México debe aumentar los cumplimiento de riesgos en lavado de dinero

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) envió masivamente un aviso a través del buzón tributario en el que a, miles de profesionistas que ofrecen los servicios de contabilidad y auditoría, entre otras.

El fisco los invitó a aclarar su situación jurídica en caso de realizar actividades vulnerables de lavado de dinero.

En algunos de los avisos, el SAT fundamenta la sospecha de que el receptor podría realizar alguna actividad vulnerable en el artículo 17, fracción XI, de la Ley Antilavado.

El artículo dice que se consideran personas que realizan actividades vulnerables los prestadores de servicios profesionales independientes que realicen para sus clientes, alguna de las siguientes actividades:

  1. Compraventa de inmuebles o cesión de derechos sobre estos;
  2. administración y manejo de recursos, valores u otros activos;
  3. manejo de cuentas bancarias, de ahorro o valores;
  4. organización de aportaciones de capital para la constitución, operación y administración de sociedades mercantiles;
  5. constituir, escindir, fusionar, operar y administrar personas morales o vehículos corporativos, así como la compraventa de entidades mercantiles.

A partir del próximo año, el SAT podría ponerse más exigente con quienes realicen estas actividades. Según algunos especialistas, empezarán a pedir que reporten información para lograr un mayor indicio de blanqueo de capitales.

Serán más exigentes con las actividades vulnerables

De acuerdo con la consultora GMC360, las reformas que se están planeando para las actividades vulnerables serán más rigurosas. De hecho, pondrán a las personas que las realizan en el mismo nivel de exigencia que el sector financiero.

Actualmente, estas personas deben presentar un aviso de acuerdo con las operaciones que lleven a cabo. Con los cambios, también tendrán que informar sobre operaciones sospechosas al SAT y a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). Así, las autoridades iniciarán sus investigaciones sobre lavado de dinero.

Estas operaciones sospechosas se deben informar en un lapso de 24 horas y son, básicamente, las que podrían tener un riesgo de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

ALD/El Economista.

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