Nueva «ley antibandas» va contra el lavado de dinero y el terrorismo

Las penas se impondrán condenando a cada individuo por todos los crímenes de una banda, por el hecho de integrarla, y sin importar su rango. La premisa de «ir tras el dinero» y enfocarse en el lavado. Y la doble condena por actividades de terrorismo.

La escalada de violencia en Rosario y la ola de crímenes vinculados al narcotráfico, trajo un incremento de fuerzas federales y la promesa de organizar un operativo de inteligencia para desarticular a las bandas. Pero también el anuncio de la aplicación de la ley Antiterrorista y el envío esta semana al Congreso de un proyecto «anti-bandas o anti-mafias», que modifica el abordaje de la sanción penal para los culpables, en caso de que integren una organización criminal.

Durante la conferencia de prensa desarrollada en Rosario, la ministra de Seguridad Patricia Bullrich destacó la necesidad de una legislación más contundente contra las bandas criminales, apuntando a un acorralamiento y encierro efectivo de sus miembros. Además, anunció la intención de solicitar a la Justicia la aplicación de la Ley Antiterrorista, enfocándose en el artículo del Código Penal que contempla doble pena para acciones destinadas a amedrentar y sembrar terror en la población.

Los anuncios se dieron en el marco de un despliegue territorial a cargo de fuerzas federales, con auxilio de las Fuerzas Armadas en materia de logística y transporte (dentro de lo que permite la ley de Seguridad Interior), que por una lado llevarán a cabo una acción de «saturación» de las calles y, por el otro, y más importante, operativos de inteligencia. Estos operativos se centrarán en desmantelar estructuras criminales, persiguiendo desde sicarios y extorsionadores hasta lavadores de dinero, con especial énfasis en el lavado de dinero, un delito muchas veces oculto en sectores de alta capacidad económica, y en «sacar las armas» de la sociedad.

Doble pena

En cuanto a la aplicación de la Ley Antiterrorista, a partir de encuadrar el accionar mafioso en la búsquedad de intimidar a la sociedad mediante la generación de miedo, tiene su base en el Código Penal. Específicamente, el artículo 41, que se encuentra en el capítulo «imputabilidad», y establece los parámetros en base a los cuales debe definirse el agravamiento o atenuación de las condenas.

Así, esta disposición indica que se tendrá en cuenta a tal efecto «– 1º. La naturaleza de la acción y de los medios empleados para ejecutarla y la extensión del daño y del peligro causados; – 2º. La edad, la educación, las costumbres y la conducta precedente del sujeto, la calidad de los motivos que lo determinaron a delinquir, especialmente la miseria o la dificultad de ganarse el sustento propio necesario y el de los suyos, la participación que haya tomado en el hecho, las reincidencias en que hubiera incurrido y los demás antecedentes y condiciones personales, así como los vínculos personales, la calidad de las personas y las circunstancias de tiempo, lugar, modo y ocasión que demuestren su mayor o menor peligrosidad. El juez deberá tomar conocimiento directo y de visu del sujeto, de la víctima y de las circunstancias del hecho en la medida requerida para cada caso.»

La ministra aclaró que se trata del artículo 41 quinquies: «Cuando alguno de los delitos previstos en este Código hubiere sido cometido con la finalidad de aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, la escala se incrementará en el doble del mínimo y el máximo. Las agravantes previstas en este artículo no se aplicarán cuando el o los hechos de que se traten tuvieren lugar en ocasión del ejercicio de derechos humanos y/o sociales o de cualquier otro derecho constitucional.»

Todos pagan

En lo que hace a la ley «antibandas o antimafia» que anunció la funcionaria nacional, a lo que se apunta es a una norma que permita enjuiciar a personas pertenecientes a organizaciones criminales por los delitos que éstas hayan cometido.

La ley «tipifica una nueva modalidad de persecución penal sobre el crimen organizado, tomando los crímenes de estas bandas y adjudicándolos a todos sus integrantes», explicó Bullrich.

Éste fue un parámetro que adoptó el Código Penal de Italia para terminar con las mafias, al igual que la ley Rico (Ley de Organizaciones Corruptas e Influenciadas por Extorsión), aprobada en 1970 en Estados Unidos contra las organizaciones delictivas del crimen organizado. También fue una prerrogativa con la que contó en El Salvador su presidente, Nayib Bukele, observó la ministra de Seguridad.

Además de reflotar la figura del arrepentido, que ofrece una reducción de la pena a los acusados a cambio de que colaboren con la Justicia, el Gobierno argentino también recurrirá a las fuerzas de seguridad para generar una «saturación».

Bullrich subrayó que estos cambios serán discutidos y definidos en el Congreso de la Nación, destacando la necesidad de contar con instrumentos legislativos más robustos para abordar situaciones de emergencia en seguridad. La ministra expresó su confianza en que estos ajustes legales contribuirán a fortalecer la lucha contra el crimen organizado en Rosario y otras regiones del país.

Referencias

La Ley Rico, que sirve de explícita inspiración a la propuesta, es una normativa federal contra la extorsión criminal y las organizaciones corruptas, que fue aprobada en 1970 por el Congreso de los Estados Unidos y permite la persecución y sanciones civiles por determinados actos delictivos realizados en una empresa. Enumera unos 30 delitos, entre los que incluye fraudes, quiebras, malversación de fondos sindicales y lavado de dinero. Y permite, si se combinan dos de los delitos, poder avanzar e ir contra todos los miembros de la organización.

La particularidad es que la norma también elimina las diferenciaciones de penas según el rol dentro de la mafia: todos serían penados por igual, desde el jefe hasta quien recién haya ingresado a la organización, por el solo hecho de pertenecer a la misma.

En el caso de la legislación italiana, lo que propone también es mucho más abarcativo: establece que serán condenados no sólo quienes reciban dinero de las mafias sino también quienes las favorezcan directa o indirectamente o reciban favores, aun sin recibir dinero.

La idea fuerza que sostiene estas iniciativas, y que Bullrich tomó como leiv motiv para su adaptación al contexto argentino, es la necesidad de «terminar con el hormiguero entero, porque no sirve ir hormiga por hormiga».

«Follow the money»

Los alcances del proyecto fueron explicados por el diputado Damián Arabia, uno de los principales colaboradores de Bullrich, en declaraciones a El Cronista. «La ley antimafia tiene un concepto asociado a lo que es el código antimafia italiano o la ley Rico en Estados Unidos. Los dos conceptos fundamentales son, por un lado, como decía el juez (Giovanni) Falcone, follow the money, es decir, seguir la ruta del dinero», detalló.

En este sentido, el legislador explicó que el objetivo de la ley es no tomar a los miembros que colaboren de la organización «como una persona aislada que quizás tiene una tarea menor, sino, considerar que sin esa persona la organización no funcionaría y no podría cometer el delito, motivo por lo cual le corresponde la misma tipificación penal que a otros de máxima jerarquía».

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