Juegos Olímpicos, reto alto para oficiales de cumplimiento de la ciudad anfitriona

Los Juegos Olímpicos están asociados con la corrupción crónica y los problemas de derechos humanos, y no sin razón. Pero, ¿y si los Juegos, al mismo tiempo, pudieran dejar una huella en la ciudad y el país sede de las reformas anticorrupción y de derechos humanos?

Antilavadodedinero / FCPA

Desde el escándalo de los sobornos en los Juegos Olímpicos de Invierno de Salt Lake City de 2002, hemos visto una creciente avalancha de corrupción y críticas a los derechos humanos. A mediados de la década de 2010, con los Juegos Olímpicos de Invierno de Sochi 2014 y los Juegos Olímpicos de Verano de Río de Janeiro 2016, junto con la adjudicación de los Juegos Olímpicos de 2022 a Beijing y la Copa Mundial Masculina de la FIFA 2022 en Qatar, probablemente fue la marca más alta.

Luego vino lo que puede resultar ser un punto de inflexión. En 2017, el Comité Olímpico Internacional adoptó una nueva política diseñada para fortalecer el cumplimiento del país anfitrión, reducir la incidencia de escándalos y modelar mejores normas y prácticas anticorrupción.

A modo de antecedentes, cada vez que se adjudican unos Juegos Olímpicos a una ciudad anfitriona, el COI celebra un contrato de ciudad anfitriona. Las contrapartes del COI son la ciudad anfitriona, el Comité Olímpico Nacional (CON) del anfitrión y la entidad local del anfitrión creada para organizar el evento, llamada Comité Organizador de los Juegos Olímpicos (OCOG). La plantilla de contrato, denominada contrato modelo de la ciudad anfitriona, se revisa y modifica periódicamente.

En 2017, el COI modificó el contrato modelo de la  ciudad anfitriona  para incluir la obligación de que el COJO, la ciudad anfitriona y el NOC adopten el cumplimiento anticorrupción y la debida diligencia en materia de derechos humanos por primera vez en la historia. La disposición anticorrupción requiere que estas partes

“Abstenerse de cualquier acto que implique fraude o corrupción, de manera consistente con cualquier acuerdo internacional, leyes y regulaciones aplicables en el País Anfitrión y todas las normas anticorrupción reconocidas internacionalmente aplicables en el País Anfitrión, incluso mediante el establecimiento y mantenimiento de informes y cumplimiento.”

La disposición de derechos humanos requiere que esas mismas partes

“Proteger y respetar los derechos humanos y asegurar que cualquier violación de los derechos humanos sea remediada de manera consistente con los acuerdos, leyes y regulaciones internacionales aplicables en el País Anfitrión y de manera consistente con todas las normas y principios de derechos humanos reconocidos internacionalmente, incluida la Principios rectores de las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos, aplicables en el país anfitrión. . . “

Observe la estructura paralela de las cláusulas. Eso en realidad resulta plantear algunos desafíos. Aún así, estas cláusulas podrían convertirse en un gran problema.

Pero cualquier oficial de cumplimiento de OCOG o de la ciudad anfitriona preguntará: ¿Qué significa? ¿Cómo hago operativas estas cláusulas? ¿Qué se supone que debo hacer realmente?

El  Grupo de Trabajo de Cumplimiento de los Juegos Olímpicos  ha proporcionado una respuesta inicial a esa pregunta. Somos un grupo de académicos y profesionales de la lucha contra la corrupción y los derechos humanos que prestamos apoyo a este movimiento naciente. Nuestro  libro blanco  analiza estas cláusulas en detalle, brindando claridad donde podemos y marcando aquellas cláusulas donde no podemos.

Durante estos Juegos Olímpicos de Tokio, pasaremos un par de publicaciones más hablando sobre qué son estas cláusulas y en qué pueden convertirse. Manténganse al tanto.

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