México combatirá la evasión fiscal en conjunto con SAT, la UIF y la PFF.

A partir del próximo 1 de enero del 2020 entrará en vigor la nueva Reforma Penal Fiscal que continuará persecución de delitos contra el tesoro nacional y endurecerá castigos para la delincuencia organizada que incurre en fraudes financieros contra el erario.

De acuerdo a información de la titular del Servicio de Administración Tributaria (SAR) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Margarita Díaz Farjat, las adecuaciones de las leyes penales en materia fiscal contemplan la prisión preventiva inmediata y sin derecho a fianza para quienes cometen uno o varios delitos calificados en el Código Fiscal de la Federación, entre ellos:
1) Usar documentos falsos; 2) proporcionar datos falsos para obtener devoluciones del SAT; 3) no tener registros contables; 4) omitir enterar retenciones; 5) manifestar datos falsos para compensar o acreditar; 6) declarar pérdidas fiscales inexistentes; y 7) defraudar al fisco por más de 7.8 mdp. 

Las consecuencias por incurrir en estos delitos son: sanciones de 3 meses a 13.5 años de prisión, prisión preventiva y no hay salidas alternas, aunque procede el perdón de la Secretaría de Hacienda de llegar a un acuerdo entre las partes.

La titular del SAT dejó claro que las nuevas penalidades no aplican para personas físicas o morales que, en calidad de contribuyentes incurren en alguna omisión involuntaria, error o desconocimiento de sus responsabilidades fiscales, o haber sido engañados por quienes llevan sus analíticos contables.

Aseguró que no se trata de una persecución generalizada ni de aplicar terrorismo fiscal al contribuyente, en virtud que la nueva reforma penal fiscal solo aplicará penalidades corporales a quienes participen en delitos contra el fisco en la modalidad de fraude fiscal a partir de 7.8 millones de pesos, o menos, si se hace en forma dolosa y reiterada, sobre todo, que hayan actuado bajo la modalidad de delincuencia organizada para lograr su cometido. 

La titular del SAT explicó que se entiende por “delincuencia organizada” al conjunto de 3 o más personas cuyo único objetivo es el crimen y no se consideran contribuyentes, ya que su actividad criminal es permanente o reiterada. entre ellas se encuentran las Empresas Facturadoras de Operaciones Simuladas (EFOS). 

Las consecuencias por realizar estas actividades son la prisión de 4 a 16 años y opera la prisión preventiva, sin derecho a fianza.
Los contribuyentes que no ameritan prisión preventiva son aquellos que cometen un delito fiscal básico y los contribuyentes comunes. Los contribuyentes que comenten un delito fiscal básico son aquellos que defraudan por cualquier monto a la autoridad fiscal, en estos casos puede aplicar la prisión de 2 meses a 9 años, pero no la prisión preventiva.

Los contribuyentes comunes son aquellos que cumplen normalmente, en tiempo y forma, con sus obligaciones fiscales: realizan planeación fiscal y tienen omisiones por error o negligencia, en estos casos no aplica la acción penal.

El SAT aclara que aun cuando se ha comprobado la comisión de un delito fiscal, no se podrá aplicar la prisión preventiva para los contribuyentes detectados sin antes agotar los filtros legales e institucionales que instruye el estado de derecho para todo aquel que es señalado por la justicia y que, incluso, ofrece al presunto delincuente el derecho al debido proceso y la legítima defensa. Entre estos filtros destacan:
 1) Auditaría del SAT; 2) querella de la Procuraduría Fiscal de la Federación; 3) investigación de la Fiscalía General de la República; 4) investigación con control judicial (el imputado tiene conocimiento del delito y ofrece pruebas) 5) juicio; 6) sentencia; y 7) medios de impugnación y juicio de amparo.
Por lo anterior, el SAT solicita a todos los contribuyentes que revisen su facturación lo antes posible. En caso de existir alguna duda respecto a alguna factura u operación celebrada con alguna EFOS hace la incitación a acercase al SAT. 

Margarita Díaz Farjat aseguro que el SAT está en la mayor disposición para ayudar a las personas a auto corregirse en caso de haber cometido el error de comprar una factura, que quizá fue por inexperiencia, por curiosidad, por apuro económico o porque “se les hizo fácil”.

ALD/Dossierpolitico

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