SAGRILAFT: Nuevas condiciones para ser Oficial de Cumplimiento y ampliación del plazo

Juan Pablo Rodríguez C. René M. Castro V y Camilo A. Rueda B, consultores asociado de RICS Management, traen un interesante artículo sobre las “Nuevas condiciones para ser Oficial de Cumplimiento y ampliación del plazo para entrada en vigor y de La Superintendencia de Sociedades que modificó el SAGRILAFT de 2020.

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La Superintendencia de Sociedades de Colombia (SSC) expidió el 9 de abril de 2021, la Circular Externa No. 100-000004, que modificó algunos apartados del Sistema de Autocontrol y Gestión Integral del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT) y Financiación de Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FPADM) – SAGRILAFT de la Circular Externa No.100-000016 del 24 de diciembre de 2020.

Frente a las obligaciones de la empresa obligada relacionada con la certificación de los requisitos del Oficial de Cumplimiento, la SSC se reservó la posibilidad de incluir otras instrucciones distintas a las de la norma, por lo que en el futuro podrían surgir otras obligaciones.

Se modificó el plazo de entrada en vigor del SAGRILAFT, pasándolo del 31 de mayo al 31 de agosto de 2021.

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