Justicia Española se opone a la extradición de exmilitante uruguayo

La Audiencia Nacional española celebra este lunes (29.11.2021) la vista de extradición del uruguayo Fleming Julio Gallo Sconamiglio, exmilitante del Partido Comunista y delator de sus compañeros, reclamado en su país por delitos de lesa humanidad y torturas en el período de la dictadura cívico-militar (1973-1985).

Antilavado de Dinero / DW.

La Fiscalía considera prescritos estos hechos conforme a la legislación española y, por ello, se opone a la extradición.

En su informe previo, el Ministerio Público observa que el delito de lesa humanidad entró en vigor en España en 2004, mientras que los hechos por los que se reclama a este ciudadano uruguayo, detenido el 24 de septiembre en un pueblo de Huesca (noreste español), se prolongaron hasta 1979.

Por ello, entiende que es de aplicación el principio de irretroactividad de la ley penal.

De este modo, si bien los delitos de lesa humanidad son de «naturaleza imprescriptible» y esa prescripción por tanto no afectaría a la legislación uruguaya, sí que afecta «al Derecho penal español», al no existir tipificado ese delito hasta 2004.

Por tanto, expone la Fiscalía, «dado que los hechos se sucedieron a lo largo del mes de agosto de 1979 hasta el día 17 de ese mes y año, en cuya fecha las víctimas fueron liberadas», habrían prescrito conforme a la legislación española el 17 de agosto de 1999.

Según la reclamación, a Gallo se le atribuye haber participado en la detención ilegal y las torturas a las que fueron sometidas varias personas, en agosto de 1979, en las dependencias de los Fusileros Navales (FUSNA), dependiente de la Armada Nacional de Uruguay. (EFE).

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