las transacciones que se realizaron antes de la imposición de sanciones de bloqueo en PdVSA se puedan liquidar en el curso ordinario, independientemente de si la venta o transferencia se realiza a una persona que no sea estadounidense. El párrafo (d) de la Licencia General 9B autoriza todas las transacciones y actividades, incluidas las transacciones en valores y derivados de valores, que normalmente son incidentes y necesarios para la liquidación de contratos financieros u otros acuerdos que se celebraron antes de las 4:00 pm hora del este fecha del 28 de enero de 2019, que involucra o está vinculada a valores de PDVSA. Esta autorización es válida hasta las 12:01 am, hora estándar del este, el 11 de marzo de 2019. Esta autorización permite que ciertos contratos y acuerdos financieros que se celebraron antes de la imposición de sanciones de bloqueo a PdVSA que involucren o estén vinculados a valores de PdVSA se anulen abajo, incluida la resolución de la compra y venta de valores, préstamos de valores, acuerdos de recompra y swaps y contratos de derivados en valores.El párrafo (e) de la Licencia General 9B autoriza todas las transacciones y actividades prohibidas por la Sección 1 (a) (iii) de la Orden Ejecutiva 13808 o la Orden Ejecutiva 13850 que son ordinariamente incidentes y necesarias para las transacciones de cualquier bono emitido por PDV Holdings, Inc. CITGO Holdings, Inc., Nynas AB, o cualquiera de sus subsidiarias, antes del 25 de agosto de 2017.Las personas estadounidenses pueden mantener sus intereses en valores de PdVSA, pero están sujetas a ciertas restricciones en la venta de esos intereses en el mercado secundario. La Licencia General 9B generalmente no autoriza a las personas de EE. UU. A comprar o adquirir nuevos intereses en valores de PdVSA, y como resultado, tales compras están prohibidas sin la autorización de la OFAC. Sin embargo, las personas de EE. UU. Pueden comprar o invertir en valores de PdVSA de conformidad con el párrafo (a) (2) de la Licencia General 9B, siempre que dichas transacciones sean normalmente incidentes y sean necesarias para la venta y transferencia de participaciones en valores de PdVSA. Si bien las personas no estadounidenses pueden seguir negociando con valores de PdVSA, en la medida en que las transacciones involucren a personas estadounidenses o al sistema financiero estadounidense, [02-11-2019]
662. ¿Qué autoriza la Licencia General 3C con respecto a la deuda del Gobierno de Venezuela y cuáles son las implicaciones para las personas estadounidenses y no estadounidenses? La Licencia general 3C a autoriza a las personas de los EE. UU. A participar en todas las transacciones relacionadas con la provisión de financiamiento y otras transacciones con los bonos especificados en el Anexo de la Licencia general 3C (Bonos GL 3C), siempre que se realice cualquier desinversión o transferencia, o Facilitación de desinversión o transferencia de cualquier participación en dichos bonos a una persona que no sea de los EE. UU. sin la autorización de la OFAC. La autorización en GL 3C incluye, por ejemplo, realizar transacciones relacionadas con la recepción y el procesamiento de intereses o pagos de capital, y actuar como custodio de las tenencias de personas estadounidenses y no estadounidenses en Bonos GL 3C, incluso actuar como custodio de una persona no estadounidense después de que esa persona haya recibido los bonos GL 3C de una persona estadounidense en una transacción de desinversión. El párrafo (b) de la Licencia General 3C autoriza todas las transacciones y actividades que normalmente son incidentes y necesarias para facilitar, compensar y liquidar las operaciones de las tenencias en los Bonos GL 3C, siempre que dichas operaciones se hayan realizado antes de las 4:00 pm hora del este. 1 de febrero de 2019; Esta autorización tiene como objetivo garantizar que las transacciones que se realizaron antes del 1 de febrero de 2019 se puedan liquidar en el curso ordinario, independientemente de si la venta o transferencia se realiza a una persona que no sea estadounidense. El párrafo (c) de la Licencia General 3C autoriza todas las transacciones y actividades, incluidas las transacciones en valores y derivados de valores, que normalmente son incidentes y necesarios para la liquidación de contratos financieros u otros acuerdos que se celebraron antes de las 4:00 pm hora del este el 1 de febrero de 2019, que involucra, o está vinculado a, los bonos GL 3C, hasta las 12:01 am hora estándar del este, el 11 de marzo de 2019. Esta autorización permite ciertos contratos y acuerdos financieros que se celebraron antes del 1 de febrero de 2019 , que involucran o están vinculados a los Bonos GL 3C a liquidar, incluida la resolución de la compra y venta de valores, préstamos de valores, acuerdos de recompra y swaps y contratos de derivados en valores.El párrafo (d) de la Licencia General 3C autoriza todas las transacciones relacionadas con la provisión de financiamiento y otras transacciones con bonos que se emitieron tanto (i) antes del 25 de agosto de 2017 (la fecha efectiva de EO 13808), y (ii) ) por parte de entidades de los Estados Unidos que son propiedad o están controladas, directa o indirectamente, por el Gobierno de Venezuela, además de PDV Holding, Inc., CITGO Holding, Inc., Nynas AB y cualquiera de sus subsidiarias.Las personas de EE. UU. Pueden continuar manteniendo sus intereses en los Bonos GL 3C, pero están sujetas a ciertas restricciones en la venta de dichos bonos en el mercado secundario. La Licencia general 3C generalmente no autoriza a las personas de EE. UU. A comprar o adquirir nuevos intereses en los Bonos GL 3C, y como resultado, tales compras están prohibidas sin la autorización de OFAC. Sin embargo, en la medida en que la venta o transferencia de participaciones en los Bonos GL 3C de personas de EE. UU. A personas no estadounidenses requiere realizar ciertas transacciones de Bonos GL 3C, como la compra o liquidación de compras de participaciones en los Bonos GL 3C, párrafo (e) de la Licencia General 3C autoriza a las personas de EE. UU. a realizar dichas transacciones. Nota: el párrafo (e) de la Licencia General 3C no autoriza a las personas de EE. UU. A comprar o invertir en bonos emitidos por el Gobierno de Venezuela que no sean Bonos GL 3C.Si bien las personas que no pertenecen a los EE. UU. Pueden continuar negociando con los Bonos GL 3C, en la medida en que las transacciones involucren a personas de los EE. UU. O el sistema financiero de los EE. UU., Dichas transacciones deben cumplir con los términos de la Licencia General 3C y no pueden implicar ventas de intereses en dichos bonos. a personas de EE. UU. (a excepción de lo establecido en GL 3C y como se describe anteriormente), ya que las personas de EE. UU. tienen prohibido en gran medida comprar dichos intereses. [02-11-2019]
Orden ejecutiva 13857 del 25 de enero de 2019 “Tomando medidas adicionales para abordar la emergencia nacional con respecto a Venezuela”. Tenga en cuenta que las preguntas frecuentes en esta sección se actualizarán según corresponda para reflejar la designación de PdVSA.
649. ¿Qué hace la Orden Ejecutiva 13857 del 25 de enero de 2019, “Cómo tomar medidas adicionales para hacer frente a la emergencia nacional con respecto a Venezuela” y cómo afecta esto a las sanciones de la OFAC relacionadas con Venezuela?
Orden Ejecutiva 13857 de 25 de enero, 2019 “tomando medidas adicionales para atender la emergencia nacional con respecto a Venezuela” amplía la definición del término “Gobierno de Venezuela” para incluir a las personas que han actuado, o han pretendido actuar, en nombre de El Gobierno de Venezuela, incluidos los miembros del régimen de Maduro, a los efectos de las Órdenes Ejecutivas 13692, 13808, 13827, 13835 y 13850. Todas las sanciones existentes relacionadas con Venezuela siguen vigentes. [01-28-2019]
ALD/treasury.gov