Martinelli es culpable o inocente

Este viernes 9 de agosto, Ricardo Martinelli conocerá si es inocente o culpable de cuatro cargos que le imputa la fiscalía: contra la inviolabilidad del secreto y el derecho a la intimidad, o interceptación de telecomunicaciones sin autorización judicial; seguimiento, persecución y vigilancia sin autorización judicial. A esto se le suman dos delitos contra la administración pública en modalidad de peculado: por sustracción o malversación y peculado de uso.

El Tribunal de Juicio, conformado por los jueces Arleen Caballero, Justo Vergara y Roberto Tejeira (presidente), debe decidir si en los cuatro meses con catorce días que duró el juicio, la Fiscalía Contra el Crimen Organizado acreditó los delitos por los que acusa a Martinelli.

El próximo  jueves se presentarán los alegatos de cada parte luego de que la defensa culminó con la evacuación de sus pruebas testimoniales y documentales.

El juez Tejeira citó a las partes a las 10:00 a.m. La fiscalía, los querellantes y la defensa tendrán una hora cada uno para exponer sus alegatos. La norma indica que las víctimas podrán contar con 15 minutos para ser escuchadas, pero según la cantidad de víctimas que asistan, el juez podrá reducir el tiempo a 10 minutos cada una. Esta práctica no es propia de este tipo de juicios, es más común en los procesos de homicidio. No obstante, los jueces suelen escuchar a las víctimas en otros casos.

Una vez culminen los alegatos, el Tribunal se declarará en sesión permanente por 24 horas para deliberar y dar su veredicto. Este anuncio será breve. Consiste en dictaminar si el acusado es culpable o inocente, y de qué delito. Enseguida escuchará a las partes, quienes solicitarán al Tribunal imponer la pena.

No obstante, el juez define la cantidad de años que impondrá al acusado en un plazo de 10 días, cuando llamará a una nueva audiencia para sustentar la sentencia.

El viernes también se establecerán las indemnizaciones económicas que requirieron las víctimas y se fijarán cuantías según las sustentaciones que las respalden.

Delitos y penas de prisión

En la lista de delitos imputados contenidos en el Código Procesal Penal, el artículo 338, que treta sobre las diferentes formas de peculado, en la modalidad de malversación se sanciona con prisión de cuatro a diez años de prisión. Mientras que el peculado de uso, artículo 341, aplica al servidor público una sanción de prisión de uno a tres años de prisión o su equivalente en días multa o arresto de fines de semana.

Por su parte, quien sin contar con autorización de la autoridad judicial intercepte comunicaciones, escuche, grabe o reproduzca conversaciones que no están dirigidas al público, artículo 167, será sancionado con pena de dos a cuatro años de prisión. El mismo tiempo estipula el artículo 168, que habla sobre el seguimiento, persecución o vigilancia con fines ilícitos.

La defensa, por su parte, apuntará a las deficiencias, contradicciones e inconsistencias halladas en la actuación de la Fiscalía. También apelará a los contrainterrogatorios que complicaron las pruebas de la fiscalía, o en las debilidades en la custodia de las evidencias.

Para nosotros es claro que se mantiene el estado de inocencia de Martinelli y también es evidente que en base a las pruebas que llegaron al Tribunal solo cabe el veredicto absolutorio’, indicó, por su parte, el abogado defensor Sidney Sittón. Añadió que ningún testigo de la fiscalía señaló a su cliente como autor de ningún delito.

La Estrella

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