El fiscal federal de Tucumán, Gustavo Gómez, tiene en su haber la investigación de múltiples delitos ambientales y con base en esa experiencia es que asegura que el Derecho Penal es el mejor camino para defender el medio en el que vivimos.
Prefiere que no le digan ambientalista. “Más bien soy la ballena, la que se ve dañada por los delitos ambientales y por eso actúo en defensa propia”, dijo el fiscal federal Gustavo Gómez.
Cuenta que su camino en la defensa del medioambiente comenzó cuando se desempeñaba como fiscal federal en Chubut. “Yo era muy joven y tenía hijas chicas -una de las cuales hoy forma parte de Pueblo Mampa, organización que promueve la producción natural de alimentos en la zona rural de Villa María-. En ese tiempo hubo un empetrolamiento de 17 mil pingüinos y mis hijas iban, como hacían chicos de todas las escuelas, a lavar pingüinos”, comenzó diciendo Gómez.
La noticia tuvo impacto internacional y a él, particularmente, lo movilizó la pregunta de periodistas japoneses que consultaron si esa acción, la de derramar petróleo poniendo en riesgo la fauna del lugar, no era un delito en Argentina. “Hablé con la jueza, porque en ese momento la investigación federal era diferente y le prometí conseguirle pruebas para que se pudiera investigar. Porque, aunque no estaba todavía la actual ley ambiental, había un artículo del Código Penal que condena el daño hacia los animales y podía aplicarse”, relató.
Así empezó a interiorizarse por temas ambientales. “Hoy tenemos una ley específica que realmente es muy buena, porque condena la acción de contaminar sin que tenga que demostrarse el daño”, explicó. “Es como la ley de narcotráfico, no necesita que haya un muerto de sobredosis para secuestrar cocaína”, ejemplificó.
“La estrategia de muchos ambientalistas es buscar el resultado, lo que es un error, al menos para el Derecho Ambiental, porque les dan elementos a la defensa. Porque les aseguro que no va a haber un perito médico que te firme que, por ejemplo, ese metal pesado que consumís en el agua, es la causa del aumento de casos de cáncer en una población determinada”, afirmó.
“Nuestra ley no necesita que para investigar y condenar tengas que tener como resultado el daño. Sería muy perverso si fuera así. Si demostrás que una empresa elimina desde sus cañerías metales pesados por encima de los niveles permitidos por la Ley Penal Ambiental, ahí está configurado el delito, ni siquiera necesito que toque el agua”, agregó.
“Por eso digo que el Derecho Penal Ambiental es el único elemento que tenemos para defender el ambiente”, manifestó, a la par que enumeró casos concretos que se dieron a lo largo y ancho del país.
Estos son los ejemplos que citó el fiscal:
-La causa penal de la minera La Alumbrera, una empresa que invirtió 6 mil millones de dólares, se fue del país hace tres años diciendo que no tenían seguridad jurídica. “Ellos le llaman seguridad jurídica a que no los toquen penalmente”. “La corte civil les había exigido que suspendieran provisoriamente la producción y eso fue algo circunstancial para ellos; pero cuando procesaron penalmente a los CEO, ahí se fueron de Argentina”, explicó. Destacó, en este caso, el rol de las asociaciones que actuaron como querellantes, que lograron revertir el fallo de primera instancia que sobreseía a la empresa.
-En San Nicolás de los Arroyos, provincia de Buenos Aires, un abogado hizo una fuerte denuncia contra el intendente de esa ciudad por un caso de afectación del medioambiente. La Justicia le dio la razón, “pero el intendente acusó al abogado de dejar sin trabajo a la gente e hicieron movilizaciones que le impedían salir de la casa al denunciante”. “Es muy difícil actuar en el pago chico contra el poder económico y político”, especificó.
– Atanor: un fallo judicial dispuso que no puede seguir tirando líquidos en el río Paraná.
– Una comunidad aborigen de Santiago del Estero denunció a productores agropecuarios porque el glifosato que aplicaban con fumigadores aéreos hacían que se murieran sus animales y contaminara sus cultivos. Lograron una orden judicial que impide esa forma de fumigar.
“Por eso digo que la causa penal es un instrumento realmente efectivo para defender el medioambiente”, señaló, diferenciándolo con los recursos de amparo que se suelen presentar como herramienta de defensa frente a un delito ambiental. “En un recurso de amparo, el que lo presenta es un actor civil, que en general es un ciudadano común o una asociación que tienen un abogado que trabaja gratis. En ese recurso tenés que pagar los peritos y todo el proceso judicial, pero si perdés, pagás a los abogados de la empresa, que seguramente son caros”.
“En cambio, en una acción penal es a la inversa: el que denuncia no tiene que probar nada, no tiene que llevar elementos de prueba, sino que es el fiscal el que tiene que demostrar el delito ambiental”, aclaró.
“Para dar un ejemplo, digamos que si denuncio un homicidio, el fiscal no me puede pedir las fotos para que lo pruebe. Lo mismo si denuncian a una empresa que tira líquidos cloacales crudos al río, no tenés que probarlo, lo tiene que investigar la Justicia”.
No siempre encuentran receptivos a los funcionarios judiciales, especificó. “Esto es porque detrás de cada delito ambiental, siempre hay un funcionario corrupto. Entonces, cuando denunciás, siempre vas a encontrar al frente a dos poderes: el económico y el político, y es muy difícil que en un pago chico encontrés gente que se anime a enfrentar a esos poderes”.
Lavado de dinero
Actualmente, el fiscal de Tucumán comenzó a trabajar con una línea más de elementos de prueba: el lavado de dinero. “Hay una organización internacional que se encarga a trabajar sobre el lavado de dinero y asegura que en el 13% de los casos, esos fondos provienen de los delitos ambientales. Es que si ganas plata contaminando, esta plata que no invertiste es plata en negro y ahí es donde investigamos cómo la blanquean”, concluyó.
Avances lentos, pero significativos
Mencionamos al comienzo de la nota que el empetrolamiento de pingüinos fue una de las primeras causas ambientales que investigó Gómez cuando recién comenzaba su camino en la Justicia como fiscal federal. En esa causa, si bien no pudieron determinar cuál fue el barco que derramó petróleo, afectando a la fauna de Chubut, lograron generar cambios que, vistos con perspectivas, fueron significativos. Uno permitió que Argentina comenzara a exigir, como la mayoría de los países del mundo, que los barcos tengan doble fondo, evitando así que, ante una primera rotura, el combustible se derrame directamente en el mar.
También lograron una normativa que obliga a esos barcos a circular a 15 millas de la costa (antes era menor la distancia), minimizando los riesgos para la vida marítima del lugar.