Hoy, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de EE. UU. Sancionó a tres cubanos de conformidad con la Orden Ejecutiva (EO) 13818, que se basa en la Ley de Responsabilidad de Derechos Humanos Global Magnitsky y la implementa y tiene como objetivo a los perpetradores de derechos humanos graves. abuso y corrupción en todo el mundo. Esta es la cuarta ronda de sanciones desde que comenzaron las protestas en Cuba el 11 de julio de 2021.
Antilavadodedinero / Treasury.gov
El Tesoro continúa apuntando a personas en relación con acciones para reprimir protestas pacíficas y prodemocráticas en Cuba. Los objetivos de las designaciones de hoy son Roberto Legra Sotolongo (Legra) y Andrés Laureano González Brito (González) del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Cuba (MINFAR), y Abelardo Jiménez González (Jiménez). del Ministerio del Interior de Cuba (MININT).
“El Departamento del Tesoro seguirá responsabilizando a quienes permitan al gobierno cubano perpetuar el abuso de los derechos humanos”, dijo la directora de la Oficina de Control de Activos Extranjeros, Andrea M. Gacki. “La acción de hoy expone a más perpetradores responsables de reprimir los llamados del pueblo cubano a la libertad y el respeto de los derechos humanos”.
SANCIONES A CUBA
Además de las sanciones impuestas hoy en el marco del programa Global Magnitsky, la OFAC continúa aplicando el programa de sanciones a Cuba. La OFAC administra un embargo económico a Cuba que prohíbe a las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos participar en transacciones que involucren propiedades en las que Cuba o un ciudadano cubano tengan intereses. Existen excepciones y licencias para el embargo para asegurar que se permitan ciertas categorías de actividad, incluso con fines humanitarios que beneficien directamente al pueblo cubano. Además, las Regulaciones de Control de Activos Cubanos, 31 CFR parte 515 (CACR), bloquean la propiedad y los intereses en la propiedad de todos los ciudadanos cubanos (a menos que estén desbloqueados de conformidad con 31 CFR 515.505), independientemente de que aparezcan en los Nacionales Especialmente Designados y Bloqueados del Tesoro. Lista de personas (Lista SDN).
REPRESIÓN VIOLENTA DE PROTESTORES EN CUBA
Desde el comienzo de las protestas de julio de 2021 en Cuba, el régimen cubano ha utilizado las fuerzas de seguridad para reprimir a los manifestantes pacíficos. Legra es Subjefe del Estado Mayor y Jefe de la Dirección de Operaciones de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR), dependiente del MINFAR, que desplegó las Tropas de Prevención (TDP), una unidad de la policía militar, en respuesta a las manifestaciones. La OFAC designó previamente al TDP de conformidad con la EO 13818 por ser propiedad o estar bajo el control de, o por haber actuado o pretendido actuar para o en nombre de, directa o indirectamente, Álvaro López Miera, Ministro de las FAR. González es el Jefe del Ejército Central, también dependiente del MINFAR.
Jiménez es el Jefe de la Dirección de Establecimientos Penitenciarios, dependiente del MININT; en este cargo, es responsable del trato y disposición de las personas encarceladas en Cuba. Las fuerzas de seguridad cubanas han detenido a más de 800 personas en respuesta a las protestas, muchas de las cuales se encuentran recluidas en una “cárcel preventiva” y aún se desconoce el paradero de varias personas. Una vez en la cárcel, muchas son procesadas por las autoridades cubanas en juicios sumarios, con procedimientos simplificados y, a menudo, sin la posibilidad de contratar a un abogado defensor. Decenas de personas ya han sido condenadas a hasta un año de prisión o trabajo correccional como resultado de juicios sumarios.
Legra y González fueron designados de conformidad con la EO 13818 por ser personas extranjeras que son o han sido líderes o funcionarios de una entidad, incluida cualquier entidad gubernamental, que haya participado o cuyos miembros hayan participado, directa o indirectamente, en graves abusos contra los derechos humanos. relacionados con los mandatos de Legra y González .
Jiménez fue designado de conformidad con la EO 13818 por haber actuado o pretendido actuar para o en nombre de, directa o indirectamente, MININT, una persona cuya propiedad e intereses en la propiedad están bloqueados de conformidad con la EO 13818. MININT fue designado previamente por la OFAC de conformidad con la EO 13818 el 15 de enero de 2021, por ser responsable o cómplice o haber participado directa o indirectamente en graves abusos contra los derechos humanos.
IMPLICACIONES DE LAS SANCIONES
Todas las propiedades e intereses en la propiedad de las personas que están bloqueadas de conformidad con la CACR continúan bloqueadas. La CACR prohíbe a las personas sujetas a la jurisdicción de los EE. UU. Comerciar con propiedades en las que Cuba o un ciudadano cubano tengan intereses, a menos que estén autorizados o exentos. Además, de conformidad con las Regulaciones Globales de Sanciones Magnitsky, 31 CFR parte 583, todas las propiedades e intereses en la propiedad de las personas arriba mencionadas que se encuentran en los Estados Unidos o en posesión o control de personas estadounidenses están bloqueadas, y todas las transacciones realizadas por personas estadounidenses o dentro (o en tránsito) de los Estados Unidos que involucran cualquier propiedad o interés en la propiedad de personas designadas o bloqueadas de otra manera están prohibidas a menos que estén autorizadas por una licencia general o específica emitida por la OFAC, o exentas de otro modo.