La Ley Kingpin le otorga al gobierno estadounidense aplicar sanciones a los narcotraficantes extranjeros importantes, así como a sus organizaciones con operaciones en todo el mundo.
En un comunicado, la Embajada de los Estados Unidos en la República Dominicana señala que la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos incluyó bajo la ley estadounidense contra el narcotráfico internacional (Ley Kingpin) a César Emilio Peralta (a) César el Abusador y a otros ocho ciudadanos dominicanos.
Por lo tanto, la Ley Kingpin le otorga autoridad al gobierno estadounidense a aplicar sanciones a los narcotraficantes extranjeros importantes, así como a sus organizaciones con operaciones en todo el mundo.
Fue aprobada en 1999 por el Congreso estadounidense y firmada por el entonces presidente Bill Clinton.
Fue diseñada con base en la aplicación de sanciones económicas realizada en 1995 contra el cártel colombiano de Cali.
Esta ley “establece la imposición de sanciones económicas en todo el mundo contra los principales narcotraficantes internacionales, sus organizaciones y las personas y entidades extranjeras que prestan apoyo a esos traficantes y a sus organizaciones”.
Las personas extranjeras son incluidas en la lista de sanciones del Departamento del Tesoro después de consultar con el fiscal general, los directores de la CIA y del FBI, el titular de la DEA, así como con los secretarios de Defensa, Seguridad Interior y de Estado.
Los criterios para incluir a alguien tienen los siguientes supuestos:
- Asistir materialmente o proporcionar apoyo financiero o tecnológico para, o proporcionar bienes o servicios en apoyo de las actividades internacionales de narcotráfico o de un narcotraficante especialmente designado.
- Poseído, controlado, o dirigido por, o actuar por o en nombre de un traficante de narcóticos especialmente designado.
- Desempeñar un papel importante en el tráfico internacional de estupefacientes.
- La inclusión en la lista implica la inmediata cancelación de la visa, el congelamiento de todas sus cuentas y propiedades en Estados Unidos, así como la prohibición para toda empresa estadounidense de hacer cualquier tipo de negocio con ellos. Estar en la lista no conlleva un procedimiento penal, pero tampoco lo excluye.
El comunicado emitido este martes por la embajada estadounidense en el país, indica que, como resultado de la designación de hoy, todos los activos en los que estas personas tienen un interés en los Estados Unidos, o en la posesión o control de personas estadounidenses, están bloqueados y deben ser reportados a la OFAC.
Que las regulaciones de la OFAC generalmente prohíben a todas las personas estadounidenses, o personas dentro (o en tránsito) de los Estados Unidos, que tengan algún trato o involucren cualquier propiedad o interés en la propiedad de las personas bloqueadas.
Y desde junio del 2000, más de 2,100 entidades e individuos han sido nombrados de conformidad con la Ley Kingpin por su papel en el tráfico internacional de narcóticos.
Las sanciones por violaciones de la Ley Kingpin varían desde sanciones civiles de hasta US$1,466,485 por violación hasta sanciones penales más severas.
Las sanciones penales para los funcionarios corporativos pueden incluir hasta 30 años de prisión y multas de hasta US$5 millones.
Las multas penales para corporaciones pueden alcanzar los US$10 millones.
Otras personas podrían enfrentar hasta 10 años de prisión y multas de conformidad con el Título 18 del Código de los Estados Unidos por violaciones criminales de la Ley Kingpin.
ALD/DiarioLibre