Regulador financiero del G20 emite recomendaciones sobre las stablecoins

La Junta de Estabilidad Financiera (FSB), organismo que coordina las normas para las economías del Grupo de los 20 (G20), ha emitido recomendaciones para la regulación de las stablecoins globales, como el proyecto Libra dirigido por Facebook.

Antilavadodedinero / Criptonoticias

Las diez recomendaciones de alto nivel, publicadas este 14 de abril en un informe de 67 páginas, buscan promover una regulación “consistente” y efectiva de estas stablecoins. Sobre ello, la FSB mencionó lo siguiente

Las recomendaciones tienen como objetivo mitigar los posibles riesgos con el uso de las stablecoins globales como medios de pago o de almacenamiento de valor, tanto a nivel nacional como internacional, a la vez que se apoya la innovación responsable y se proporciona suficiente flexibilidad para que las jurisdicciones implementen enfoques nacionales.

Los países miembros del G20 son Alemania, Arabia Saudita, Argentina, Australia, Brasil, Canadá, China, Corea del Sur, Estados Unidos, Francia, India, Indonesia, Italia, Japón, México, Rusia, Sudáfrica, Turquía y la Unión Europea (UE).

La FSB agrega que su objetivo es introducir regulaciones que sean «proporcionales a los riesgos» que plantean las stablecoins globales, pero también teniendo en cuenta cómo esos riesgos pueden cambiar con el tiempo. Por ello, las recomendaciones aplican el principio de «mismo negocio, mismos riesgos, mismas reglas», independientemente de la tecnología subyacente de las stablecoins.

Las diez recomendaciones

  1. Las autoridades deben tener y utilizar las competencias e instrumentos necesarios, así como los recursos adecuados, para regular, supervisar y vigilar exhaustivamente un acuerdo sobre las stablecoins globales (GSC) y sus actividades multifuncionales, y ejecutar eficazmente las leyes y reglamentos pertinentes.
  2. Las autoridades deberían aplicar los requisitos regulatorios a los acuerdos de las SGC sobre un base funcional y proporcional a sus riesgos.
  3. Las autoridades deben asegurar que haya una regulación, supervisión y vigilancia amplia del acuerdo de las GSC, a través de las fronteras y los sectores. Las autoridades deben cooperar y coordinarse entre ellas, tanto a nivel nacional como internacional, para fomentar la comunicación y las consultas eficientes y eficaces a fin de apoyarse en el cumplimiento de sus respectivos mandatos y facilitar la regulación, supervisión y vigilancia del acuerdo de las GSC a través de las fronteras y sectores.
  4. Las autoridades deben asegurarse de que los acuerdos de las GSC dispongan de un marco de gobernanza global con una clara distribución de la responsabilidad de las funciones y actividades dentro del acuerdo de las GSC.
  5. Las autoridades deben asegurarse de que los acuerdos de las GSC cuenten con marcos eficaces de gestión de riesgo, especialmente en lo que respecta a la gestión de la reserva, resistencia operacional, resguardo de seguridad cibernética y medidas contra el lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, así como los requisitos de «aptos y apropiados».
  6. Las autoridades deben garantizar que los acuerdos de las GSC cuenten con sistemas sólidos para resguardar, recopilar, almacenar y gestionar los datos.
  7. Las autoridades deben asegurarse que los acuerdos de las GSC tengan planes de recuperación y resolución adecuados.
  8. Las autoridades deben asegurarse de que los acuerdos de las GSC proporcionen a los usuarios y a los principales inversionistas la información completa y transparente necesaria para comprender el funcionamiento del acuerdo de las GSC, incluso con respecto a su mecanismo de estabilización.
  9. Las autoridades deben asegurarse que los acuerdos de las GSC proporcionen claridad jurídica a los usuarios sobre la naturaleza y la aplicabilidad de cualquier derecho de redención y el proceso de redención, cuando se pueda aplicar.
  10. Las autoridades deben asegurarse de que los acuerdos de las GSC cumplan todos los requisitos de regulación, supervisión y vigilancia aplicables de una jurisdicción determinada antes de iniciar cualquier operación en esa jurisdicción, y construir sistemas y productos que se puedan adaptar a los nuevos requisitos regulatorios según sea necesario.

Las recomendaciones son consecuencia de los reclamos realizados por el G20 en junio de 2019 para que la FSB se ocupe de las cuestiones regulatorias. En consecuencia, estas recomendaciones de la FSB están abiertas a las recomendaciones de la opinión pública hasta el 15 de julio. Las recomendaciones finales, teniendo en cuenta los comentarios, serán publicadas en octubre de 2020.

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