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De acuerdo a la Ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, el comprador de una vivienda debe justificar el origen del dinero con el que pagará el inmueble.
Para evitar el blanqueo de dinero procedente de actividades ilegales cualquier profesional implicado en la compraventa de un inmueble debe comprobar la procedencia de los fondos.
Por tanto, los promotores como los agentes inmobiliarios tienen que notificar a la agencia tributaria en caso de detectar algo sospechoso.
El primer paso para compra una vivienda, se debe firmar el documento de blanqueo de capitales que incluye todos los datos del comprador, como datos económicos y profesional más la procedencia de los fondos, si provienen de financiación propia o ajena. Luego el notario, que antes de la firma, debe hacer las comprobaciones pertinentes.
El segundo paso, los expertos indican que las dudas que les asaltan carecen de mala fe llamado desconocimiento de las normas. Los profesionales están más acostumbrados a este documento, y lo presentan cuando realizan la oferta sobre la propiedad.
Cabe destacar que cualquier indicio de delito debe ser notificado a las autoridades. Las multas fijadas en la ley van desde los 150.000 euros hasta 10 millones de euros, pueden ser inhabilitados hasta diez años.
El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias de España (SEPBLAC) ha señalado al sector como uno de los más deficientes a la hora de establecer controles internos para la detección del origen ilícito de los fondos.