El Oficial de Cumplimiento es el encargado de garantizar el desempeño legal de la organización. Y es que este individuo debe asegurarse de que la compañía cumpla con todos los requisitos regulatorios, ante el gobierno en cualquier instancia y esfera.
De allí que para este cargo se necesite de un conocimiento profundo de la empresa y el mercado; como también las debilidades del control que posiblemente deriven en violaciones a ley.
“El Oficial de Cumplimiento debe trabajar con las unidades de negocio, la administración y Junta Directiva para asegurar que los planes de contingencia sean los apropiados para proteger la Organización contra todos los potenciales riesgos”, explica el abogado y magistrado, especialista en delincuencia organizada y autor del libro “Delincuencia Organizada Transnacional: El Gran Negocio”, Dr. Alejandro Rebolledo.
Menciona que, quien ocupe este importante cargo, también diseña o actualiza las políticas internas para mitigar el riesgo legal, evitando que la empresa quebrante las leyes y por ende incurra en posibles multas.
“El Oficial de Cumplimiento más que un lujo es una necesidad para crecer y permanecer en cualquier industria y campo económico. Por eso requiere de un conjunto de habilidades y conocimientos para asegurar que las operaciones de la compañía cumplan plenamente con todas las regulaciones”, resalta.
Siendo más que evidente que el cumplimiento de las normas antiblanqueo suponen un factor muy importante para medir el grado de transparencia de una empresa o un sector empresarial, se puede intuir que estos personajes son necesarios dentro de la estructura de cualquier organización.
¿Qué deben hacer ante sospechas?
Un adecuado sistema de prevención de lavado de dinero debe detectar las operaciones sospechosas con base en el registro de clientes, indicando si el cliente es una persona políticamente expuesta, si hubo un cambio atípico en el nombre del titular de la cuenta bancaria o si posee una cuenta en locales de frontera.
Una vez generada la alerta, el oficial de cumplimiento debe analizar más profundamente al cliente para confirmar la sospecha de blanqueo de capitales. Dicho análisis consistirá en la verificación de documentos, movimientos y datos contrastados con la información del sistema.
“Posterior a este proceso deben tomarse diferentes acciones para prevenir el riesgo, como exigir la actualización del registro; pedirle aclaraciones al asesor que abrió la cuenta; y analizar posibles inconsistencias internas en cuanto al movimiento, o al archivo de la información. Y si luego de haber hecho este análisis se confirma la sospecha, el oficial de cumplimiento deberá registrar el resultado en el histórico del usuario y enviar un reporte formal a la autoridad competente”, destaca Rebolledo.
Por su parte, el abogado peruano especialista en antilavado de dinero y financiamiento al terrorismo Danilo Lugo, señala que existen dos modalidades de operaciones inusuales.
“La primera va en función de reportar comportamiento inusual en la forma de operar del cliente, como podrán ser pagos irregulares a un crédito, uso de efectivo, liquidación anticipada de un adeudo, gasto por encima de la capacidad de pago declarada por el cliente, entre otros; la segunda modalidad va en función de reportar los hallazgos de la Entidad respecto de aquel cliente que se encuentre en listas negras, se cuente con información basada en indicios o hechos concretos de que existe Lavado de Dinero, o se tenga la certeza de que algún cliente pretende cometer una operación con recursos de procedencia ilícita”, aclara.
El experto señala que, en todo caso, el oficial de cumplimiento necesita de herramientas para cumplir su labor eficientemente, como por ejemplo, una plataforma en el sistema electrónico de su entidad, que pueda ser monitoreado y que emita alertas sobre transacciones inusuales, que obligue al empleado a reportar o llenar el formato de reporte que la misma plataforma o programa antilavado emite, con transacciones mayores a lo estimado; en otros casos de personal adjunto, que apoye sus labores, que supervise eficientemente incluso que visite las sucursales y que permanentemente este capacitando el personal en asuntos de prevención de lavado.
¿Qué pasa cuando no cumplen con su función?
Bien sea por incapacidad o corrupción, si la falta del oficial de cumplimiento lleva a la entidad a ser víctima de delitos financieros como el lavado de dinero, la reputación del organismo, público o privado, se vería afectada severamente. Pudiendo enfrentar otras consecuencias como multas o la pérdida de confianza de sus clientes y potenciales socios.
“Si un banco tuviera un problema reputacional donde su dinero o el que ingrese a sus arcas es productos de actividades ilícitas y por ellas acarrea sanciones o multas por parte de los órganos supervisores, fiscalisadores o reguladores, los clientes de ese banco o quienes traten de hacer negocios con él, encontrarán riesgos importantes para seguir haciendo negocios con ellos o empezar a hacerlos, en virtud de que su reputación está realmente muy desprestigiada”, menciona Rebolledo.
El caso MoneyGram es una prueba de ello. En 2012, en un proceso federal, la compañía con base en Dallas pagó US$ 100 millones para compensar a las víctimas de un fraude en el que los scammers habían engañado a las personas diciéndoles que habían ganado la lotería o había sido contratados para un programa de compradores secretos.
Los defraudadores convencieron a los ciudadanos, normalmente de avanzada edad, para usar el sistema de transferencia de MoneyGram para que les enviaran las tasas y otros conceptos por los que debían pagar.
Entonces, el ex jefe de cumplimiento de la firma Thomas Haider no presentó informes de actividad sospechosa para agentes que sabía o sospechaba que estaban involucrados en fraude, lavado de dinero u otra actividad delictiva. Y tampoco realizó las debidas diligencias o auditorías que se esperaban ni terminó las relaciones con agentes de reconocido alto riesgo.
Una vez descubierto el caso, el gobierno de Estados Unidos sancionó al funcionario por un millón de dólares y una suspensión de por vida de sus labores. Aunque, poco después, llegaron a un acuerdo luego de que Haider admitiera que violó sus obligaciones como jefe de cumplimiento de MoneyGram, permitiendo a los criminales usaran a la organización para defraudar a los consumidores inocentes.
Y es que, al no cortar relaciones con establecimientos de la compañía que presentaban un alto riesgo de fraude y tomar otras medidas claramente requeridas en su puesto, Haider permitió el delito.
Poco después, el aludido dijo a la prensa que las propuestas que hizo el departamento de MoneyGram para disciplinar a los agentes había sido bloqueado por la oficina de ventas y que el programa antilavado había sido auditado por inspectores estatales más de tres docenas de veces.
Otro caso emblemático fue el llamado “operación saqueo”, ocurrido en Guatemala y encabezado por el expresidente Mauricio Funes.
La Fiscalía General de la República de ese país señaló que el Banco Hipotecario es la principal institución financiera que permitió el robo de más de 351 millones de dólares de fondos públicos durante el gobierno del expresidente Funes. El seguimiento que el organismo hizo de la ruta del dinero evidenció que este dinero pasó de una cuenta en un banco privado a cuentas de particulares en la mencionada institución financiera, sin generar ninguna alerta.
Entonces, el oficial de cumplimiento fue clave para que esto ocurriera. En 2012, un auditor contable realizó un examen al banco y señaló que no se había justificado el dinero sacado en efectivo, pero las autoridades de la entidad le trasladaron que se trataba de un “asunto privado”.
Según la Fiscalía, los documentos de las cuentas de exjefe de la Unidad Financiera de Casa Presidencial Francisco Arteaga eran resguardados por el exdirector de la empresa Manuel Rivera. Estas le eran transmitidas por el oficial de cumplimiento del Banco Hipotecario, Joaquín Eduardo Cárdenas, a quien el Ministerio Público acusó por no dar aviso de la extracción de dinero, y que hoy se encuentra prófugo de la justicia.
Actuar con la debida diligencia
Ante todo esto, es evidente que todos los operadores del sistema financiero deben actuar en todo momento con la debida diligencia, habilidad y cuidado sobre el interés de todos sus participantes, tanto empresas como inversores, para proteger la buena salud y la integridad del mercado. Deben tener conocimiento de las regulaciones vigentes y conocimiento de los clientes con los que están desarrollando su negocio.
“Es ahí donde la función y utilidad de los encargados del cumplimiento de las normas y regulaciones toma vital importancia, ya no solo para mitigar los riesgos de compliance, sino también como una forma de sustento de todo el sistema financiero”, menciona Lugo.
Por su parte, Rebolledo enfatiza que el rol de los oficiales de cumplimiento varía según cada país e incluso cada jurisdicción dentro un mismo país y además depende de la estructura y el tipo de negocio de cada firma, pero lo que queda en claro es que es una función muy importante para evitar futuros inconvenientes con los entes reguladores, evitar la pérdida de prestigio y la potencial pérdida de clientes derivada de esta situación, tanto para organizaciones grandes, donde este rol es más evidente e imprescindible, como para organizaciones pequeñas en las que los beneficios de una política clara de cumplimiento generará mayores beneficios que costos en el mediano y largo plazo.
Por ello, concluye que es importante “establecer políticas de control y prevención que minimicen los riesgos, aunado a la necesidad de depurar las instituciones a través de constante adiestramiento que le permitan conocer a los funcionarios los riesgos, las causas y sobre todo, las consecuencias de dichos actos y su repercusión social, para así crear conciencia y un desarrollo sociocultural, que en su conjunto permita una lucha efectiva contra la corrupción”.
ALD