Reflexiones en el Día Antilavado: Un compromiso de toda la sociedad

Juan Pablo Rodríguez C., René M. Castro V y Camilo A. Rueda B. dicen que el 30 de octubre se celebra el Día Nacional de la Prevención del Lavado de Activos y, como cada año, invita a hacer una reflexión acerca de cómo todos los sectores involucrados en la lucha contra el lavado de activos (LA), la financiación del terrorismo (FT) y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva (FPADM), estamos haciendo nuestra tarea en el combate contra estos flagelos que impactan negativamente a toda la sociedad.

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Y cuando nos referimos a todos los sectores no solo nos estamos refiriendo a los países, los reguladores y supervisores, las Unidades de Inteligencia Financiera, las autoridades de investigación, los sujetos obligados de diferentes sectores y sus Oficiales de Cumplimiento sino también a la labor que también nos corresponde como ciudadanos.

Sin embargo, las noticias no son muy alentadoras y vamos a explicar por qué. Esta semana se celebró en París, la cuarta Plenaria del GAFI donde estuvieron presentes delegados de la Red Global del GAFI (de 2 más de 200 jurisdicciones) y observadores de organizaciones internacionales. En esta reunión se actualizó la Lista Gris que emite ese organismo , donde ahora aparecen los siguientes países: Barbados, Bulgaria, Burkina Faso, Camerún, Croacia, Emiratos Árabes Unidos, Filipinas, Gibraltar, Haití, Jamaica, Mali, Mozambique, Nigeria, República Democrática del Congo, Senegal, Siria, Sudán del Sur, Suráfrica, Tanzania, Turquía, Uganda, Vietnam y Yemen, a su vez, salieron de esta lista Albania, Islas Caimán, Jordania y Panamá y entró Bulgaria. Por otra parte, en la Lista Roja permanecen Corea del Norte e Irán y en la Lista Negra, Birmania.

En esta reunión, los miembros reconocieron la necesidad de que todas las jurisdicciones implementen plena y eficazmente los Estándares del GAFI. Esto incluye analizar y compartir inteligencia financiera sobre redes de financiación del terrorismo y utilizar herramientas financieras y de aplicación de la ley, como sanciones financieras y confiscaciones, para aislar a los terroristas de sus fuentes de ingresos y debilitar la infraestructura necesaria para que estos grupos logren sus objetivos destructivos.

También incluye la designación de terroristas y grupos terroristas identificados de conformidad con las Resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Según el GAFI, en el ámbito mundial, los países sólo están recuperando una fracción muy pequeña de los activos generados por la actividad criminal. Esto deja a los delincuentes libres para disfrutar de sus ganancias mal habidas, alimenta una mayor actividad criminal y distorsiona la economía legítima. Frente a este panorama, GAFI recomienda que los países tengan políticas y marcos operativos que prioricen la recuperación de activos y establezcan regímenes de decomiso sin condena en sus sistemas legales.

Otra preocupación para el GAFI es el Crowdfunding que está haciendo utilizado para la financiación del terrorismo. El crowdfunding es una solución innovadora de recaudación de fondos para financiar ideas, proyectos o emprendimientos comerciales. Si bien la gran mayoría de las actividades de financiación colectiva son legítimas, las investigaciones del GAFI muestran que el Estado Islámico de Irak y el Levante (ISIL), Al-Qaeda y otros individuos y grupos terroristas por motivos étnicos o raciales las han explotado para financiar sus actividades terroristas.

Para abordar este riesgo emergente de su financiación, el GAFI finalizó un informe que analiza cómo los terroristas han explotado las plataformas de recaudación de fondos y las actividades de financiación colectiva en las redes sociales para buscar sustentar su causa terrorista entre una audiencia global. El informe identifica y explora las cuatro formas principales en que los terroristas hacen uso de estas plataformas de financiación colectiva.
Dado el vínculo entre el crowdfunding y otros sectores financieros y no financieros, los países deberían implementar plenamente los Estándares del GAFI relevantes para los activos virtuales, las Organizaciones Sin Fines de Lucro (OSFL) y los servicios de transferencia de dinero o valor, y evitar tratar el crowdfunding como un sector aislado.

Por otra parte, una nueva preocupación para el GAFI son los flujos financieros ilícitos provenientes del fraude cibernético o delito Informático. Las medidas eficaces para combatir el lavado de dinero y la financiación del terrorismo dependen de una comprensión profunda del cambiante panorama de los delitos financieros y, en este sentido, el fraude cibernético es una relevante forma de crimen organizado transnacional que ha crecido de forma exponencial en los últimos años, tanto en volumen de fraudes reportados como en su extensión global. Estos delitos pueden tener un impacto devastador en las personas, las organizaciones y las economías de todo el mundo, provocando importantes pérdidas financieras y erosionando la confianza en los sistemas digitales; la naturaleza transnacional de este delito, en el que el producto del fraude cibernético a menudo se transfiere rápidamente a diferentes jurisdicciones, lo convierte en una preocupación mundial.

A medida que la innovación digital siga avanzando, también lo harán la sofisticación y la escala del fraude cibernético, si no se controla. El GAFI, en asociación con el Grupo Egmont e Interpol, analizó los métodos utilizados para el fraude cibernético, sus vínculos con otros delitos y cómo los delincuentes pueden explotar las vulnerabilidades de las nuevas tecnologías. El informe destaca ejemplos de respuestas y estrategias operativas nacionales que han demostrado ser exitosas en la lucha contra este delito. Esto incluye la necesidad de romper los aislamientos y acelerar y mejorar la colaboración entre diversos sectores y tanto a nivel nacional como internacional. El informe también identifica indicadores de riesgo y requisitos y controles antifraude útiles que pueden ayudar a las entidades de los sectores público y privado a detectar y prevenir el fraude cibernético y el lavado de dinero relacionado.

Dado que es esencial que los países trabajen juntos y tomen medidas para detener la creciente amenaza del fraude cibernético, el informe identifica tres áreas prioritarias en las que las jurisdicciones deberían actuar para abordar este delito y el lavado relacionado de manera más efectiva: mejorar la coordinación nacional entre los sectores público y privado, apoyar la colaboración internacional multilateral y fortalecer la detección y prevención mediante la promoción de la conciencia y la vigilancia, así como facilitar la denuncia de tales delitos.

Estas noticias y hallazgos del GAFI como principal emisor de recomendaciones antilavado (ALD) y contra la financiación del terrorismo (CFT) descritas anteriormente, no es lo único que nos lleva a decir que el panorama es desalentador. Todos los días, en el mundo se presentan noticias de nuevos casos de LA/FT, de sanciones de los reguladores a entidades financieras y del sector real o APNFDs por estos delitos o por fallas en sus sistemas ALD/CFT, de investigaciones de los entes judiciales de nuevos y sofisticados esquemas o tipologías, de la utilización por parte de los delincuentes de nuevas actividades económicas, de las fallas en la supervisión por parte de los reguladores, como lo dice GAFI “que los países a menudo aplican mal el enfoque basado en riesgos” en la regulación de los sujetos obligados, y que como en el caso de las Organizaciones Sin Ánimo de Lucro (OSAL), “los países garanticen la supervisión o el seguimiento, pero no lleguen a supervisar el sector de la misma manera que lo harían para los sectores financieros o no financieros”, del poco compromiso de los empresarios para asignar recursos para la implementación de modelos efectivos ALD/CFT, de la falta de recursos, de personal y entrenamiento en las Unidades de Inteligencia Financiera (UIF), de la fallas en los procesos de investigación y en la falta de sanciones y condenas del sistema judicial en los casos de LAFT y extinción de dominio, de la falta de colaboración de la ciudadanía en las denuncias de casos de LA/FT y en general, de muchas otras causas que afectan la lucha contra el LA/FT/ FPADM.

Todo lo anterior se demuestra con estudios de autoridades y reguladores en todo el mundo que dejan al descubierto los problemas en la lucha antilavado y contra la financiación del terrorismo Uno de estos estudios es el de la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) que publicó en julio de 2023 el documento titulado “Informe sobre los Enfoques de las Autoridades Competentes para la Supervisión de los Bancos con respecto al Sistema Antilavado de Dinero y Contra la Financiación del Terrorismo ”.

Este informe resume los hallazgos de la tercera ronda de revisiones de implementación ALD/ CFT que tuvo lugar entre enero y diciembre de 2022. Durante esta ronda, el personal de la EBA revisó a 12 autoridades competentes de 9 Estados miembro de la Unión Europea, son responsables de la supervisión ALD/CFT de los bancos. En total, el personal pasó 45 días laborales en el lugar, evaluó más de mil documentos y se reunió con 40 representantes locales del sector privado y las 9 Unidades de Inteligencia Financiera.

Cada revisión se centró en cómo las autoridades competentes evalúan los riesgos de LA/FT asociados con los bancos bajo su supervisión, y en cómo ellas utilizan estas evaluaciones de riesgo para informar sus prácticas de supervisión. También examinó los pasos que toman las autoridades competentes prudenciales y ALD/CFT para abordar estos riesgos y salvaguardar la integridad de los mercados financieros en su jurisdicción. Al final de cada revisión, los equipos de revisión proporcionaron comentarios específicos a cada autoridad competente para respaldar su trabajo ALD/CFT.

Como se resultado se observó que todas las autoridades competentes en esta ronda habían emprendido el trabajo para implementar un enfoque basado en riesgo para ALD/CFT, pero existían diferencias significativas en la forma en que identificaron y abordaron los riesgos de LA/FT en los bancos. Si bien algunas autoridades competentes habían redefinido su enfoque de la supervisión ALD/CFT luego de casos de LA/FT de alto perfil que involucraban a bancos en su jurisdicción y ahora eran en gran medida eficaces, la mayoría de las autoridades competentes no habían aprovechado tales oportunidades ni las lecciones aprendidas por otros y por lo tanto continuaron enfrentando los mismos desafíos que las autoridades competentes que formaron parte de las dos primeras rondas de revisiones de implementación.

En particular, el personal de la EBA afirmó que:

  • Más de la mitad de los enfoques de todas las autoridades competentes para evaluar los riesgos no condujeron al desarrollo de una comprensión integral de los riesgos de LA/FT en el sector bancario;
  • Más de la mitad de todos los supervisores prudenciales en esta ronda eran conscientes de su papel para abordar los riesgos de LA/FT, pero la falta de procesos formalizados y la capacitación específica limitada sobre los riesgos de LA/FT y las señales de advertencia significaron que a veces se perdían las oportunidades de participación entre los supervisores prudenciales y ALD/CFT;
  • La mayoría de las autoridades competentes tenían facultades de aplicación adecuadas; sin embargo, los procesos no estaban lo suficientemente detallados o documentados en más de la mitad de los casos, lo que creaba el riesgo de que las medidas no se aplicaran de forma coherente. También expuso a las autoridades competentes al riesgo de impugnaciones legales por parte de los bancos, lo que en última instancia socava su eficacia;.

Según EBA, todas las autoridades competentes reconocieron la importancia de la cooperación y el intercambio de información a nivel nacional e internacional con las autoridades competentes, las UIF, las autoridades fiscales y las fuerzas del orden, pero pocas aprovecharon las oportunidades que ofrece esto para mejorar su enfoque basado en riesgo.

En nuestra opinión, la no comprensión del enfoque basado en riesgo por parte de todos los interesados, es particularmente grave, porque como lo hemos venido afirmando en diferentes artículos, a pesar de que la gran modificación de 2012 de las 40 Recomendaciones del GAFI fue precisamente eso, y que el GAFI en marzo de 2021 publicó el documento “Guía sobre la Supervisión Basada en Riesgos ”, no existe claridad en lo que significa realmente dicho enfoque y eso genera que las medidas tomadas para luchar contra el LA/FT no sean adecuadas ni eficientes.

Así mismo, lo anterior se reafirma con otro estudio llevado a cabo por la Autoridad de Supervisión del Mercado Financiero de Suiza (FINMA, por sus siglas en inglés) en agosto de 2023, titulado “Guía FINMA 05/2023, Análisis de Riesgo de Lavado de Activos ”, que en repetidas ocasiones identificó deficiencias en el área del análisis del riesgo de lavado de dinero durante las revisiones de supervisión in situ, lo que lo llevó a realizar una revisión en profundidad de los análisis de este riesgo en más de treinta bancos en la primavera de 2023.

Esto reveló que muchos de los análisis de riesgo examinados no cumplían los requisitos de la normativa aplicable. Por ejemplo, en algunos casos faltaba una definición adecuada de la tolerancia al riesgo de lavado de dinero, es decir, establecer límites para reducir los riesgos. Además, se pudo observar una falta de diversos elementos estructurales necesarios para un análisis de riesgos eficaz y sólido.

Algunos de los hallazgos importantes de este estudio fueron los siguientes:

  • No se definieron indicadores clave de riesgo que podría utilizarse para controlar el cumplimiento de la tolerancia al riesgo y también permitir que el Consejo Ejecutivo y el Consejo de Administración lo supervisen periódicamente
  • La descripción de las medidas de mitigación de riesgos adoptadas por las instituciones financieras era normalmente demasiado genérica para comprender su impacto sobre el riesgo inherente.
  • La evaluación de la pertinencia de cada criterio analizado en el análisis de riesgo no fue presentada de manera que fuera evidente y comprensible para terceros.
  • No se han definido cifras clave para determinar la magnitud de la exposición al riesgo respectiva en la población de clientes y la gama de servicios del banco y en qué medida se garantiza el cumplimiento de la estrategia comercial y la política de riesgos

El análisis del riesgo de lavado de dinero es una herramienta importante para la gestión estratégica de los bancos y otros intermediarios financieros. Es utilizado para identificar y mitigar los riesgos en el ámbito del lavado de dinero y determinar los criterios de riesgo relevantes para las actividades de la institución financiera. Este análisis de riesgo también estipula qué riesgos de lavado de dinero no están dentro de la tolerancia de la institución.

El enfoque basado en el riesgo está integrado en las legislaciones de todos los países y en las mejores prácticas ALD. Significa que las empresas deben evaluar sus riesgos y dirigir sus recursos a las áreas o productos que tienen más probabilidades de usarse para lavar dinero o financiar el terrorismo.

De manera similar, deben adoptar este enfoque basado para dirigir sus recursos, centrando sus esfuerzos principalmente en supervisar las contrapartes, actividades, procesos o transacciones que tienen más probabilidades de ser utilizadas.

Todas las empresas que estén dentro del alcance de la regulación deben cumplir con todos los requisitos de la normativa. Esto incluye tomar medidas adecuadas para identificar, evaluar y mantener un registro escrito de su riesgo de ser utilizado para el lavado de dinero o la financiación del terrorismo.

Las empresas deben mantener su propia evaluación de riesgos, junto con un conocimiento integral de sus negocios y contrapartes.
Tal como lo mencionábamos en nuestro artículo “¿Son efectivos los modelos antilavado de dinero y contra la financiación del terrorismo (ALD/CFT) ?, todos somos responsables del cumplimiento antilavado (ALD) y contra la financiación del terrorismo (CFT) y debemos tomarnos nuestras responsabilidades muy en serio. Tenemos el deber con la sociedad de proteger la integridad de los mercados, combatiendo los facilitadores intencionales e involuntarios del lavado de dinero.

La reflexión final en este Día Antilavado es que no se trata de saber quién dispone del mejor modelo antilavado, quién dispone de las mejores políticas y procedimientos ALD/CFT, quién tiene la mejor matriz de riesgos y los mejores controles, lo más importante es saber que el modelo ALD/CFT realmente funciona en la práctica y previene y controla el riesgo LA/FT, y que todos los involucrados debemos formar un solo equipo para luchar contra el LA/FT/FPADM y que tal como lo mencionaba Gretta Fenner, Directora Gerente del Instituto de Gobernanza de Basilea: “La lucha contra la corrupción y el lavado de dinero no es una competición sino un esfuerzo de equipo”.

*Juan Pablo Rodríguez C. Abogado Penalista Escritor, conferencista y consultor internacional. Certificado en Blockchain y Disrupción Tecnológica del MIT. Certificado en Compliance CESCOM® de la Asociación Española de Compliance, ASCOM, 2020. Certified Lead Auditor, Lead Implementer y Trainer en ISO 37001 Gestión Antisoborno, PECB, 2020. Certified Professional in Anti-Money Laundering – CPAML de FIBA (Florida International Bankers Association). Certified on Governance, Risk Management and Compliance Professional (GRCP) y GRC Fundamentals of Open Compliance and Ethics Group (OCEG), 2016. Presidente y Socio de RICS Management. www.ricsmanagement.com [email protected]

**René M. Castro V. Contador Público con Magister en Contabilidad y Auditoría de Gestión de la Universidad de Santiago de Chile. Escritor, conferencista y consultor internacional. Certified Trainer y Lead Compliance Manager en ISO 19600 Gestión de Cumplimiento, PECB, 2020 Certified on Financial Services and Market Regulation, London School of Economics, (LSE), 2016 Certified on Corporate Compliance and Ethics, New York University, 2015. Vicepresidente & Socio RICS Management. www.ricsmanagement.com [email protected]

***Camilo A. Rueda B. Profesional en Finanzas y Relaciones Internacionales de la Universidad Externado de Colombia con estudios de Maestría en Seguridad y Defensa Nacional de la Escuela Superior de Guerra. Anti-Money Laundering Certified Associate (AMLCA) por Florida International Bankers Association – FIBA Certificado en Compliance CESCOM® de la Asociación Española de Compliance, ASCOM, 2020. Escritor, conferencista y consultor internacional. Consultor asociado de RICS Management. www.ricsmanagement.com [email protected]

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