España y Reino Unido firman tratado fiscal contra el fraude en Gibraltar

El ministro de Asuntos Exteriores, Josep Borrell, ha firmado hoy un Acuerdo Internacional entre el España y el Reino Unido en materia de fiscalidad, protección de los intereses financieros y lucha contra el fraude y la evasión de impuestos en relación a Gibraltar.

Por medio de una nota, Exteriores ha señalado que el tratado aún debe ser firmado, por parte del Reino Unido, por el ministro de la Presidencia, David Lidington.

La firma «Ad referéndum» requiere además, que el texto sea aprobado por el Consejo de Ministros y el Parlamento, aunque en Exteriores no prevén ningún problema para su aprobación.

Este acuerdo con rango de tratado internacional es el primero que España firma con el Reino Unido sobre Gibraltar desde el Tratado de Utrecht, firmado en 1713, han subrayado en Exteriores.

Este tratado, que se firma en el marco de la salida del Reino Unido de la Unión Europea, complementa el paquete de cuatro memorandums (sobre derecho de los ciudadanos, tabaco, cooperación en materia ambiental y cooperación en materia policial y aduanera) previamente firmados por España y Reino Unido para definir las relaciones entre España y Gibraltar tras el «brexit».

Exteriores ha subrayado que, aún en el caso de un «brexit» sin acuerdo, el tratado fiscal seguirá siendo «igualmente útil pues asegura a España un alto grado de cooperación de las autoridades fiscales competentes cuando el derecho de la Unión Europea deje de aplicarse en Gibraltar».

Según Exteriores, los objetivos que se han alcanzado con el tratado son:

– La reducción y eliminación del fraude fiscal y los efectos perjudiciales para la hacienda española derivados de las características del régimen fiscal de Gibraltar.

– El establecimiento de unas reglas claras para resolver más fácilmente los conflictos de residencia fiscal de las personas físicas.

– Evitar la utilización de sociedades sujetas al régimen fiscal de Gibraltar por residentes fiscales en España o para la realización de actividades económicas en España.

Para ello, el Acuerdo establece:

– Un régimen reforzado de cooperación administrativa entre las autoridades competentes de las respectivas administraciones tributarias.

Este régimen incluye el intercambio de información sobre determinadas categorías de rentas y activos de especial importancia para la lucha contra el fraude en la zona. Asimismo,

– Una serie de normas para resolver los conflictos de residencia fiscal de las personas físicas, con el objetivo de resolver los problemas de falsas residencias en Gibraltar de personas físicas que residen realmente en España.

– Respecto a las Personas jurídicas y otras entidades gibraltareñas, se establece su residencia fiscal en España cuando las mismas tengan una «relación significativa» con el país, bien por la localización de la mayoría de sus activos o la obtención de la mayor parte de sus ingresos en España, o bien cuando la mayoría de sus propietarios o su directivos son residentes fiscales en España.

ALD/COPE

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