Aprueban ley que beneficiará a víctimas del fraude digital en Colombia

El 7 de junio, con 60 votos a favor, quedó aprobado en su cuarto y último debate la ley contra el fraude digital, una iniciativa que tiene como propósito proteger a las víctimas de suplantación digital, suspendiendo los cobros asociados al fraude y eliminando su reporte negativo de las centrales de riesgo.

elpais

La noticia fue confirmada por el representante a la Cámara por el Valle, Duvalier Sánchez, quien lideró la iniciativa y argumentó que esta ley beneficiara a millones de colombianos que se han visto seriamente afectados por estas modalidades de robo.

“Desde el 2020, con el incremento de las transacciones digitales y la pandemia, los delitos de usurpación de identidad y fraude digital crecieron en un 409%. A noviembre de 2021, se reportaron más de 13.458 denuncias por robos de identidad, esto es un promedio de cinco fraudes financieros virtuales por hora”, precisó Sánchez.

Por lo anterior, también señalo que ante este panorama era hacía necesario legislar en favor de los colombianos: “Esto se hizo para que se sintieran respaldados y protegidos ante la indolencia del sector financiero. Con esta ley, ya no pagarán más cuotas de créditos que no sacaron y no estarán reportados en las centrales de riesgo”, añadió el congresista vallecaucano.

¿Cómo funcionará la ley?

1. La víctima de suplantación deberá informar a la entidad financiera, crediticia o al operador telefónico, que ha sido suplantada y es acreedora de una obligación financiera.

2. El operador le debe informar a la víctima que cuenta con 20 días hábiles para interponer la denuncia formal ante la Fiscalía.

  • En caso de presentar la denuncia, la entidad debe continuar con el trámite de verificación sobre el hecho de suplantación y se suspenderá de forma inmediata el cobro de las obligaciones y el reporte en las centrales de riesgo.
  • Si la persona no realiza la denuncia en el término estipulado, la entidad podrá reanudar el cobro, incluyendo los intereses de mora de la deuda.

3. Desde el momento en que se realiza la suspensión del cobro habrá dos panoramas disponibles de acuerdo a la decisión de la Fiscalía:Con el Senado en pleno se aprobó esta ley que fue aplaudida por diferentes sectores políticos. | Foto: Bloomebrg

  • Si se comprueba que existió suplantación, la persona es exonerada y desvinculada inmediatamente de cualquier cobro asociado a la obligación financiera y del reporte en las centrales de riesgo.
  • Si se comprueba que no existió el hecho de suplantación, se reanudará el cobro y el reporte en las centrales de riesgo. Asimismo, el denunciante enfrentará responsabilidades penales por falsa denuncia.
  • Si la Fiscalía no logra identificar al sujeto activo de la conducta (la persona que cometió el delito), deberá pronunciarse sobre si hay pruebas para afirmar que existió o no suplantación. En caso de que las pruebas demuestren la existencia de suplantación, esto será prueba suficiente para que la víctima sea exonerada de los pagos y de reportes en centrales de riesgo.

Cabe mencionar que con la aprobación de la mayoría absoluta requerida para proyectos de ley estatutaria en el Senado de la República, resta que el texto final de ambas cámaras se concilie, pase a revisión de la Corte Constitucional y se proceda a la sanción presidencial para que la ley entre en vigencia.

“¡Agradeciendo al Senado! En momentos de tanta polarización, lograr el consenso de todas las bancadas esta ley es un gran mensaje para Colombia”, escribió Duvalier, en su cuenta de Twitter, luego de que la mayoría de congresistas votaran a favor de esta iniciativa.

Asimismo, esta noticia fue aplaudida en redes sociales, donde muchos internautas señalaron que se necesitan más de este tipo de leyes en Colombia, pues según algunos, esto favorece a todas las personas que han sido víctimas de estos casos y no han podido hacer nada para resolverlo.

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