Eleva una exposición razonada al alto tribunal, donde el vicepresidente está aforado, por si aprecia que Pablo Iglesias haya cometido los delitos de revelación de secretos, daños informáticos y denuncia falsa o simulación de delito en el caso del robo y difusión del contenido del móvil de una exasesora.
Antilavadodedinero / Publico
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha elevado una exposición razonada al Tribunal Supremo para investigar al vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, por los supuestos delitos de descubrimiento y revelación de secretos, con agravante de género, daños informáticos y denuncia falsa en relación con el robo del móvil de su exasesora Dina Bousselham.
La exposición razonada incluye también a la directora de los servicios jurídicos de Podemos, Gloria Elizo, y a los letrados de esta formación Marta Flor Núñez y Rául Carballedo, así como a la propia ex asesora Bousselham y su marido, Ricardo Sa Ferreira, estos dos últimos por falso testimonio.
El magistrado —instructor de la macrocausa Tándem (o caso Villarejo), dentro de la cual se investiga la pieza Dina— envía esta exposición razonada al Supremo para que decida si investiga a Iglesias, porque está aforado en este tribunal al ser miembro del Gobierno. Y propone esta investigación porque considera que el líder de Podemos usó de forma fraudulenta el caso Dina para intentar lograr algún tipo de ventaja electoral.
En concreto, aprecia que Iglesias pudo ser autor de un delito de falso testimonio. Y también considera que podría haber participado junto a otras personas en los supuestos delitos descubrimiento y revelación de secretos, daños informáticos y acusación o denuncia falsa.
En otro auto, el juez da por concluida la investigación del caso Dina y propone juzgar a Villarejo y a dos periodistas un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos por pasarse datos del móvil de Bousselham.
Fuentes de la formación morada señalan que no dan crédito: «Hace unos días la Audiencia Nacional reclama a García Castellón que le devuelva la condición de perjudicado a Pablo Iglesias, y el juez responde pidiendo al Supremo que se le investigue».
El pasado septiembre, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional estimó el recurso de apelación interpuesto por Iglesias contra la decisión de García Castellón de retirarle la condición de perjudicado en la pieza que investiga la sustracción del teléfono móvil de la exasesora, dentro del sumario de Tándem, sobre la supuesta organización criminal dirigida por Villarejo.
El juez entiende que su auto se enmarca dentro de la decisión de la Sala de lo Penal, ya que ésta devolvió la condición de perjudicado a Iglesias, lo que era compatible con la existencia de «hipótesis alternativas» respecto a la conexión entre la verosimilitud de lo que exponía en la denuncia y la legitimidad para continuar como perjudicado.
Es en este marco de «hipótesis alternativas» donde el juez sitúa a Iglesias. Y recuerda que la Sala de lo Penal también puso de manifiesto «la improcedencia de cualquier otra diligencia de investigación» sobre el vicepresidente y le instaba a dirigirla al órgano competente. En este caso, el Supremo.
‘Víctima de un hecho que sabía inexistente’
En la exposición razonada, García Castellón califica de «consciente y planificada actuación falsaria desplegada por el Sr. Iglesias con su personación, fingiendo ante la opinión pública y ante su electorado, haber sido víctima de un hecho que sabía inexistente, pocas semanas antes de unas elecciones generales».
El juez dedica 63 páginas a explicar los motivos por los que pide la investigación del vicepresidente segundo. Relata que «bajo las instrucciones» de Iglesias, y «con el beneplácito de la dirección de la asesoría jurídica de Podemos», presentaron la desaparición del teléfono de Dina «como un encargo realizado por el Gobierno del PP al excomisario [José Manuel] Villarejo, para publicar en el digital OK Diario, en el contexto de una campaña para perjudicar a Iglesias, y por ende a Podemos».
«Pese al conocimiento de su falsedad y puestos de común acuerdo», Iglesias, Elizo y la letrada Flor, como ejecutora material, «simulan que la publicación de las imágenes en el semanario OK Diario durante los días 21 y siguientes del mes de julio, fue el resultado de un encargo realizado al Sr. Villarejo para perjudicar» al líder de Podemos.
El instructor realiza un relato de los orígenes de este caso. Explica que Pablo Iglesias recibió el 20 de enero de 2016 de parte de Antonio Asensio, presidente del Grupo Zeta, la tarjeta de memoria original mini SD procedente del teléfono de Bousselham, en la que comprobó que almacenaba archivos personales y de carácter muy íntimo.
«Pese a ello, se la guardó en su poder, sin decírselo a su propietaria, aun cuando ambos eran personas cercanas (ella había sido su asesora) y el conocimiento que tenía de la desaparición de los objetos de Dina desde noviembre de 2015», destaca el auto.
Esta acción, continúa el juez, puede vincularse a que el líder de Podemos pudo observar que dicho dispositivo contenía capturas de pantalla que Bousselham guardaba con conversaciones de grupos de mensajería en los que aparecía el líder de Podemos.
En julio de 2016, se publican varias noticias en OK Diario acompañadas de imágenes procedentes del dispositivo de la exasesora «que Pablo Iglesias había visto en la micro tarjeta de memoria SD». El aforado en ese momento «tenía acceso» a dicha tarjeta «que guardaba en su poder, por lo que sabía» que «se estaban publicando imágenes enviadas a terceros por Dina Bousselham», explica el magistrado.
«Pese a ello, con la única finalidad de desprestigiar el medio OK Diario, puesto en común acuerdo» con Elizo y con la participación de Carballedo y Flor, «a sabiendas del origen de las imágenes» publicadas, Iglesias insta a los servicios jurídicos de Podemos a ampliar la denuncia inicial interpuesta por su exasesora «tratando de simular, falsariamente, una conexión entre las imágenes publicadas en el digital y la desaparición del teléfono el 1 de noviembre de 2015».
Esta acción se mantiene en ulteriores escritos, donde el juzgado rechaza su personación como perjudicado. «Los letrados de Podemos desisten de su actuación, hasta que a finales» de 2018 «se tuvo conocimiento del hallazgo de los archivos DINA2 y DINA3 en el domicilio de José Manuel Villarejo Pérez», explica el auto.
«Nuevamente el aforado» insta a los servicios jurídicos de Podemos a actuar contra el digital, «repitiendo de nuevo el argumento de la conexión, esta vez añadiendo elementos nuevos que permitieran justificar la participación del ex comisario», sostiene el juez.
«De este modo, pese al conocimiento de su falsedad y puestos de común acuerdo», Iglesias, secretario general de la formación morada, Elizo y la letrada del partido Marta Flor Núñez, como ejecutora material, «simulan que la publicación de las imágenes» fue «el resultado de un encargo realizado al Sr. Villarejo para perjudicar» al líder de Podemos.
En otro auto, el juez propone juzgar al resto de imputados, sobre los que sí tiene competencia: el ex comisario Villarejo, el ex director de la revista Interviu, Alberto Pozas, y el periodista Luis Rendueles, investigados por descubrimiento y revelación de secretos.
De acuerdo con la investigación, el contenido de la tarjeta llegó a Villarejo a través del exdirector de Interviú, quien a su vez entregó una copia a Asensio y éste se la dio a Iglesias, que se guardó la tarjeta de memoria sin decírselo a su propietaria. El juez agrega que cuando Iglesias devolvió la tarjeta a Dina ésta ya estaba «inservible para su funcionamiento».
García Castellón también destaca como hecho relevante la declaración de Bouselham del pasado marzo, en la que el juez considera que faltó a la verdad, al igual que hizo su marido tres días más tarde. «Ambos hechos se entienden conexos a la actuación desplegada por los servicios jurídicos del partido Podemos para construir ante el órgano judicial un relato coherente con las instrucciones dadas por el aforado», concluye el magistrado.
Entiende el juez que se está ante un posible delito de revelación de secretos al apreciar que hubo un «un acceso no consentido a datos de carácter personal por parte del Sr. Iglesias, además de un apoderamiento de los archivos aprehendiendo el dispositivo en el que se almacenaba la información».
Ello, agrega, «no impide, sin embargo, que se pueda sostener en esta fase, y desde la provisionalidad del momento procesal inicial», que existen elementos de cargo suficientes para poder atribuir a Iglesias «los daños sufridos por la micro tarjeta SD».
«La única explicación posible, a partir de los indicios recabados, para entender la inoperatividad de la tarjeta, es que los daños se causaran mientras estaba en poder » de Iglesias, «pues la micro tarjeta funcionaba en el momento en el que el sr. Asensio se la entrega, y ya no lo hace cuando el sr. Iglesias se la devuelve», explica el auto.
La sustracción de la tarjeta a Bousselham se produce poco antes de las primeras elecciones de diciembre de 2015. Tanto entonces como entre los primeros y segundos comicios, como también inmediatamente después de estos últimos (inicio del periodo de pactos), se publican datos y documentación coincidentes con los que figuraban en la tarjeta sustraída y que son insertados en otros documentos producidos ad-hoc o incorporados como adjuntos a piezas periodísticas.
A dichos datos y documentación se podía acceder desde la tarjeta y desde las copias que atesoraba Villarejo, así como desde cualquier otra copia hecha por el ladrón o en manos de quien la consiguiera de éste o de Villarejo.