El coronavirus y el delito de lavado de activos comparten similitudes: ambos son amenazas para la economía global, son “monstruos” de difícil detección y de fácil propagación si las autoridades no toman las medidas necesarias en materia preventiva.
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Para Mauricio Cancú, consultor en prevención y gestión de lavado de activos, la pandemia del covid-19 desató nuevas tipologías de blanqueo de capitales, como contrabando asociado a insumos médicos, distorsión en los precios y modalidades de corrupción, que podrían agudizarse después de la crisis sanitaria.
Tanto los comercios minoristas, golpeados por los efectos del covid-19, como cualquier entidad grande o mediana, podrían ser potenciales víctimas de propuestas de lavado durante y después de la pandemia. Esto así porque los narcotraficantes, contrabandistas o personas asociadas a organizaciones criminales usan una serie de tácticas para hacer creer que sus ganancias, provenientes de actividades ilícitas, son legales.
“La meta de estos individuos es colocar el dinero de origen ilícito en las entidades registradas, luego se diversifica o estratifica y, por último, la integración”, señala el experto sobre las fases de estas prácticas ilegales.
Advierte que aunque la economía dominicana fue lesionada por la cuarentena impuesta para evitar la propagación del virus, las actividades ilícitas no estuvieron inactivas; todo lo contrario, se fortalecieron.
Cancú entiende que las acciones en materia preventiva deben actualizarse, esté o no el país activo económicamente.
¿Cómo pueden prevenirlo?
La Ley 155-17 exige a los sujetos obligados a adoptar, desarrollar y ejecutar un “Programa de cumplimiento” basado en riesgo para la prevención y detención del lavado de activos y financiación del terrorismo. Dicha ley establece una serie de delitos procedentes de esta práctica, entre los que destacan narcotráfico, delito tributario, soborno, estafa contra el Estado y enriquecimiento ilícito.
Cancú señala la importancia de generar un flujo permanente de información confiable, puesta a disposición de las autoridades competentes, que facilita sus labores de investigación y examinar cualquier operación con independencia de su cuantía y que pueda estar vinculada al blanqueo de capitales provenientes de actividades ilícitas descritas en la ley.
Recordó que quienes incurran en esos actos ilegales directa e indirectamente serán sancionados con penas de prisión mayor y multa de cientos de salarios mínimos, según la gravedad de la acción.
También tendrán inhabilitación permanente o definida para desempeñar funciones, prestar asesoría o ser contratados por entidades públicas o de intermediación financiera, participantes del mercado de valores, así como el decomiso de todos los bienes ilícitos, valores, instrumentos y derechos sobre ellos.