EE.UU, se compromete a garantizar que la asistencia humanitaria llegue a las poblaciones en riesgo a través de canales legítimos y transparentes a medida que los países de todo el mundo luchan contra COVID-19. Consulte la NUEVA hoja informativa de la OFAC aquí:
El 16 de abril, el Departamento de Estados Unidos de la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Tesoro (OFAC) emitió una hoja informativa destacando los más relevantes exenciones, excepciones y autorizaciones para la asistencia humanitaria y el comercio bajo el Irán , Venezuela , Corea del Norte , Siria , Cuba y Ucrania / Rusia relacionados con el programa de sanciones.
Antilavaodedinero / Treasury. gov
La hoja informativa también describe una guía específica para los programas de sanciones administrados por la OFAC relacionados con el equipo de protección personal (EPP) y otras actividades y asistencia humanitaria relacionada con la enfermedad del coronavirus 2019 (COVID-19).
Para obtener más información sobre el alcance de los requisitos de cualquier programa de sanciones, o la aplicabilidad o alcance de cualquier autorización relacionada con la asistencia humanitaria, comuníquese con la División de Evaluación y Cumplimiento de Sanciones de la OFAC al (800) 540-6322 o (202) 622-2490, o al correo electrónico a [email protected].
Aquí el documento completo: