Las recomendaciones emitidas por el Grupo de Acción Financiera (GAFI) sobre casas de cambio y otros proveedores de servicios de criptomonedas, deberán ser adoptadas también en Latinoamérica.
Así se desprende de la información sobre los miembros activos de la asociación, contenida en su sitio web oficial.
El GAFI acaba de oficializar un conjunto de recomendaciones donde orienta a los países cómo regular las casas de cambio de criptomonedas, para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.
Estas normas resultaron ser controversiales, ya que se basan en aplicar a la industria de las criptomonedas normativas propias del sistema bancario, algunas de las cuales, serían perjudiciales para el sector.
Aunque sólo figuran cuatro países de habla hispana entre los 38 miembros activos de la agrupación, a saber Argentina, Brasil, México y España, el GAFI cuenta con filiales a nivel global.
En Latinoamérica, el Grupo de Acción Financiera para América Latina (GAFILAT), afiliado al GAFI desde 2006, incluye la mayoría de los países de la región (17 miembros). Esto implica que los proveedores de servicios de criptomonedaslatinoamericanos se verán afectados por la normativa.
Solo Venezuela, el Salvador y Belice no están registrados en GAFILAT. No obstante, existe otra agrupación regional, hermana del GAFI, en el área del Caribe. Se trata de la Fuerza de Tarea de Acción Financiera del Caribe (GAFIC), la cual agrupa a los países de dicha región (25 miembros), abarcando también Venezuela, el Salvador y Belice.
Normas perniciosas
Una de las exigencias del GAFI, la más preocupante para las casas de cambio de criptomonedas, es la relacionada con el intercambio de información de los usuarios.
Como reportó CriptoNoticias, las normativas del KYC (Conoce Tu Cliente) se transforman en un sistema para compartir datos de identificación de los usuarios junto con las transacciones, tanto entre usuarios como entre proveedores de servicios.
Dicha norma, conocida en el sector bancario como “regla de viaje”, exige que el emisor de una transacción incluya datos como nombre y dirección física de usuario que origina el movimiento.
Adicionalmente, la guía del GAFI se ocupa de los servicios de criptomonedas centrados en la privacidad, y pide a los países asegurarse de que estos proveedores se adapten a la normativa. Incluso señala que deben estar en capacidad de congelar o prohibir transacciones con personas sancionadas.
Proveedores de estos servicios han advertido que la normativa, tal como fue presentada, será perjudicial para la operatividad de las casas de cambio de criptomonedas. La mayoría de las opiniones coinciden en que aplicarlas podría llevar al cierre de operaciones de muchas empresas de gestión criptomonedas.
Por lo pronto, aunque las recomendaciones del GAFI no son vinculantes, cada país en Latinoamérica debe asegurarse de que sus normativas en materia de casas de cambio de criptomonedas se adapten. Esto, si no quieren ingresar en una lista negra de países peligrosos para las inversiones extranjeras.
ALD/Criptonoticias