Por qué en 8 de cada 10 casos de corrupción no hay presos

Las decisiones judiciales adoptadas en los casos de corrupción son analizadas por la Fiscalía. La entidad revela que solo el 20% de procesados por delitos como peculado, cohecho, concusión, tráfico de influencias o enriquecimiento ilícito recibe prisión preventiva.

Antilavadodedinero / Elcomercio

Para 8 de cada 10 imputados, en cambio, los jueces disponen medidas sustitutivas: prohibición de salida del país, uso de grillete electrónico o presentación física ante una autoridad. Estos datos incluso fueron expuestos internacionalmente por la fiscal general, Diana Salazar, en un foro sobre la corrupción en la crisis sanitaria, organizado por el Banco Mundial.

El pasado 11 de septiembre la Fiscalía vinculó a 16 personas más a una investigación por irregularidades en la compra de insumos médicos en el hospital Teodoro Maldonado Carbo de Guayaquil. Durante una audiencia, una jueza dispuso medidas alternativas a la prisión para 13 imputados por presunto peculado.

Este es uno de los 157 procesos penales abiertos por corrupción, durante la pandemia del covid-19. Un caso similar se registró el 4 de junio. La fiscal Yanina Villagómez pidió a un juez que dictara prisión preventiva para ocho procesados.

Sin embargo, el magistrado no acogió el pedido y solo dispuso su prohibición de salida del país y la presentación periódica ante una autoridad judicial. Las ocho personas son investigadas por el presunto delito de tráfico de influencias en la compra de insumos médicos en la Prefectura del Guayas. pra de insumos médicos en la Prefectura del Guayas.

Para la Fiscal General, estas decisiones “tienen relación directa con el alto porcentaje de fuga y de impunidad”. Además, dijo que hay riesgo de que los investigados no comparezcan al proceso judicial. En su base de datos, la Policía tiene registradas 42 personas que fueron procesadas por actos de corrupción en este año y están prófugas de la justicia.

Desde el 2014 hasta septiembre de este año suman 376 casos. Hace un mes, un juez de Quito tampoco dictó prisión preventiva contra un exdirector del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y seis personas más acusadas de asociación ilícita por contratar insumos médicos con supuesto sobreprecio.

La Fiscalía criticó este accionar. Dijo que el exfuncionario del IESS no se había presentado a rendir su versión y tampoco ha colaborado en la investigación. Beatriz Rodríguez, directora de Estudios Penales de la Fiscalía, cree que los jueces deben “unificar criterios” al momento de imponer la prisión preventiva. Datos de esta entidad muestran que cuando se trata de delitos como robo, hurto, estafa los magistrados aplican el arresto en un 49%. Para Rodríguez, esto no sucede en los casos de corrupción en los que están involucrados funcionarios públicos o empresarios.

El Código Penal (art. 534) establece cuatro condiciones para que un juez ordene prisión: primero, el fiscal debe tener evidencias contra el procesado. Segundo, el agente debe presentar indicios de que sí perpetró el delito.

Luego debe demostrar que existe riesgo de fuga y, finalmente, que se trata de un ilícito sancionado con más de un año de cárcel. Rodríguez sostiene que todos los delitos de corrupción superan un año de condena, pero también detalla que los pedidos de prisión que realizan los fiscales no son vinculantes, pues la decisión final la toman los magistrados. Juan José Morillo, vocal de la Judicatura, dice que la entidad no puede influir en decisiones jurisdiccionales, solo puede sancionar faltas disciplinarias.

Este año, cuatro exfuncionarios de una entidad pública de Guayaquil fueron procesados por presunto cohecho y un juez les prohibió salir del país y no acató el pedido de prisión. En contexto Desde el 16 de marzo, agentes fiscales abrieron investigaciones contra 465 personas acusadas de estar involucradas en actos de corrupción durante la emergencia sanitaria del covid-19. La Fiscalía creó un grupo especializado para indagar estos casos.

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