Los diputados analizan la propuesta de reforma para castigar con hasta 50 años de prisión a quien incurra en pornografía infantil, esto aunado a la propuesta de aplicar castración química a quienes abusen de menores de edad.
Antilavadodedinero / Vanguardia
La reforma a los artículos 140, 217, 218, 219, 220, 221, 222, adición del 222 Bis; modificación del artículo 223, 227, adición del 227 Bis, 261, 264, 267, 268, 269, 272, 278 Quater y 278 Sexies al Código Penal del Estado fue propuesta por el legislador Raymundo Atanacio Luna.
Actualmente se castiga con entre 7 y 12 años de prisión a quienes “realizan actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con menores de edad”. La reforma contempla imponer de 15 a 30 años de prisión y multa de 2 mil 500 a 5 mil días de salario.
“Comete el delito de pornografía de menores quien fije, imprima, video grabe, audio grabe, fotografíe, filme o describa a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales o simulados”, se lee en la propuesta.
“La sanción por este delito ascenderá de 20 a 50 años de cárcel y multa de 2 mil 500 a 5 mil días de salario. Si las víctimas son menores de 10 años la sanción se duplicará un tanto igual, ya sea en su mínimo o en su máximo”.
Mientras que por poseer fotos, videos, impresos o electrónicos con imágenes pornográficas se aplicaría prisión de entre 5 y 10 años; y entre mil y 2 mil días de salario, además de tratamiento psicológico y psiquiátrico.
También contempla aumentar a de 10 a 15 años de prisión a quienes permitan que un menor de edad forme parte de la delincuencia organizada, pertenezca una pandilla o cometa un delito.
Propone además que se destituya al médico, director o institución educativa que tenga conocimiento de un caso de violencia familiar o delito sexual y no lo reporte a sus superiores.